Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-20147

Resolución de 16 de noviembre de 2007, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se declara la disponibilidad de créditos adicionales a los aprobados en la Resolución de 5 de marzo de 2007, por la que se convocan ayudas de convocatoria abierta y permanente para actividades de cooperación y ayuda al desarrollo, correspondiente al año 2007, para el tercero de los procedimientos.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2007, páginas 48032 a 48032 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2007-20147

TEXTO ORIGINAL

Según lo previsto en las bases tercera y duodécima de la Orden AEC/442/2007, de 23 de enero (Boletín Oficial del Estado n.º 52, de 1 de marzo de 2007), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la convocatoria abierta y permanente para actividades de cooperación y ayuda al desarrollo, y de conformidad con el procedimiento establecido en el capítulo II del título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el capítulo II del título I del Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Presidencia de la AECI emitió Resolución de 5 de marzo de 2007, de convocatoria de ayudas de convocatoria abierta y permanente para actividades de cooperación y ayuda al desarrollo, correspondientes al año 2007. En el apartado primero de dicha Resolución se determinan los créditos asignados a cada uno de los tres procedimientos establecidos por la Orden AEC/442/2007 y se dispone que los créditos asignados al primero y segundo de los procedimientos y no comprometidos tras su resolución podrán acumularse a los créditos asignados respectivamente al segundo y tercer procedimiento de la convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional que se asigne al segundo y tercer procedimiento, por no haber sido comprometida en el primero y segundo respectivamente, estará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito mediante resolución del órgano que aprobó la convocatoria. Esta declaración deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado con carácter previo a la Resolución de concesión del procedimiento cuyos créditos se hayan visto incrementados. En virtud de lo anterior, una vez resuelto el segundo de los procedimientos de la convocatoria abierta y permanente 2007, mediante Resoluciones de 17 de octubre de 2007, 29 de octubre de 2007 y 13 de noviembre de 2007, sin que se hayan agotado los créditos asignados al mismo, procede declarar la disponibilidad de los créditos no comprometidos en dicho procedimiento. En atención a lo expuesto, previo informe de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, he tenido a bien disponer:

Primero y único. Disponibilidad de créditos adicionales.-Se declara la disponibilidad de créditos adicionales a los aprobados en la Resolución de 5 de marzo de 2007, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, de convocatoria de ayudas de convocatoria abierta y permanente para actividades de cooperación y ayuda al desarrollo, correspondientes al año 2007, para el tercero de los procedimientos en ella establecidos, por los siguientes importes para cada uno de los créditos presupuestarios relacionados: 12.103.143A.486: 18.693.025,00 euros.

12.103.143A.496: 1.611.223,00 euros. 12.103.143A.786: 2.329.136,00 euros. 12.103.143A.796: 2.069.806,00 euros. 12.103.144A.470: 264.000,00 euros. 12.103.144A.480: 186.795,00 euros. 12.103.144A.490: 48.000,00 euros.

Total: 25.201.985,00 euros.

Madrid, 16 de noviembre de 2007.-La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000), el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid