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Documento BOE-A-2007-18726

Resolución de 5 de octubre de 2007, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2007, páginas 43918 a 43922 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2007-18726

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo LOU), según la redacción dada por la Ley Orgánica 4/ 2007, y en el artículo 14 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos (en adelante RDH), y a tenor de lo establecido en el artículo 116 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (en adelante EUA), Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, el RDH y los EUA, y con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.

Segunda.-Para ser admitido a este concurso se requieren los siguientes requisitos generales:

a) Nacionalidad: Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Asimismo podrán participar los habilitados de nacionalidad extranjera no comunitaria, cuando se cumplan los requisitos previstos en el apartado 4 del artículo 15 del RDH. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas. b) Edad: Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber superado los setenta. c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función pública. d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

Tercera.-Además de los requisitos generales, los candidatos deberán cumplir con los requisitos específicos que se señalan en el artículo 15 del RDH, en los términos regulados en el mismo.

Asimismo no podrán participar en estos concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 17.7 del RDH, es decir, aquellos que no hayan desempeñado durante al menos dos años la plaza anteriormente obtenida por el concurso de acceso a que se refiere el artículo 14 del RDH. Los requisitos enumerados en la presente Base y en la Base Segunda, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera. Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en lo sucesivo LRJAP-PAC), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «BOE», mediante instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el Anexo II, junto con los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el presente concurso:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base Tercera para participar en el concurso de acceso.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Alcalá, la cantidad de 30,05 Euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco de Santander, en la cuenta 0049/6692/82/2116216000 con el título «Universidad de Alcalá. Derechos de Examen», abierta en dicha entidad. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Rector dictará, en el plazo máximo de quince días hábiles, una Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, las cuales indicarán, respecto a estos últimos, la causa de exclusión, se publicará en el Tablón de Anuncios que el Rectorado tiene designado a tales efectos (Servicio de Personal Docente e Investigador, Colegio San Pedro y San Pablo, Plaza de San Diego, s/n.º; 28801 Alcalá de Henares, Madrid) y en la dirección de Internet: www.uah.es/empleo. (Personal Docente e Investigador-PDI-) Contra dicha Resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de la exclusión. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará una Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el artículo 107 de la LRJAP-PAC. Sexta.-La composición de las comisiones es la que figura en el anexo III de esta convocatoria. En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la misma se estará a lo previsto en el artículo 6 del RDH y en el artículo 113 de los EUA. La Comisión deberá constituirse dentro de los dos meses siguientes a la publicación de esta convocatoria. Para ello el presidente titular de la comisión convocará a los miembros titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de la misma, fijando lugar y fecha. En dicho acto, la Comisión fijará y hará públicos los criterios para la valoración del concurso, antes del acto de presentación de los candidatos. Simultáneamente el Presidente de la Comisión dictará Resolución convocando a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento del día, hora y lugar de su celebración. Ambas Resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación mínima de diez días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados. Séptima.-En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación: Historial académico docente e investigador (en su caso), por quintuplicado, así como un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo. En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los candidatos y se fijará lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba, circunstancia que se hará pública por la Comisión. Asimismo se fijará el plazo durante el cual los candidatos podrán examinar la documentación presentada por los demás aspirantes. La prueba comenzará en el plazo máximo de diez días, a contar desde el siguiente al del acto de presentación. Octava.-Los concursos de acceso constarán de una única prueba, que será pública, y se realizará en dependencias de la Universidad de Alcalá. Dicha prueba consistirá en un debate entre la Comisión y cada candidato sobre su historial académico y acerca de las materias propias de su especialidad y de su aplicación a la docencia, durante un tiempo máximo de dos horas. La Comisión, por mayoría, podrá acordar que, previamente a dicha discusión, los concursantes expongan oralmente sus méritos e historial académico, docente e investigador, durante un tiempo máximo de noventa minutos para cada candidato. En este caso así les será comunicado en el acto de presentación y sorteo del orden de actuación a que se refiere la Base Séptima de la presente convocatoria. Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado a los criterios previamente establecidos por la Comisión, valorando los méritos señalados en el apartado primero de esta base. Novena.-Las Comisiones juzgadoras propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación por orden de preferencia de todos los candidatos y candidatas para su nombramiento, y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso. Dicha relación vendrá predeterminada por la votación que a la vista de los informes señalados en el último apartado de la base Octava, y sin que sea posible la abstención, efectúe la Comisión. En caso de empate dirimirá el mismo voto del presidente. La citada propuesta se publicará en el lugar donde se haya celebrado la prueba. Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión, en los cinco días siguientes hábiles a la finalización de la actuación de la misma, deberá entregar en la Secretaría General de la Universidad toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, así como una copia de la documentación entregada por cada candidato, la cual una vez finalizado y firme el proceso del concurso, les podrá ser devuelta si así lo solicitan. Contra la propuesta de la Comisión juzgadora los candidatos podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días contados a partir del siguiente al de su publicación. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva. La reclamación será valorada por la Comisión prevista en el artículo 18 del RDH y en el artículo 129 de los EUA. Décima.-Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar, en los veinte días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el artículo 38.4 de la LRJAP-PAC, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada de DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad. c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública. d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 5 del RDH.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su Hoja de Servicios.

Undécima.-En su caso, el nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector, después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento, así como su código de plaza en la Relación de Puestos de Trabajo. Dicho nombramiento será publicado en el «BOE» y en el «BOCM», y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria. En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento en el «BOE», el candidato propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo de que se trate.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer contra la presente resolución recurso de reposición ante el Rector de la UA, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJAP-PAC.

Alcalá de Henares, 5 de octubre de 2007.-El Rector, Virgilio Zapatero Gómez.

ANEXO I Cuerpo: Catedrático de Universidad

1. Área de Conocimiento: «Ingeniería Telemática». Departamento al que está adscrita: «Automática». Número de Plazas: Una. Código de la Plaza: Z029/DIT101. 2. Área de conocimiento: «Lengua Española». Departamento al que está adscrita: «Filología». Perfil: Sintaxis del Español. Número de Plazas: Una. Código de Plaza: Z014/DLE104. 3. Área de conocimiento: «Teoría de la Literatura y Literatura Comparada». Departamento al que está adscrita: «Filología». Perfil: Teoría de la Literatura. Número de Plazas: Una. Código de Plaza: Z014/DTL101.

Cuerpo: Profesor Titular de Universidad

4. Área de Conocimiento: «Filología Alemana». Departamento al que está adscrita: «Filología Moderna». Perfil Docente: Alemán en el ámbito del turismo. Perfil Investigador: Relaciones culturales hispano-alemanas. Número de Plazas: Una. Código de Plaza: Z032/DFA202. 5. Área de Conocimiento: «Arqueología». Departamento al que está adscrita: «Historia I y Filosofía». Perfil Docente: Arqueología. Perfil Investigador: Arqueología de la Antigüedad Tardía, Arqueología Medieval, Arqueología e Intervención en el Patrimonio Histórico. Número de Plazas: Una. Código de Plaza: Z021/DAQ201. 6. Área de Conocimiento: «Química Orgánica». Departamento al que está adscrita: «Química Orgánica». Perfil Docente e Investigador: Química Orgánica. Número de Plazas: Una. Código de Plaza: Z027/DQO214.

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ANEXO III Plaza: Catedrático de Universidad

Área: Ingeniería Telemática

Código: Z029/DIT101

Comisión titular:

Presidenta: D.ª Filomena Rodríguez Caabeiro, C.U. de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. Gregorio Fernández Fernández, C.U. de la Universidad Politécnica de Madrid; D. Carlos Delgado Kloos, C.U. de la Universidad Carlos III de Madrid; D. Emilio Sanvicente Gargallo, C.U. de la Universidad Politécnica de Cataluña. Secretario: D. Arturo Azcorra Saloña, C.U. de la Universidad Carlos III de Madrid.

Comisión suplente:

Presidente: D. Fernando Galván Reula, C.U. de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. Gonzalo León Serrano, C.U. de la Universidad Politécnica de Madrid; D. Sebastián Sallent Ribes, C.U. de la Universidad Politécnica de Cataluña; D. Juan Quemada Vivas, C.U. de la Universidad Politécnica de Madrid. Secretario: D. Juan García Haro, C.U. de la Universidad Politécnica de Cartagena.

Área: Lengua Española

Código: Z014/DLE104

Perfil: Sintaxis del español.

Comisión titular:

Presidente: D. Fernando Galván Reula, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. Ignacio Bosque Muñoz, CU de la Universidad Complutense; D. José María Brucart Marraco, CU de la Universidad Autónoma de Barcelona; D. Francisco Moreno Fernández, CU de la Universidad de Alcalá. Secretaria: D.ª M.ª Lourdes García-Macho Alonso de Santama, CU de la UNED.

Comisión suplente:

Presidenta: D.ª Purificación Moscoso Castro, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D.ª Violeta Demonte Barreto, CU de la Universidad Autónoma de Madrid; D.ª M.ª Luisa Hernanz Carbó, CU de la Universidad Autónoma de Barcelona; D. Pedro Sánchez-Prieto Borja, CU de la Universidad de Alcalá. Secretario: D. Adelino Álvarez Rodríguez, CU de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Área: Teoría de la Literatura y Literatura Comparada

Código: Z014/DTL101

Perfil: Teoría de la Literatura. Comisión titular:

Presidente: D. Fernando Galván Reula, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. José María Pozuelo Yvancos, CU de la Universidad de Murcia; D. José Domínguez Caparrós, CU de la UNED; D.ª M.ª Isabel Paraíso Almanza, CU de la Universidad de Valladolid. Secretario: D. Miguel Ángel Garrido Gallardo, PI del Inst.Lengua Española (CSIC).

Comisión suplente:

Presidenta: D.ª Purificación Moscoso Castro, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. José Hernández Guerrero, CU de la Universidad de Cádiz; D. Esteban Torre Serrano, CU de la Universidad de Sevilla; D. Jorge Llovet Pomar, CU de la Universidad de Barcelona. Secretario: D. José María Paz Gago, CU de la Universidad de La Coruña.

Plaza: Profesor Titular de Universidad

Área: Filología Alemana

Código: Z032/DFA202

Perfil docente: Alemán en el ámbito del Turismo.

Perfil investigador: Relaciones Culturales Hispano-Alemanas.

Comisión titular:

Presidente: D. Fernando Galván Reula, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. Luis Ángel Acosta Gómez, CU de la Universidad Complutense; D. Javier Orduña Pizarro, CU de la Universidad de Barcelona; D.ª M.ª Luisa Siguán Boehmer, CU de la Universidad de Barcelona. Secretario: D. Georg Pichler, T.U. de la Universidad de Alcalá.

Comisión suplente:

Presidenta: D.ª Purificación Moscoso Castro, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D.ª Veljka Ruzicka Kenfel, CU de la Universidad de Vigo; D. Manuel I. Montesinos Caperos, CU de la Universidad de Salamanca; D.ª M.ª Inmaculada Zurdo Ruiz-Ayucar, CU de la Universidad Complutense. Secretario: D. Arno Gimbert, T.U. de la Universidad Complutense.

Área: Arqueología

Código: Z021/DAQ201

Perfil docente: Arqueología. Perfil investigador: Arqueología de la Antigüedad Tardía, Arqueología Medieval, Arqueología e Intervención en el Patrimonio Histórico.

Comisión titular:

Presidente: D. Fernando Galván Reula, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. Manuel Bendala Galán, CU de la Universidad Autónoma de Madrid; D. Agustín Azkárate Garai-Olaun, CU de la Universidad del País Vasco; D.ª Pilar León Alonso, CU de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. Secretaria: D.ª Sonia Gutiérrez Lloret, CU de la Universidad de Alicante.

Comisión suplente:

Presidenta: D.ª Purificación Moscoso Castro, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. Lorenzo Abad Casal, CU de la Universidad de Alicante; D. Antonio Tejera Gaspar, CU de la Universidad de La Laguna; D. Fernando Acuña Castroviejo, CU de la Universidad de Santiago de Compostela. Secretaria: D.ª Carmen Fernández Ochoa, CU de la Universidad Autónoma de Madrid.

Área: Química Orgánica

Código: Z027/DQO214

Perfil docente e investigador: Química Orgánica.

Comisión titular:

Presidenta: D.ª Filomena Rodríguez Caabeiro, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. Fructuoso Barba Valiente, CU de la Universidad de Alcalá; D. Juan José Vaquero López, CU de la Universidad de Alcalá; D. José Ignacio Gamboa Landa, CU de la Universidad del País Vasco. Secretaria: D.ª M.ª Gloria Quintanilla López, TU de la Universidad de Alcalá.

Comisión suplente:

Presidente: D. Fernando Galván Reula, CU de la Universidad de Alcalá.

Vocales: D. Alberto Tárraga Tomás, CU de la Universidad de Murcia; D. Enrique Gálvez Ruano, Profesor Emérito de la Universidad de Alcalá; D. Benjamín Rodríguez González, Personal Investigador del Instituto de Química Orgánica General. Secretario: D. Antonio Lorente Pérez, TU de la Universidad de Alcalá

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