Visto el expediente de indulto de don Fernando Juan Francisco de Paula Pelegrín Martín, condenado por la Audiencia Nacional Sala Segunda de lo Penal de Madrid, en sentencia de 11 de junio de 2004, como autor de un delito de falsificación de moneda, a la pena de ocho años de prisión y multa de 20.000 euros, y un delito de estafa, a la pena de seis años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 2007,
Vengo en conmutar a don Fernando Juan Francisco de Paula Pelegrín Martín las penas privativas de libertad impuestas por otra de tres años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de junio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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