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Documento BOE-A-2007-17609

Resolución de 27 de julio de 2007, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral en la categoría de Oficial, especialidad de Laboratorio de Electricidad y Electrónica.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2007, páginas 40823 a 40829 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2007-17609

TEXTO ORIGINAL

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y por el Decreto 111/2005, de 30 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena, Este Rectorado, con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios de acuerdo con la oferta de empleo público de esta Universidad, aprobada por el Consejo de Gobierno de 20 de julio de 2006, resuelve:

Convocar pruebas selectivas para cubrir seis plazas de personal laboral en la categoría de Oficial, especialidad de Laboratorio de Electricidad y Electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena, con sujeción a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas de personal laboral en la categoría de Oficial, especialidad de Laboratorio de Electricidad y Electrónica (Grupo IV-A) de la Universidad Politécnica de Cartagena, por el sistema de concurso-oposición.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena, el vigente Convenio colectivo y lo dispuesto en la presente convocatoria. 1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria. La fase de concurso sólo se aplicará a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. 1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. 1.5 Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de las plazas convocadas.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la incorporación como personal laboral fijo los siguientes requisitos de participación: 2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación. 2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo, Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se acompaña a las presentes bases como anexo III, que será facilitado en el Registro General de la Universidad Politécnica de Cartagena y en la dirección electrónica http://www.upct.es/convocatorias/

3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán hacerlo constar en la casilla correspondiente del impreso de solicitud. En tal caso, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios que estimen oportunas para la realización de los ejercicios, expresando el motivo de las mismas en la casilla del citado impreso. 3.4 A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

Fotocopia del documento nacional de identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar una fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Así mismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. Los documentos indicados se presentarán traducidos al castellano, que será la lengua oficial en la que se realizará el desarrollo de las pruebas selectivas. Los aspirantes con minusvalía que soliciten adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, deberán acreditar el grado de minusvalía mediante documento expedido por órgano competente, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, podrán presentar, en su caso, alguno de los títulos que acredite el conocimiento del castellano a que hace referencia la base 6 de esta convocatoria.

3.5 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad Politécnica de Cartagena o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Cartagena.

3.6 Los derechos de examen serán de 12 euros y se ingresarán en la cuenta número 2043.0136.03.0100000166 de Cajamurcia, oficina paseo Alfonso XIII, n.º 36. En el impreso de solicitud se hará constar el código de ingreso 1055-C en el espacio destinado al efecto. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de la citada entidad financiera o mediante transferencia a la citada cuenta desde otra entidad financiera. En la solicitud deberá figurar la validación mecánica o sello de la entidad financiera a través de la cual se realiza el ingreso a la cuenta indicada. En su defecto, deberá acompañarse justificante de ingreso de la entidad financiera. En ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.5. 3.7 Estarán exentas del pago de esta tasa:

3.7.1 Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

3.7.2 Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. 3.8 La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento, dentro del plazo de presentación de solicitudes, determinará la exclusión del aspirante.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena dictará Resolución en el plazo máximo de un mes que se publicará en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo del ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de la exclusión. En la lista deberá constar en todo caso los apellidos, nombre, número del documento nacional de identidad, y obligación, en su caso, de realizar la prueba de castellano, tal como se recoge en la base 6.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. 4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable al interesado.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto en la forma establecida en el artículo 130 del Decreto 111/2005, de 30 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena. El Tribunal se nombrará en la Resolución prevista en la base 4.1 de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior. 5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2. 5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros. 5.5 En la sesión inicial el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en el orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Su designación corresponderá al Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, a propuesta del Tribunal. 5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización, de acuerdo con la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad («BOE» de 13 de junio de 2006). 5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad, Unidad de Recursos Humanos, plaza de Cronista Isidoro Valverde, Edif. «La Milagrosa», 30202 Cartagena. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. 5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría tercera de las recogidas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo («BOE» de 30 de mayo). 5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Prueba de conocimiento de castellano para aspirantes extranjeros

Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Estarán exentos de la realización de la prueba a que se refiere el apartado anterior, quienes aleguen estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:

Diploma de Español como Lengua Extranjera (nivel intermedio o superior) establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 21 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera («BOE» de 8 de noviembre).

Certificado de nivel avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedido por la administración educativa competente. Quienes tuvieran superada la prueba en convocatorias previas de procesos selectivos de esta Universidad.

Asimismo estarán exentos los aspirantes que aporten la documentación a que se refiere la base 2.1.3, cuando el título haya sido emitido por el Estado Español.

Los tribunales calificarán esta prueba de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para continuar formando parte de los procedimientos selectivos.

7. Desarrollo de los ejercicios

7.1 El orden de actuación de los opositores en aquellos ejercicios que sea necesario, se iniciará alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «B», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de enero), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el 15 de enero de 2007. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B», el orden de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «C» y así sucesivamente.

7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad. 7.3 Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. 7.4 La relación de aprobados de la prueba se publicará en el lugar de celebración de la misma y en la dirección electrónica http://www.upct.es/convocatorias/ 7.5 En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. 7.6 Una vez publicada la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, el Tribunal recabará de la Universidad Politécnica de Cartagena la información sobre los servicios prestados en la misma, por los aspirantes que han superado esta fase. Con dicha información, el Tribunal elaborará la relación provisional de los aspirantes con la puntuación de la fase de concurso. El Tribunal publicará en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, en la sede del Tribunal y en la dirección electrónica http://www.upct.es/convocatorias/ la relación antes citada. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación para presentar reclamaciones.

8. Lista de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que superen las pruebas selectivas, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, y teniendo en cuenta lo establecido en la base 5.11.

8.2 El Tribunal elevará propuesta al Rector de los aspirantes que han superado el proceso selectivo. Igualmente, enviará copia certificada de la lista de aprobados en cada uno de los ejercicios, con indicación de la calificación obtenida. 8.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará atendiendo a la petición de destino realizada por éstos de acuerdo con la puntuación total obtenida, a la vista de los puestos de trabajo vacantes que se oferten.

9. Presentación de documentos

9.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en que se hizo pública la relación de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar, en la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad Politécnica de Cartagena, los siguientes documentos: a) Fotocopia compulsada del título o certificación académica que acredite estar en posesión de cualesquiera de las titulaciones señaladas en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado y superado todos los estudios necesarios para su obtención.

b) Certificado médico oficial, acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes. c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria. Los nacionales de otros Estados deberán presentar documento acreditativo de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. e) Una fotografía tamaño carné. f) Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad Social, en su caso. g) Código cuenta cliente.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán formalizar el correspondiente contrato, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10. Formalización de contratos

10.1 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se publicará, en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», resolución con la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

10.2 La formalización de contratos como personal laboral fijo de la Universidad Politécnica de Cartagena se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», de la resolución citada en la base 10.1.

11. Lista de espera para interinidades

11.1 Con el fin de atender las necesidades urgentes que se produzcan hasta la celebración de nuevas pruebas selectivas, se procederá a constituir una lista de espera con los aspirantes que superen la fase de oposición del proceso selectivo u obtengan un 30% de la puntuación máxima establecida para la misma. La lista de espera se ordenará teniendo en cuenta la puntuación obtenida tras la valoración de los méritos previstos para la fase de concurso más la puntuación de la fase de oposición.

11.2 Los posibles empates se resolverán por la aplicación sucesiva de los siguientes criterios: mayor puntuación obtenida por los méritos previstos para la fase de concurso, mayor puntuación en la fase de oposición y, en caso de persistir, se resolverá por orden alfabético de apellidos comenzando por la letra señalada en la base 7.1.

12. Norma final

12.1 La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de aquélla, que agotan la vía administrativa, podrán ser recurridas en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

12.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cartagena, 27 de julio de 2007.-El Rector, Félix Faura Mateu.

ANEXO I Ejercicios y valoración

1. El procedimiento de selección de los aspirantes, constará de las fases de concurso y de oposición.

1.1 Con carácter previo, se organizará la realización de la prueba de conocimiento de la lengua castellana de conformidad con la base 6 de la convocatoria.

La prueba se calificará como «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para poder realizar los ejercicios de la fase de oposición. La fecha y lugar de celebración de la prueba de conocimiento de la lengua castellana se indicará en la Resolución por la que se publique la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. 1.2 Fase de oposición. Estará formada por un único ejercicio. Ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en contestar a un cuestionario de 60 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido total del programa de estas pruebas. Cada respuesta errónea deducirá un tercio del valor asignado a cada respuesta correcta. Se valorará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener la calificación mínima de 30 puntos para superarlo. Los aspirantes dispondrán de un máximo de 90 minutos para la realización del mismo. 1.3 Fase de concurso. No tendrá carácter eliminatorio y sólo se aplicará a los aspirantes que superen la fase de oposición. La puntuación máxima de esta fase será de 40 puntos.

a) Los servicios prestados en la Universidad Politécnica de Cartagena en la misma Categoría y Especialidad, objeto de la presente convocatoria, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se valorarán a razón de 0'584 puntos por mes completo trabajado, hasta un máximo de 35 puntos.

b) Por los servicios prestados en la Universidad Politécnica de Cartagena en la misma Categoría y Especialidad, objeto de la presente convocatoria, durante los doce meses inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 5 puntos.

1.4 La calificación final del proceso vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso del proceso selectivo. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para la superación de la fase de oposición.

1.5 En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios: la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el ejercicio de la fase de oposición. En caso de persistir, se resolverá por orden alfabético de apellidos comenzando por la letra señalada en la base 7.1.

ANEXO II Programa de materias

Grupo IV-A. Laboratorio de Electricidad y Electrónica

Parte general

Tema 1. Los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena: Órganos de gobierno y representación. El personal de administración y servicios. Tema 2. El convenio colectivo aplicable al personal laboral de la Universidad Politécnica de Cartagena: Provisión de vacantes, contrataciones e ingresos. Clasificación profesional. Régimen disciplinario. Tema 3. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos, principios de la acción preventiva. Derechos y deberes de los trabajadores. Órganos de prevención.

Parte específica

Tema 4. Naturaleza de la electricidad. Fenómenos electrostáticos. Ley de Coulomb. Campo eléctrico. Potencial eléctrico. Capacidad eléctrica. Condensadores. Tema 5. Corriente eléctrica. Intensidad y densidad de corriente. Fuerza electromotriz. Resistencia eléctrica. Ley de Ohm. Potencia y energía eléctricas. Tema 6. Asociación de elementos (resistencias y condensadores) en serie y en paralelo. Efectos de la corriente. Riesgos eléctricos en el laboratorio; su control. Tema 7. Nociones fundamentales de magnetismo. Inducción e intensidad de campo magnético. Electromagnetismo. Inducción electromagnética. Tema 8. Aparatos de medida. Aparatos de cuadro móvil. Aparatos de hierro móvil. Aparatos electrodinámicos. Aparatos digitales. Amperímetro. Voltímetro. Vatímetro. Tema 9. Semiconductores. Diodos de silicio y germanio. Características. Aplicaciones: Rectificadores con diodos. Tema 10. Transistores. Tipos de transistores. Principio de funcionamiento. Factor de amplificación. Montajes fundamentales. Emisor común. Base común. Colector común. Tema 11. Fuentes de alimentación. Diodo Zener. Principio de funcionamiento de diodos Zener. Fuentes de alimentación estabilizadas en corriente. Fuentes de tensión estabilizadas en tensión. Tema 12. Resistores. Resistores NTC. Resistores PTC. Resistores LDR. Resistores VDR.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO IV Don................................................................. con domicilio en............................................................................ y documento nacional de identidad número................, declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado como personal laboral fijo, grupo......., en la categoría/especialidad de............................................................................... de la Universidad Politécnica de Cartagena, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En............................., a.... de.............................. de 200...

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