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Documento BOE-A-2007-15605

Resolución de 10 de julio de 2007, de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se aprueba el entorno de protección provisional para la iglesia de San Salvador de Valdediós, en Villaviciosa.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 17 de agosto de 2007, páginas 35362 a 35363 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2007-15605

TEXTO ORIGINAL

La iglesia prerrománica de San Salvador de Valdediós fue declarada Monumento Histórico-Artístico mediante Decreto de 3 de junio de 1931. Desde 1985 se considera, en aplicación de la Ley de Patrimonio Histórico Español, Bien de Interés Cultural. Ahora, y en aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se considera conveniente proceder a delimitar un entorno de protección para este monumento prerrománico. Visto el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 24 de mayo de 2007 por el que se informa favorablemente la propuesta de incoación de expediente administrativo para la definición de un entorno de protección para San Salvador de Valdediós. Vistas la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/1999, de 15 de julio, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente administrativo para fijar un entorno de protección para la iglesia de San Salvador de Valdediós, en Villaviciosa.

Segundo.-Establecer un entorno provisional para este monumento, según la descripción literal y gráfica que se publica como anexo a la presente Resolución.

Tercero.-Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial del Estado.

Oviedo, 10 de julio de 2007.-La Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Ana Rosa Migoya Diego.

ANEXO I Delimitación literal del entorno de protección

Se ha utilizado la base cartográfica digital del catastro de rústica de Valdediós con actualización de octubre 2006. La plasmación cartográfica se ha realizado sobre la Cartografía Digital del Principado de Asturias, Escala 1:5.000, con las correcciones necesarias para completar la información ausente de la misma. La delimitación del Entorno de Protección es la que a continuación se especifica:

Polígono 116: 1-2 Desde el NO, siguiendo el límite N de la subparcela 2 b, en sentido de las agujas del reloj hasta el extremo E en su encuentro con el río, (parcela 9019).

2-3 Segmento virtual cruzando el río (parcela 9019) hasta el extremo NO de la parcela 1. 3-4 Límite norte de la parcela 1 hasta la carretera, (parcela 9016). 4-5 Segmento virtual cruzando en perpendicular la parcela 9019 hasta su límite E. 5-6 Hacia el S por el límite E de la parcela 9016 hasta el punto que limita las parcelas 2002, 9004 y 9016. 6-7 Límite entre las parcelas 2002 y 2004. 7-8 Límite entre la parcela 2002 y la parcela 547 del polígono 118.

Polígono 118: 8-9 Límite de la parcela 545 con la parcela 547 y la subparcela 12526 c.

9-10 Límite N de las subparcelas 11526 b y c con las subparcelas 12526 c, b y d. 10-11 Límite de la parcela 2002 con la subparcela 12526 d y 13526 b hasta la perpendicular con el extremo SO de la parcela 14526. 11-12 Segmento virtual atravesando la carretera (parcela 2002) hasta el extremo SE de la parcela 14526. 12-13 Límite S de la parcela 14526 hasta el extremo SE limitando con la parcela 9004. 13-14 Segmento virtual atravesando la parcela 9004 hasta el encuentro con la parcela 525 b. 14-15 Hacia el S, límite de la parcela 9004 con la subparcela 525 b hasta el extremo SO de la parcela 521. 15-16 Límite de la parcela 515 con las parcelas 521 y 525 a. 16-17 Límite S de la subparcela 525 a, con las parcelas 515, 520, 519, 514 a y 518. 17-18 Hacia el S, por el límite O de la carretera AS 113, (parcela 9001), hasta el S de la parcela 548, limitando con la parcelas 518, 513, 9005, 514 a, 522, 517 b y c, 533 y 548. 18-19 Límite S de la parcela 528 con la parcela 628. 19-20 Límite S de la parcela 543 limitando con las parcelas 629, 542, 540, 538, 539 y la subparcela 534 b. 20-21 Límite S de la parcela 544 limitando con las parcelas 535 a, 537 y 536 hasta la carretera (parcela 9006). 21-22 Límite entre la parcela 9006 y las parcelas 536, 9007 hasta el extremo NO de la parcela 358. 22-23 Desde el NO de la parcela 358 cruza la carretera (parcela 9006) hasta la parcela 9009. 23-24 Línea formada por el límite entre la parcela 9009 y la parcelas 208 b, a, 467, 472 y 476 hasta el límite N con la parcela 10476. 24-25 Segmento virtual atravesando la parcela 9009 hasta el límite SO de la parcela 11476. 25-26 Límite E de las subparcelas 496 a y b, limitando con las parcelas 11476, 949 a y 495 a y b. 26-27 Límite E de la parrilla 626 limitando con la subparcela 579 a y b. 27-28 Límite E de la parrilla 625 limitando con las parcelas 578 y 577. 28-29 Límite O de la parcela 579 limitando con las parcelas 624 y 621. 29-30 Límite O de la parcela 575 limitando con la parcela 321 y la subparcela 617 a. 30-31 Límite O de la parcela 574 limitando con las parcelas 615 y las subparcelas 614 a y 262 a.

Polígono 131: 31-32 Límite O de la subparcela 259 a con la subparcela 262 a.

32-33 Límite entre las subparcelas 559 c y a con el camino (parcela 9003) hasta el extremo N de la subparcela 259 c. 33-34 Segmento virtual desde el extremo N de la subparcela 259 a hasta el extremo NE de la parcela 260. 34-35 Limite S de la parcela 253 limitando con las parcelas 260, 321, 261 y 263. 35-36 Limite O de la parcela 252 limitando con las parcelas 263 y 264. 36-37 Limite N de la parcela 252 limitando con el camino, parcela 9002. 37-38 Limite N de las subparcelas 248 b y a limitando con las parcelas 9002, 235, 234, 236 y 237 hasta su extremo E limitando con la parcela 247. 38-39 Límite N de la parcela 247 limitando con la parcela 238 y la subparcela 239 b. 39-40 Límite N de la parcela 244 limitando con la subparcela 242 b.

Polígono 116 40-41 Límite NO de la parcela 243 limitando con la subparcela 242 b.

41-42 Límite O de la carretera (parcela 9002), limitando con las parcelas 242 a y b, 10223, 208, 206 hasta la perpendicular al extremo NO de la subparcela 2 b con la parcela 207. 42-1 Segmento virtual perpendicular al extremo NO de la subparcela 2 b.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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