A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y en el artículo 61 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre del año 2007 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:
Emisión |
Fecha subasta |
Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado (%) |
Bonos del Estado a 5 años al 3,90%, vto. 31.10.2012 |
07.06.2007 |
4,483 |
No habiéndose efectuado subastas de Bonos del Estado a tres años ni de Obligaciones del Estado a diez, quince y treinta años durante dicho trimestre.
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 61 y 91 de los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respectivamente, el tipo de referencia que resulta en el tercer trimestre natural de 2007 para activos financieros con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete es el 3,586 por 100. Este tipo de referencia será de aplicación durante dicho trimestre en el resto de los casos, según se determina en los artículos 61 y 91 anteriormente citados.
Madrid, 26 de junio de 2007.-La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.
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