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Documento BOE-A-2007-20529

Orden EHA/3455/2007, de 26 de octubre, de revocación de la autorización administrativa a la entidad Nacional Suiza, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., de los ramos de enfermedad (incluyendo la asistencia sanitaria), vehículos ferroviarios, vehículos aéreos, responsabilidad civil en vehículos aéreos y decesos.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2007, páginas 49099 a 49100 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-20529

TEXTO ORIGINAL

La entidad Nacional Suiza, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., consta inscrita en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, encontrándose vigente la autorización administrativa concedida para operar en los ramos de accidentes, enfermedad (incluyendo la asistencia sanitaria), vehículos terrestres no ferroviarios, vehículos ferroviarios, vehículos aéreos, mercancías transportadas, incendio y elementos de la naturaleza, otros daños a los bienes, responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles, responsabilidad civil en vehículos aéreos, responsabilidad civil vehículos marítimos, lacustres y fluviales, responsabilidad civil general, pérdidas pecuniarias diversas, defensa jurídica y decesos, números 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 17 y 19 de la clasificación de los riesgos por ramos prevista en el artículo 6.1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, así como en el ramo de vida. Por Resolución de fecha 10 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se acordó iniciar a la entidad Nacional Suiza, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., expediente de revocación de la autorización administrativa concedida para realizar la actividad aseguradora en los ramos de enfermedad (incluyendo la asistencia sanitaria), vehículos ferroviarios, vehículos aéreos, responsabilidad civil en vehículos aéreos y decesos, números 2, 4, 5, 11 y 19 de la clasificación de los riesgos por ramos prevista en el artículo 6.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, concediéndole el plazo de quince días para formular alegaciones. Dicho acuerdo se adoptó al constatar en Acta de Inspección levantada el día 23 de marzo de 2007 que la entidad no alcanza la cifra de volumen anual de negocio mínimo, respecto de los ramos mencionados anteriormente, incurriendo en la causa de revocación prevista en el artículo 26.1.b) del citado texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en el artículo 81.1.4.º del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, respecto de los ramos anteriormente indicados. Transcurrido el plazo de quince días, la entidad no ha contestado ni ha formulado ninguna alegación. En consecuencia y al amparo de lo dispuesto en el artículo 26.1.b) del citado Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y en el artículo 81.1.4.º del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y demás disposiciones aplicables al efecto, he resuelto:

Primero.-Revocar a la entidad Nacional Suiza, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en los ramos de enfermedad (incluyendo la asistencia sanitaria), vehículos ferroviarios, vehículos aéreos, responsabilidad civil en vehículos aéreos y decesos, números 2, 4, 5, 11 y 19 de la clasificación de los riesgos por ramos prevista en el artículo 6.1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Segundo.-Inscribir en el Registro administrativo de entidades aseguradoras el acuerdo de revocación de la autorización administrativa concedida a la entidad Nacional Suiza, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., para el ejercicio de la actividad aseguradora en los ramos citados en el acuerdo anterior.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 26 de octubre de 2007.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

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