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De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por el que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente en el Boletín Oficial del Estado el balance de situación y la cuenta del resultado económico-patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Ceuta correspondientes al ejercicio 2006, que figura como anexo a esta Resolución.
Ceuta, 14 de mayo de 2007.- El Presidente de la Autoridad Portuaria, José Francisco Torrado López.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.
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