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Advertidos errores en la Resolución de 23 de mayo de 2007, de la Dirección General de Emigración por la que se convocan ayudas del programa de Comunicación de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo (publicada en el BOE del 29 de mayo de 2007), se procede a efectuar la siguiente rectificación:
En la página 23334, artículo décimo, 3, párrafo segundo, donde dice: «... y, en todo caso, dentro de los seis meses a contar desde la fecha de recepción de la misma.», debe decir: «... y, en todo caso, dentro de los tres meses a contar desde la fecha de la finalización de la actividad.»
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