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Documento BOE-A-2007-11694

Resolución de 24 de mayo de 2007, de la Universidad Jaume I, por la que se nombra Profesora Titular de Escuela Universitaria a doña Teresa Carmen Gallego Navarro.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2007, páginas 25832 a 25833 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2007-11694

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta formulada por la Comisión constituida para juzgar el concurso de acceso convocado por Resolución de la Universidad Jaume I de 27 de diciembre de 2006 (BOE de 23 de enero de 2007), para la provisión de la plaza número 2652 del cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria del área de conocimiento de Construcciones Arquitectónicas, y una vez acreditado por el concursante que reúne los requisitos a que alude el artículo 5 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a doña Teresa Carmen Gallego Navarro, documento nacional de identidad número 18967410T, Profesora Titular de Escuela Universitaria en el área de conocimiento de Construcciones Arquitectónicas adscrita al Departamento de Ingeniería Mecánica y Construcción. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado Contencioso Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación.

Sin embargo, contra esta resolución las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición, delante del mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación; en este caso no se puede interponer el recurso contencioso administrativo anteriormente mencionado mientras no recaiga una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Castellón de la Plana, 24 de mayo de 2007.-El Rector, Francisco Toledo Lobo.

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