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Documento BOE-A-2007-20295

Resolución de 8 de noviembre de 2007, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Jorge Salas Salvadó.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 26 de noviembre de 2007, páginas 48367 a 48367 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2007-20295

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta de la comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, convocado mediante resolución de la Universidad Rovira i Virgili, de 28 de mayo de 2007 (BOE, de 25 de junio de 2007 y DOGC de 27 de junio de 2007) y tras cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre, de Universidades y en el artículo 14 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio; el artículo 175 y siguientes del Estatuto de la Universidad Rovira i Virgili, aprobado por el Decreto 202/2003, de 26 de agosto; y de acuerdo con la normativa de concursos de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios de la Universidad Rovira i Virgili, aprobada por el Consejo de Gobierno de 18 de febrero de 2004, ha resuelto nombrar profesor catedrático de universidad del área de conocimiento de Nutrición y Bromatología del Departamento de Bioquímica i Biotecnología de esta Universidad, a don Jorge Salas Salvadó con DNI 39846706-B. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, delante de la Jurisdicción contenciosa Administrativa.

No obstante la persona interesada podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso-contencioso administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tarragona, 8 de noviembre de 2007.-El Rector, Francesc Xavier Grau Vidal.

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