Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-15389

Resolución de 2 de agosto de 2007, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se conceden las ayudas al teatro y el circo correspondientes al año 2007, convocadas por Resolución de 26 de enero de 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2007, páginas 34602 a 34607 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2007-15389

TEXTO ORIGINAL

La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 7, de 8 de enero de 2005), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. Por Resolución de esta Dirección General de 26 de enero de 2007 («Boletín Oficial del Estado» número 39, de 14 de febrero de 2007), se convocan las ayudas del INAEM al teatro y el circo en sus diferentes modalidades. Examinadas las solicitudes por el órgano instructor, las Comunidades Autónomas y las Comisiones de Valoración de Teatro y Circo creadas al efecto y valoradas siguiendo los criterios que para cada modalidad se establecen en la citada Resolución de 26 de enero de 2007, se establece el orden de prelación que se refleja en las actas que obran en el procedimiento y la selección correspondiente. Efectuado el requerimiento a que se refiere el apartado Séptimo de la Resolución de convocatoria, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Orden y Resolución de convocatoria citadas, particularmente las previsiones contenidas en el apartado Sexto de la Orden sobre el trámite de audiencia, esta Dirección General, a propuesta de la Subdirección General de Teatro, ha resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas que se relacionan por modalidades como anexo a la presente resolución para llevar a cabo las actividades que el propio título de la modalidad indica, con cargo a los créditos correspondientes del INAEM y en las cuantías que se señalan, determinadas estas últimas en aplicación de los criterios previstos en los apartados Noveno de la Orden y Resolución mencionadas. Esta Resolución será efectiva cumplidos los requisitos señalados en el artículo 34 de la citada Ley General de Subvenciones.

Segundo.-Desestimar el resto de las solicitudes presentadas. La documentación presentada con estas solicitudes permanecerá a disposición de los interesados en la Subdirección General de Teatro por un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la presente resolución. Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante este Instituto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 2 de agosto de 2007.-El Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Juan Carlos Marset Fernández.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid