Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-16140

Resolución de 17 de agosto de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara espacio cultural el bien de interés cultural denominado Sierra de Atapuerca (Burgos).

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 10 de septiembre de 2007, páginas 37028 a 37029 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2007-16140

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 26 de julio de 2007 acuerda:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 17 de agosto de 2007.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO Acuerdo 199/2007, de 26 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara espacio cultural el bien de interés cultural denominado sierra de Atapuerca (Burgos)

La Sierra de Atapuerca, es un valioso y complejo espacio, reconocido y avalado por su declaración como Zona Arqueológica en 1991 y su declaración como bien Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en diciembre de 2000. La presencia documentada de ocupación por homínidos desde hace al menos 800.000 años, la concentración y variedad de yacimientos arqueo-paleontológicos de este bien patrimonial, así como los testimonios de la continuidad del poblamiento a lo largo de la Historia junto con los valores naturales en que estos bienes concurren, determinan la oportunidad de promover su consideración como Espacio Cultural, de acuerdo con la definición contenida en el art. 74 de la Ley 12/2002, de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León. De esta manera, enmarcado en el concepto de gestión integral, se garantiza la máxima protección y salvaguarda de los valores culturales y naturales que confluyen en este Bien de Interés Cultural, con el desarrollo sostenible de la zona. La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 14 de junio de 2005, acordó incoar procedimiento para la declaración como Espacio Cultural del Bien de Interés Cultural denominado «Sierra de Atapuerca» en Burgos. Durante la tramitación del procedimiento, la Universidad de Segovia S.E.K. y la Universidad de Burgos, emiten informe favorable a la declaración como Espacio Cultural. Cumplidos los tramites preceptivos de información Pública y Tramite de Audiencia, dentro del plazo concedido al efecto se presentan alegaciones al expediente, que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de declaración. De conformidad con lo dispuesto en el art.12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar como Espacio Cultural, el bien de Interés Cultural denominado «Sierra de Atapuerca» en Burgos, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, el Consejo de Gobierno en su reunión del día ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.-Se declara Espacio Cultural, el Bien de Interés Cultural, denominado «Sierra de Atapuerca» en Burgos.

Segundo.-Delimitación del Espacio Cultural:

El Espacio Cultural está comprendido en el perímetro creado por la siguiente delimitación: Parte por el suroeste del punto en el que la línea del ferrocarril minero abandonado de Villafría a Monterrubio de la Demanda intersecta la carretera Nacional 120 (1) y se prolonga por ella hasta el límite con el término municipal de Zalduendo (3).

Al Este sigue por el límite de los términos municipales de Ibeas de Juarros y Zalduendo hasta llegar al mojón común de estos límites con el de Atapuerca (5). Desde aquí continúa por el límite de los términos municipales de Atapuerca e Ibeas de Juarros hasta el cruce con el Camino del Alto (8), por el cual prosigue hasta encontrarse con el Camino de Ibeas de Juarros a Atapuerca o Camino de Villalval (11). Desde el citado punto de encuentro, por el Noroeste, la línea imaginaria prosigue por el mencionado camino (12-16) hasta llegar a otro sin nombre, localizado 100 m. al SO del mojón común de los términos municipales de Cardeñuela, Ibeas de Juarros y Atapuerca (17). Desde este punto (17), en el SO, la línea prosigue por el camino sin nombre hasta cruzarse con el Camino Alto (21), se prolonga 75 m. por el mismo (22) hasta llegar a la línea del ferrocarril minero abandonado y continúa por la misma hasta el punto inicial en la carretera nacional 120 (1). Las coordenadas UTM que sirven de base a la delimitación son las siguientes:

1

X= 457936.6211

13

X= 457531.6766

Y= 4687484.9526

Y= 4690027.3236

2

X= 457531.6766

14

X= 457040.1873

Y= 4690027.3236

Y= 4689766.2967

3

X= 458894.4607

15

X= 456697.8585

Y= 4688036.6296

Y= 4689278.982

4

X= 458719.5595

16

X= 456514.1070

Y= 4688259.2593

Y= 4688980.5554

5

X= 458326.0331

17

X= 456448.4344

Y= 4688521.3425

Y= 4688890.3396

6

X= 458201.9097

18

X= 456669.7197

Y= 4689025.7821

Y= 4688780.2632

7

X= 458047.0030

19

X= 457316.1862

Y= 4689172.2385

Y= 4688483.1426

8

X= 457979.3311

20

X= 457415.2841

Y= 4689267.0335

Y= 4688342.5758

9

X= 458062.4865

21

X= 457451.6350

Y= 4689394.4077

Y= 4688167.3533

10

X= 458079.2508

22

X= 457547.5204

Y= 4689618.8696

Y= 4688312.7271

11

X= 458231.1844

23

X= 457580.1397

Y= 4689889.3716

Y= 4688226.6072

12

X= 457920.7770

24

X= 457581.38873

Y= 4689924.9963

Y= 4687879.3500

Tercero.-La delimitación del ámbito territorial de afección de este Espacio Cultural, será la que determine el Plan de Adecuación y Usos, en proceso de redacción. Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 26 de julio de 2007.-El Presidente de la Junta de Castilla y León (firmado en el original), Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo (firmado en el original), María María José Salgueiro Cortiñas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid