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Documento BOE-A-2007-14672

Orden DEF/2344/2007, 20 de julio, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», convocado por Orden DEF/1504/2007, de 21 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2007, páginas 33189 a 33189 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2007-14672

TEXTO ORIGINAL

Por Orden DEF/1504/2007, de 21 de mayo, inserta en el Boletín Oficial del Estado número 129, de 30 de mayo, se convocó proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas». En su anexo III figuraba la composición del Tribunal calificador de este proceso. Al haber presentado renuncia un miembro del citado Tribunal por encontrarse incurso en causa de abstención, procede realizar la siguiente modificación:

Página 23491, segunda columna, Anexo III, Tribunal Calificador, Tribunal suplente, vocales, donde dice: «D.ª Noelia de la Torre Calvo, funcionaria de la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA», debe decir: «D.ª Carmen Sánchez de la Fuente, funcionaria de la Escala de Titulados Superiores de Servicios del INTA».

Contra la presente Orden, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General de Personal del Ministerio de Defensa, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 20 de julio de 2007.-El Ministro de Defensa, P.D. (Orden DEF/1612/2004, de 1 de junio), el Director General de Personal del Ministerio de Defensa, Vicente Salvador Centelles.

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