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Documento BOE-A-2007-14135

Resolución de 11 de mayo de 2007, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León y las empresas Agrosa Semillas Selectas, S. A., y Ramiro Arnedo, S. A., para la realización de un proyecto de obtención de variedades de judías grano.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2007, páginas 32005 a 32009 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-14135

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia, el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León y las empresas Agrosa Semillas Selectas, S. A., y Ramiro Arnedo, S. A., para «la realización de un proyecto de obtención de variedades de judías grano», han formalizado con fecha 4 de mayo de 2007, un Convenio de Colaboración para «la realización de un proyecto de obtención de variedades de judías grano».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de mayo de 2007.-El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Javier Martínez Vassallo.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO TECNOLÓGICO AGRARIO DE CASTILLA Y LEÓN, EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN AGRARIA Y ALIMENTARIA Y LAS EMPRESAS AGROSA SEMILLAS SELECTAS, S. A., Y RAMIRO ARNEDO, S. A., PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE OBTENCIÓN DE VARIEDADES DE JUDÍAS GRANO

En Madrid, a cuatro de mayo de 2007.

REUNIDOS

De un parte, el Sr. D. Javier Martínez Vassallo, Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con CIF. Q-2821013-F, con sede en Madrid, Ctra. de La Coruña, km 7,5, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 286/2007, de 23 de febrero, por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 12.2.d) del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre.

De otra parte, el Sr. D. José Manuel Ferreras Navarro, como Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (en adelante ITACYL), con domicilio social en Ctra. Burgos-León, Km. 119 (finca Zamadueñas), 47071 Valladolid, y CIF núm.: Q-4700613-E, en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 18.2.g) de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, y 12.2 j) del Decreto 121/2002, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo. De otra parte, el Sr. D. Manuel Rojo Rojo, con NIF 3.045.379-H, en nombre y representación de Agrosa Semillas Selectas, S. A. (en adelante AGROSA), con CIF A19154418, y domicilio social en calle Camino de Caritas, s/n., de Jadraque (Guadalajara), cuya representación legal ostenta como administrador solidario asignado en Junta General Universal en reunión celebrada el día 31 de marzo de 2000, según acredita la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Santiago María Cardelus Muñoz Seca, bajo el número 667 de su protocolo. Y de otra parte, el Sr. D. Julián Arnedo Díez, con NIF n.º 16.508.912-H, como Gerente de la sociedad Ramiro Arnedo, S. A. (en adelante RASA), con CIF A-26024943 y domicilio social en General Gallarza, 38, 26500 Calahorra, en La Rioja, cuya representación legal ostenta como acredita el notario don Antonio Alesanco Ortiz, con fecha 3 de abril de 1982, con número de protocolo 648.

Actuando todos ellos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Convenio.

EXPONEN

Primero.-Que el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (en lo sucesivo ITACyL) actúa en el ejercicio de la competencia de fomento de la investigación, título atribuido a las Comunidades Autónomas por el artículo 148.1.17.ª de la Constitución y las que le otorga la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación de este Instituto.

Segundo.-Que en el ITACyL se vienen realizando proyectos de investigación sobre la mejora genética de judías grano, financiados con cargo a sus propios presupuestos y a través del antiguo Programa Sectorial de I+D Agrario y Alimentario, gestionado por el INIA y del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica vigente, contando con investigadores altamente cualificados en este tipo de trabajo y con equipamiento adecuado para la realización de los proyectos. Esto ha permitido la obtención de variedades y el desarrollo de estudios y técnicas relacionadas con la mejora genética para resistencia a enfermedades de judías de calidad. Tercero.-Que el INIA, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia por el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales, actúa conforme a lo establecido en el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo y de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, en virtud de la cual pueden celebrar convenios de colaboración los organismos públicos de investigación. Cuarto.-Que las Empresas AGROSA y RASA, representantes del sector productor de este tipo de semillas, consideran que el mercado, tanto interior como exterior, no está suficientemente atendido en lo referente a la disponibilidad de variedades competitivas y rentables, necesitando un mayor avance en la obtención de variedades resistentes a enfermedades, productivas y de calidad, adaptadas a los condicionantes agroclimáticos y de consumo de las principales regiones productoras. Por todo ello desean colaborar en la realización de proyectos de investigación y desarrollo de variedades de judías grano, ofreciendo al sector público investigador colaboración financiera, instalaciones y medios técnicos para impulsar un proyecto de mejora genética de la especie citada. Quinto.-Que el INIA y el ITACyL, conscientes del problema antes expuesto y sensibles a los intereses del sector privado, deseoso de impulsar el programa hacia objetivos más ambiciosos, que aceleren la diversificación de la oferta de variedades de judías grano, consideran necesaria la ampliación de los actuales programas de investigación con estos objetivos, dotándolos de mayores medios, humanos y materiales, que permitan ampliar la oferta del sector productor de esta semilla. A estos efectos, se ha valorado positivamente la colaboración ofrecida por AGROSA y RASA, que disponen de equipo técnico e instalaciones y fincas, necesarios para potenciar el programa en las fases de multiplicación del material vegetal y en las de ensayo de las selecciones, en fincas situadas en las zonas de producción, así como capacidad y contacto directo con el sector como para participar y colaborar en una mejor definición de los objetivos del plan de mejora de judías grano. Sexto.-Que las partes consideran necesario y de suma urgencia aunar los esfuerzos para la realización de un «Proyecto de obtención de variedades de judías grano resistentes a enfermedades, rentables y de calidad, adaptadas a los condicionantes agroclimáticos y de consumo de las principales regiones productoras», orientado a las actividades típicas de mejora clásica para climas templados, que permita manejar, multiplicar y ensayar gran cantidad de material y profundizar en los aspectos relacionados con el rendimiento y calidad de la semilla y con la resistencia de la planta a los patógenos de mayor importancia.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-El objeto del presente Convenio es la realización del «Proyecto de obtención de variedades de judías grano resistentes a enfermedades, rentables y de calidad, adaptadas a los condicionantes agroclimáticos y de consumo de las principales regiones productoras» (en lo sucesivo Proyecto), de acuerdo con el diseño, desarrollo y valoración de los materiales vegetales, que se describen en cada una de las fases expuestas en el anexo I.

Segunda. Actuación de las partes en el Proyecto.-Las partes realizarán las actividades relacionadas en el Anexo I al presente Convenio, poniendo a disposición de las distintas tareas los medios humanos y materiales que se expresan en el anexo II al presente Convenio. El proyecto se divide en cuatro fases que se describen en mayor detalle en el anexo I:

Fase 1: Realización de cruzamientos.

Fase 2: Obtención de poblaciones segregantes. Selección de líneas avanzadas. Fase 3: Estudio agronómico y selección de líneas avanzadas procedentes de cruzamientos obtenidos en proyectos anteriores. Fase 4: Estudio del rendimiento y adaptación de las líneas avanzadas seleccionadas en diferentes condiciones y zonas de interés. Estudio de los parámetros de calidad de las líneas promisorias.

El ITACyL, que se responsabilizará de la dirección científica y técnica del Proyecto, colaborará con AGROSA y RASA en todas las fases del mismo, conforme se indica en el citado anexo I. El ITACyL aportará la finca de experimentación donde se desarrollarán la mayor parte de las tareas del Proyecto. AGROSA y RASA aportarán los campos de ensayos suficientes para garantizar el correcto desarrollo del proyecto, en particular aquellos necesarios para la evaluación multiambiente de las líneas seleccionadas en la fase 4 del proyecto.

La colaboración del INIA se concreta fundamentalmente en el reforzamiento del ITACyL financiando personal especializado que contratará este Instituto para el desarrollo del Proyecto. A este respecto, el personal que se deberá contratar será un Técnico con experiencia acreditada en mejora genética de judías de grano y en el manejo y control de ensayos, durante toda la duración del proyecto. Tercera. Aportaciones económicas.-Además de las aportaciones en especie relacionadas en el Anexo II al presente Convenio, el INIA, AGROSA y RASA aportarán en metálico las cantidades, distribuidas por anualidades, que se expresan en el cuadro siguiente:

Entidad

Anualidades (€)

1

2

3

4

Total

INIA .

40.000

41.201

42.437

43.719

167.357

AGROSA .

1.000

1.030

1.060

1.090

4.180

RASA .

1.000

1.030

1.060

1.090

4.180

Total .

42.000

43.261

44.557

45.899

175.717

Las cantidades correspondientes al INIA serán abonadas por este Instituto al ITACyL, con cargo a la partida presupuestaria 18.204.467D.751.00 de los Presupuestos Generales del Estado.

Asimismo, AGROSA y RASA abonarán también al ITACyL las cantidades indicadas en este cuadro.

Cuarta. Pagos entre las partes.-Todos los pagos anuales serán realizados dentro del primer trimestre de cada año de vigencia del Convenio, considerando el primero de ellos el que transcurra a partir de la fecha de formalización del Convenio. No obstante, los pagos que realice el INIA al ITACyL se ajustarán a los siguientes requisitos: El pago de las anualidades 2.º, 3.º y 4.º estarán condicionados a la presentación del correspondiente informe anual de seguimiento y a la justificación del gasto realizado con cargo a la anualidad anterior. Esta justificación consistirá en la presentación de fotocopia compulsada de las facturas o documentos que justifiquen esos gastos antes del fin de cada anualidad, sin cuya justificación no se podrán efectuar nuevos libramientos de fondos.

Junto con los informes anuales y el informe final se acompañará un certificado de la Gerencia o Servicio de Contabilidad del ITACyL, en el que se especifiquen, detallados por conceptos, los gastos efectuados. A este informe se añadirá también, si procede, fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.

Los pagos al ITACyL se realizará en la cuenta corriente 2096-0120-69-3182404804 de Caja España, calle José Luis Arrese, 2, 47014 Valladolid.

Quinta. Normas de utilización de los materiales procedentes del Proyecto.-El germoplasma de judías grano, en posesión del INIA e ITACyL y su ampliación con motivo del presente Convenio, permanecerán en propiedad de estos organismos y podrán ser utilizados por los mismos en el Proyecto.

AGROSA y RASA se comprometen a utilizar el material procedente del Proyecto sólo para realizar las actividades que le corresponden en el presente Convenio. Se excluye expresamente la utilización de este material, por parte de AGROSA y RASA, como parentales para la realización de nuevos cruzamientos, ajenos a los previstos en el presente Convenio durante su vigencia. El INIA y el ITACyL podrán utilizar el material procedente del Convenio en trabajos exclusivamente de investigación y experimentación, que realicen como consecuencia de sus compromisos adquiridos en su actividad de cooperación con grupos científicos nacionales y extranjeros. En todo caso, los resultados de estos trabajos no podrán dar lugar a la inscripción de variedades de judías grano y, en consecuencia, a su comercialización. Sexta. Identificación de los materiales vegetales.-Las líneas finales obtenidas en el presente Convenio son consideradas genéticamente como líneas puras, por lo que las sucesivas progenies mantienen un genotipo idéntico al del individuo inicial. Por esta razón, es posible identificar si un individuo procede de una línea determinada mediante la técnica de marcadores genéticos y morfológicos. Este método se aplicará, de forma sistemática, a las líneas que pasen a la fase 4, citada en la cláusula segunda del presente Convenio. El material, marcado de esta forma, permanecerá custodiado por el ITACyL y AGROSA y/o RASA en sus instalaciones, sirviendo como referencia para casos de litigios entre las partes o con terceros. Séptima. Materiales vegetales excluidos del presente Convenio.-Se excluyen del presente Convenio las variedades ya registradas del patrimonio del INIA y del ITACyL. Dichas variedades serán propiedad exclusiva de estos organismos, teniendo AGROSA y RASA opción a su explotación en las condiciones que se estipulen en el correspondiente contrato de explotación. El resto de materiales, obtenidos en los proyectos en curso que desarrollan estos organismos, se incorporarán al Proyecto, objeto del presente Convenio, para su utilización conforme a lo prescrito en la cláusula sexta, salvo en los casos en que existan cláusulas que especifiquen su no utilización en dichos otros proyectos en curso. Octava. Seguimiento del Convenio y del Proyecto.-El seguimiento del Convenio se realizará mediante una Comisión de Seguimiento responsable de la supervisión de los trabajos desarrollados en el mismo, de las decisiones sobre la planificación y modificaciones de las actividades programadas, de las decisiones referentes a las líneas avanzadas que deben ser inscritas en el Registro Comercial o en el de Variedades Protegidas o en el Registro Comunitario y de la interpretación del presente Convenio, resolución de discrepancias, dudas o conflictos que se presente en la ejecución de las actividades del Proyecto. La comisión estará formada por:

El Director del ITACyL o persona en quien delegue, que actuará como Presidente de la Comisión

El Subdirector General de Prospectiva y Coordinación de Programas del INIA o persona en quien delegue Los Presidentes de AGROSA y RASA o persona/s en quien delegue/n El Coordinador del Proyecto, perteneciente al ITACyL y designado por su Director General actuará como Secretario de la Comisión, con voz y voto. Un representante de la Administración General del Estado, nombrado por la Delegación del Gobierno de la Región de Castilla y León.

En todo lo no previsto en el presente Convenio la Comisión de seguimiento se regirá según lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre órganos colegiados.

Novena. Información entre las partes.-Cada parte se compromete a mantener informada a las otras partes del desarrollo del presente Convenio, tanto de los trabajos científico-técnicos alcanzados en su realización, como de cualquier extremo relevante para la consecución de los mismos. Cualquier información a terceros, sobre el contenido y el desarrollo del Convenio, deberá realizarse con autorización expresa de las otras partes y haciendo mención a la existencia del Convenio. Décima. Propiedad de los resultados y uso de los mismos.-Las partes han acordado que la propiedad de los resultados, objeto del presente Convenio, será del ITACyL, del INIA, de AGROSA y de RASA en la siguiente proporción:

ITACyL: 20 %.

INIA: 20 %. AGROSA: 30%. RASA: 30 %.

En la determinación de esta proporción, las partes, conscientes de los costes que generarán a la parte privada la promoción y comercialización de las variedades, acordaron compensar a ésta con una mayor participación en la propiedad de los resultados del convenio, independientemente de lo que le correspondería por su aportación al mismo.

En cuanto a propiedad intelectual, le corresponde exclusivamente al equipo investigador del ITACyL que participa en los proyectos de investigación de obtención de variedades de judías grano. Los resultados obtenidos tendrán carácter reservado y las partes mantendrán confidencialidad sobre la información generada durante la ejecución de los trabajos del Convenio. La posible publicación, en revistas científicas o de divulgación, de las características de las variedades obtenidas en el Proyecto, por ser materia que puede afectar a la viabilidad económica de las mismas, necesitará del permiso por escrito y expreso de las partes, las cuales están obligadas a contestar a estas solicitudes en un plazo máximo de un mes, a través de la Comisión de Seguimiento. Undécima. Registro y protección de las obtenciones.-Cuando una selección avanzada, perteneciente al Proyecto, tras los ensayos correspondientes en la fase de desarrollo, fuera suficientemente prometedora, a juicio de la Comisión de Seguimiento, para poder considerarla como nueva variedad, se procederá a la solicitud de su inscripción en el Registro Español de Variedades Comerciales. De forma paralela, se solicitará su protección bajo la legislación española o comunitaria. La solicitud de protección en terceros países se realizará por decisión de la Comisión de Seguimiento, en función de las perspectivas comerciales de cada variedad obtenida. Las gestiones relativas a estas inscripciones serán realizadas por el INIA. Las tasa y demás costes de solicitud y mantenimiento en los registros, serán sufragadas por los solicitantes en la misma proporción en que participen en la propiedad de la variedad, de acuerdo con lo prescrito en la cláusula anterior. Duodécima. Explotación de las obtenciones.-Las partes acuerdan que la gestión comercial de las variedades obtenidas en el Proyecto será encargada a AGROSA y a RASA, ya que reúnen las condiciones para proceder a la comercialización de las variedades. A estos efectos, se formalizará el correspondiente contrato de gestión entre el ITACyL, el INIA, AGROSA y RASA, precisando las condiciones de la gestión, cuyas características generales serán:

ITACyL se encargará de la conservación de las variedades.

AGROSA y RASA se encargarán de las gestiones relativas a la inscripción en el registro de los países no pertenecientes a la Unión Europea, en los casos en que estas inscripciones sean aprobadas por la Comisión Técnica del Proyecto.

Las partes, conscientes de los costes que generarán a AGROSA y RASA estas actividades, acordaron compensar a esta empresa con una mayor participación en la propiedad de los resultados del convenio, independiente a la que le correspondería por su aportación al mismo.

Decimotercera. Régimen de Personal.-El régimen del personal de cada una de las partes, si desarrolla alguna actividad en sede de la otra, deberá respetar las normas de funcionamiento interno sin que en ningún caso se altere su relación jurídica ni adquiera derecho alguno frente a la otra parte. Decimocuarta. Comienzo de efectos y duración del Convenio.-El presente Convenio, que surtirá efectos desde el día de su firma, tendrá una duración de cuatro años. No obstante podrá ser prorrogado mediante la oportuna Acta de Prorroga, que deberá formalizarse con anterioridad a la finalización de su plazo de duración, por acuerdo expreso de las partes. Decimoquinta. Resolución del Convenio.-El presente Convenio podrá ser rescindido de acuerdo mutuo y voluntario de las partes o por Acuerdo Motivado de alguna de ellas, lo que deberá comunicarse a las otras partes fehacientemente, previa audiencia de las mismas y con, al menos un mes de antelación. Decimosexta. Régimen jurídico y resolución de conflictos.-El presente Convenio tiene su fundamento en lo establecido en el artículo 15 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Asimismo, tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992,del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Quedan excluidos, por tanto, de la regulación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, modificado por el Real Decreto Ley 5/2005, de 11de marzo, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3.1, letra c, del propio Texto Refundido. A pesar de ello, y según lo previsto en la propia Ley de Contratos, se aplicarán los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Las cuestiones litigiosas a que se pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente Convenio serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Convenio en sextuplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.-El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Javier Martínez Vasallo.-El Director del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, José Manuel Ferreras Navarro.-El representante de Agrosa Semillas Selectas, S.A., Manuel Rojo Rojo.-El representante de Ramiro Arnedo S.A., Julián Arnedo Díez.

ANEXO I Fases y metodología para la obtención de nuevas variedades de judía seca y distribución de tareas entre AGROSA y RASA e ITACyL

Fase 1: Realización de cruzamientos:

Se diseñarán cruzamientos entre diferentes parentales con el objetivo de obtener variedades que respondan a las siguientes características: Resistencia a bacteriosis.

Resistencia a virosis. Resistencia a enfermedades fúngicas. Ciclo corto. Adaptación a diferentes zonas de cultivo. Alto rendimiento. Maduración agrupada y adaptación a la recolección mecanizada. Calidad físico-química y sensorial.

Se elegirán los tipos comerciales más extendidos en las zonas productoras del país: Blanca Riñón, Pinta de León, Planchada, Canela, etc.

En función de los tipos comerciales elegidos, y los objetivos prioritarios marcados en cada uno de ellos, se escogerán los parentales. Para la elección de los parentales, podrá ser necesaria la evaluación de genotipos procedentes de éste u otros programas de mejora, así como de genotipos procedentes de bancos de germoplasma, con el objetivo de seleccionar los parentales donantes de los genes de interés. Los cruzamientos se realizarán mediante la técnica de hibridación por emasculación con el estigma cubierto, en condiciones de invernadero. El cruzamiento de judía tiene una eficiencia muy baja, dependiendo de factores externos como la temperatura, la humedad, la luminosidad, de factores internos como la competencia intraplanta, o de otros como el estado óptimo del botón floral o la pericia del operario. Las siembras en invernadero, se realizarán escalonadamente, de forma que aseguremos la coincidencia de la floración en los parentales femeninos y masculinos. Se realizarán anualmente los cruzamientos necesarios para garantizar la consecución de los objetivos marcados, dependiendo del tipo comercial y las características deseadas. Se deberán conseguir al menos 50 semillas F1 de cada cruzamiento, para obtener generaciones F2 lo suficientemente grandes y variables donde poder seleccionar individuos superiores. La decisión sobre los tipos comerciales y los objetivos del programa, así como los nuevos cruzamientos, serán realizados por el ITACyL junto con AGROSA y RASA. La generación de dichos cruzamientos será responsabilidad del ITACyL.

Fase 2: Obtención de poblaciones segregantes y selección de líneas avanzadas:

La semilla F1 procedente de los cruzamientos realizados en invernadero, será sembrada en campo para obtener poblaciones F2 de tamaño suficiente como para poder seleccionar las recombinaciones deseadas. La semilla será sembrada vaina-surco y serán descartadas aquellas sospechosas de proceder de autofecundación. El resto de las plantas serán recogidas individualmente sin realizar selección alguna. Tanto en ésta como en sucesivas generaciones, las labores agronómicas serán las habituales para este cultivo.

La semilla F2 será sembrada planta-parcela en campo al año siguiente. Las parcelas serán de 4 surcos de 3 m siempre que haya semilla suficiente, intercalando surcos de testigos susceptibles a enfermedades en ésta y en sucesivas generaciones. Las parcelas se inocularán mediante aspersión con atomizador con las bacterias causantes de las enfermedades bacterianas más importantes, siempre que el cruzamiento y los objetivos del programa así lo requieran es ésta y en sucesivas generaciones. Se descartarán de nuevo aquellas parcelas sospechosas de proceder de autofecundación. En esta generación se seleccionarán con los criterios marcados inicialmente, hasta 10 plantas individuales de cada parcela, que reúnan las características deseadas, hasta un máximo de 1500 plantas por campaña de todos los cruzamientos, que es el número de parcelas F3 manejable al año siguiente. La semilla F3 será sembrada planta-parcela en campo al año siguiente. Las parcelas serán de 3 surcos de 3 m siempre que haya semilla suficiente, manteniendo identificadas las familias F2 de las que proceden. Se seleccionarán hasta 2-3 parcelas por familia de aquellas familias que muestren buenas características, y hasta 5 plantas individuales por parcela. La semilla F4 será sembrada planta-parcela en campo al año siguiente. Las parcelas serán de 3 surcos de 3 m siempre que haya semilla suficiente, manteniendo identificadas las familias F3 de las que proceden. Se seleccionará 1 parcela por familia de aquellas familias que muestren buenas características, y hasta 5 plantas individuales por parcela. El seguimiento de las parcelas, el tratamiento de los datos generados y la selección serán realizados por ITACyL. Los técnicos de AGROSA y RASA podrán apoyar y supervisar los trabajos.

Fase 3: Estudio agronómico y selección de líneas avanzadas procedentes de cruzamientos obtenidos en proyectos anteriores:

En estos momentos el ITACyL cuenta con líneas avanzadas procedentes de cruzamientos realizados con anterioridad a la firma del Convenio. Estas líneas son principalmente de grano blanco y grande, aunque también las hay de granos blancos, cremas y rojos de tamaño más pequeño. Son líneas altamente resistentes a bacteriosis y virosis.

La semilla F5, F6 y F7 será sembrada planta-parcela en campo al año siguiente. Las parcelas serán de 3 surcos de 3 m siempre que haya semilla suficiente, manteniendo identificadas las familias F4, F5 y F6, respectivamente, de las que proceden. Se seleccionará 1 parcela por familia de aquellas familias que muestren buenas características, y hasta 10 plantas individuales por parcela. Se recogerá el resto de parcela para ensayos de rendimiento. Se realizarán ensayos de rendimiento con 3 repeticiones en dos localidades cuando se disponga de semilla suficiente. Se incluirán testigos, que pueden ser los parentales de los cruzamientos y/o variedades comerciales, dependiendo de los tipos comerciales evaluados. La parcela experimental será de 1,5 m x 5 m (7,5 m2). Uno de los ensayos se realizará en la Finca Zamadueñas propiedad del ITACyL, y otro en una zona productora en una finca contratada con un agricultor. Se tomarán datos básicos de fenología e incidencia de enfermedades durante el cultivo, así como el tamaño del grano y el peso de la parcela (tabla 1). Con los datos combinados de ambos ensayos durante varios años, y los obtenidos en las parcelas de avance de generaciones, se seleccionarán las líneas avanzadas que pasarán a la fase 4.

Tabla 1

Valoración de las características morfológicas, fenológicas y de adaptación, en los ensayos de rendimiento de judía grano

Vigor inicial.

Valor subjetivo de 1 a 9 de la parcela en primer trifolio.

Inicio de floración.

Días a primera flor.

Fin de floración.

Cuando el 50% de las plantas de la parcela ya no tiene flores.

Hábito de crecimiento.

-

Bacteriosis en hoja y en vaina.

Valoración de síntomas de bacteriosis de 1 a 9.

Virus.

Presencia de síntomas de virus y de necrosis sistémica.

Adaptación.

Valor subjetivo de 1 a 9 de la parcela en madurez fisiológica.

Fecha de madurez.

Días a primera vaina seca.

Rendimiento.

Peso del grano de la parcela.

Peso de 100 semillas.

-

Brillo de la semilla.

-

Color de la semilla.

-

Venas de la semilla.

-

Forma de la semilla.

-

El seguimiento de las parcelas, el tratamiento de los datos generados y la selección serán realizados por ITACyL. Los técnicos de AGROSA y RASA podrán apoyar y supervisar los trabajos.

Fase 4: Estudio del rendimiento y adaptación de las líneas avanzadas seleccionadas, en diferentes condiciones y zonas de interés. Estudio de los parámetros de calidad

De las líneas avanzadas seleccionadas en la FASE 3 se obtendrá suficiente semilla para plantear ensayos de rendimiento más numerosos y con parcelas más grandes. Las líneas que se encuentren en esta fase del proyecto, seguirán un proceso de identificación exhaustivo, mediante características morfológicas y/o moleculares, según se cita en la cláusula sexta del convenio. Se realizarán ensayos de rendimiento con 3 repeticiones en 4 localidades cuando se disponga de semilla suficiente. Se incluirán testigos, que pueden ser los parentales de los cruzamientos y/o variedades comerciales, dependiendo de los tipos comerciales evaluados. La parcela experimental será de 3 m x 5 m (15 m2). Uno de los ensayos se realizará en la finca Zamadueñas, propiedad del ITACyL, y los otros 3 en zonas productoras. Se tomarán datos básicos de fenología e incidencia de enfermedades durante el cultivo, así como el tamaño del grano y el peso de la parcela (tabla 1). Además, se enviarán al laboratorio de calidad del ITACyL muestras de todas las líneas en los diferentes ambientes, para su evaluación por calidad. Se analizará la calidad físico-química y sensorial de la producción conseguida, evaluando los siguientes parámetros que figuran en la tabla 2. Tabla 2 Parámetros para evaluar la calidad en judías grano

Físico-químicos

Piel

% de piel de la semilla.

Absorción

% absorción de agua en remojo de la semilla.

Sacarosa

% de sacarosa de la semilla.

Grasa

% grasa en semillas.

Proteína

% proteína en semillas.

Estaquiosa

% de estaquiosa de la semilla.

Rafinosa

% de rafinosa de la semilla.

TOC

Tiempo óptimo de cocción de la semilla.

Amilosa

% sobre cantidad total de almidón de la semilla.

Sensoriales

Escala de 1 a 5

IG

Integridad del grano.

SP

Superficie de piel.

DP

Dureza de piel.

DA

Dureza de albumen.

M

Mantecosidad.

G

Granulosidad.

H

Harinosidad.

Dos de los 4 ensayos serán realizados y controlados por ITACyL, uno en la finca Zamadueñas y otro en una finca contratada con un agricultor. Los otros 2 ensayos serán responsabilidad de las AGROSA y RASA, aunque ITACyL ponga a su disposición la maquinaria de siembra y recolección de ensayos.

Con los datos combinados de todos los ensayos durante varios años se seleccionarán las líneas que puedan ser enviadas a registro. Cuando la Comisión considere justificado que alguna de las líneas deba ser enviada a registro, se seleccionarán plantas individuales y se multiplicarán para obtener semilla suficiente para enviarla a registro y para la generación de las parcelas G0, con las que iniciar el proceso de conservación de variedades.

ANEXO II Aportaciones de las partes al proyecto

1. Aportación del ITACyL

Este Instituto se responsabilizará de la dirección científica y técnica del Proyecto y colaborará con AGROSA y RASA en las fases del mismo, descritas en el anexo I. Pondrá a disposición del Proyecto los siguientes medios humanos y materiales:

a) Investigadores: Coordinadora del Proyecto: Doña Carmen Asensio Vegas, Doctora en Ciencias Biológicas.

Doña María del Carmen Asensio Sánchez-Manzanera, Doctora Ingeniero Agrónomo.

b) Personal de campo fijo:

Don Carmelo Santodomingo González, Tractorista.

Don Olegario Esteban Prieto. Doña Felinda Pérez Faúndez.

d) Personal de campo y Auxiliar contratado: El ITACyL contratará este personal, con cargo a sus propios presupuestos, en las fechas en que las actividades del Proyecto lo aconsejen.

e) El ITACyL aportará el equipamiento y medios de cultivo siguientes:

Colección de líneas avanzadas de judías.

Parcela para experimentación, de 5 ha. Dos invernaderos. Equipos de siembra y recolección de ensayos. Cámara frigorífica y almacén. Laboratorio de preparación de siembras y toma de muestras. Laboratorio de patología. Laboratorio de marcadores moleculares. Cámara de cultivo «in vitro». Laboratorio de cultivo «in vitro».

2. Aportación del INIA

El INIA aportará al Proyecto la cantidad total de 167.357 euros, distribuida de acuerdo con lo expresado en el cuadro siguiente:

Conceptos

Anualidades (€)

1

2

3

4

Total

Finaciación de un experto

33.250

34.248

35.275

36.333

139.106

en Mejora Genética de judías

Contratado por el ITACyL.

Gastos de funcionamiento. . .

6.750

6.953

7.162

7.386

28.251

Total . . . . . . . . . . . . . .

40.000

41.201

42.437

43.719

167.357

Estas cantidades serán abonadas por el INIA al ITACyL.

3. Aportaciones de AGROSA y RASA

La aportación de ambas empresas al Proyecto será idéntica y consistirá en la colaboración, a tiempo parcial, de un experto en Mejora Genética y los campos de ensayos necesarios, según el criterio de la Coordinadora del Proyecto, incluyendo los gastos de las labores de cultivo (personal, agua de riego, energía eléctrica, combustibles, fertilizantes, pesticidas, herbicidas, maquinaria y mantenimiento de las instalaciones de riego). Además, cada empresa contribuirá a los gastos de funcionamiento del ITACyL con las cantidades anuales siguientes:

Anualidades (€)

1

2

3

4

Total

1.000

1.030

1.060

1.090

4.180

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