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Documento BOE-A-2007-11357

Resolución de 10 de mayo de 2007, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 8 de junio de 2007, páginas 25007 a 25011 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-11357

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 7), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima, Código 0010. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero («Boletín Oficial del Estado» núm. 48 de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 90 plazas del Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, Código 0010, por el sistema general de acceso libre. La distribución por especialidades de las plazas convocadas es la siguiente:

Especialidad de Investigación: 45.

Especialidad Marítima: 45.

Los aspirantes sólo se podrán presentar a una de las especialidades citadas.

De conformidad con lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan de igualdad de género en la Administración General del Estado, se hace constar que existe infrarrepresentación de la mujer en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. Incluirá la superación de un período de prácticas. Para la realización de este período de prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de los candidatos

Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán cumplir los siguientes:

4.1 Nacionalidad: Ser español.

4.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de cincuenta y cinco años, edad de pase a la situación de segunda actividad fijada por el artículo 56 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. 4.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachillerato-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 4.4 Carecer de antecedentes penales. 4.5 Comprometerse a portar armas en el ejercicio de sus funciones, en los términos en que se disponga por los responsables de la Unidades en que presten servicios. Este compromiso se prestará a través de declaración del solicitante. 4.6 Antes de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las listas de aprobados de la fase de oposición los aspirantes deberán, además, reunir los siguientes requisitos:

4.6.1 Para el acceso a la especialidad de Investigación: Estar en posesión del permiso de conducir, clase B, con autorización para conducir vehículos prioritarios que utilicen aparatos emisores de luces y señales acústicas especiales (artículos 7.3 y 51.3 del Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, «Boletín Oficial del Estado» de 6 de junio).

4.6.2 Para el acceso a la especialidad Marítima: estar en posesión del certificado de competencia marinera exigido por el artículo 56 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, o de los certificados, títulos o tarjetas profesionales que lo hayan sustituido o tengan un valor equivalente.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar, por vía manual o telemática, el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791) que se facilitará gratuitamente en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en la página de Internet www.agenciatributaria.es. 5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá al Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 5.3 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el apartado Octavo.2 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado. 5.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV. 5.5 A la solicitud se acompañará:

A las solicitudes suscritas en el extranjero se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

Los aspirantes que estén exentos del pago de tasas actuarán de acuerdo con los puntos 8 y 9 del apartado Octavo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales actuarán de acuerdo con lo previsto en el punto 14 del apartado Octavo de la Orden mencionada en el párrafo anterior.

5.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria. 6.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. El Tribunal velará, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española, por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sito en la calle Lérida, n.º 32-34, 28020 Madrid, teléfonos: 91 583 10 33/91 583 11 83/91 583 11 84 y 91 583 11 93.

7. Norma adicional

La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se incluirán en la página Web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, pudiendo ser consultados a través de ella www.agenciatributaria.es.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R. D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 10 de mayo de 2007.-El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luis Pedroche y Rojo.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

El Proceso de selección constará de las siguientes fases:

Fase de oposición.

Periodo de prácticas.

1. Fase de oposición

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios:

Primer ejercicio: Pruebas Físicas.

Los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas físicas:

Hombres: Salto de altura de 1,10 metros con carrera (tres intentos).

Salto de longitud de 3,50 metros con carrera (tres intentos). Carrera de 50 metros lisos en un tiempo máximo de 8 segundos (dos intentos). Nadar 50 metros estilo libre con zambullida, en un tiempo máximo de 1 minuto y 15 segundos (un intento).

Mujeres:

Salto de altura de 1 metro con carrera (tres intentos).

Salto de longitud de 3,15 metros con carrera (tres intentos). Carrera de 50 metros lisos en un tiempo máximo de 9 segundos (dos intentos). Nadar 50 metros estilo libre con zambullida, en un tiempo máximo de 1 minuto y 30 segundos (un intento).

Para la realización de este ejercicio, los opositores deberán entregar al Tribunal un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas. La no presentación de dicho certificado supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo. Segundo ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de dos horas, de dos temas extraídos al azar del programa que se detalla en el Anexo II de esta Resolución. a) Un Tema para ambas especialidades de la materia de «Organización del Estado y de la Administración Pública» según el temario que figura en el Anexo II.1.1

b) Un Tema para la especialidad de Investigación de la materia «Derecho Administrativo y Tributario» según el temario que figura en el Anexo II.1.2 c) Un Tema para la especialidad Marítima de la materia «Derecho Marítimo y Seguridad Marítima» según el temario que figura en el Anexo II.1.3.

El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito. Tercer ejercicio:

Consistirá en la contestación por escrito, para ambas especialidades, en un tiempo máximo de dos horas, de dos temas extraídos al azar de la materia «Derecho Comunitario y Legislación Aduanera», según el temario que figura en el Anexo II.2 de esta Resolución. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

Cuarto ejercicio:

Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, de cinco preguntas y un supuesto práctico de aplicación sobre temas específicos de Contrabando, delimitados por las materias contenidas en el temario de «Derecho Penal, Legislación de Contrabando y Derecho Procesal» según el temario que figura en el Anexo II.3 de esta Resolución. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito. 1.1 Calificación.-La calificación de la fase de oposición para ambas especialidades se realizará de la forma siguiente: Primer ejercicio: Se calificará de «apto» o «no apto» siendo necesario obtener la calificación de apto para superarlo.

Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo necesario un mínimo de 10 puntos para superarlo y que ninguno de los temas tenga una puntuación inferior a cinco puntos. Tercer ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario un mínimo de 15 puntos para superarlo y que ninguno de los temas tenga una puntuación inferior a 7,5 puntos. Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario un mínimo de 15 puntos para superarlo.

2. Período de prácticas

Los aspirantes que superen las pruebas de la fase de oposición realizarán un período de prácticas que tendrá una duración máxima de tres meses, a desarrollar en las Unidades Combinadas o Unidades Operativas de Vigilancia Aduanera, para la especialidad de Investigación, y a bordo de las embarcaciones de Vigilancia Aduanera, para la especialidad Marítima. La realización del periódo de prácticas se acreditará mediante certificado del Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de la Delegación Especial en cuyo ámbito se realicen las prácticas.

3. Calificación final

Una vez superado el periodo de prácticas, la calificación final estará integrada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de las fase de oposición. En caso de igualdad de puntuación final entre dos o más aspirantes, la prelación se establecerá de la siguiente forma: en primer lugar, la puntuación del cuarto ejercicio, en segundo lugar, la puntuación del tercer ejercicio, y en tercer lugar, la puntuación del segundo ejercicio.

ANEXO II Programa para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima Anexo II.1

Anexo II.1.1

Organización del Estado y de la Administración Pública

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

Tema 2. Políticas de igualdad de género. Normativa vigente. Tema 3. El Gobierno y la Administración. La Administración General del Estado (Presidente del Gobierno. Los Ministros. El Consejo de Ministros. Los Secretarios de Estado). La Administración Periférica (Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y los Subdelegados de Gobierno. Otros órganos periféricos). Tema 4. La Organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local: La provincia y el municipio. Tema 5. Los funcionarios públicos: Conceptos y clases. Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos. El régimen de incompatibilidades. Tema 6. El Ministerio de Economía y Hacienda. Estructura y funciones. La Agencia Estatal de Administración Tributaria: Creación, naturaleza, objetivos, funciones y organización. Tema 7. El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales: Organización y funciones. La Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera: Régimen jurídico, competencias y funciones. Carácter de Agente de la Autoridad de sus funcionarios.

Anexo II.1.2

Derecho Administrativo y Tributario

Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley. El Reglamento. Tema 2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos: Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. Tema 3. El Derecho Tributario. Concepto y contenido. Fuentes. La Ley General Tributaria. Principios generales. La Administración Tributaria. Los tributos: Concepto y clasificación. Tema 4. Los impuestos: Clases. Hecho imponible. No sujeción y exención. Devengo. Prescripción. Aplicación e interpretación de las normas tributarias. Tema 5. Sujetos pasivos. Responsables. Retención. Repercusión. Capacidad de obrar. Representación. Domicilio fiscal. El NIF. Base imponible. Regímenes de determinación. Comprobación de valores. Base liquidable. Tipos de gravamen. Cuota y deuda tributaria. Extinción de la deuda tributaria. Tema 6. Los Impuestos Especiales. Naturaleza. Impuestos Especiales de Fabricación. Ámbito territorial. Hecho imponible. Devengo. Sujetos pasivos y responsables. Exenciones y devoluciones. Tema 7. Ultimación del régimen suspensivo. Determinación de las bases. Tipos impositivos. Repercusión. Fabricación, transformación y tenencia. Circulación intracomunitaria. Irregularidades en la circulación intracomunitaria. Normas generales de gestión. Infracciones y sanciones. Tema 8. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Elementos estructurales. Régimen de destilación artesanal. Régimen de cosechero. Devoluciones. Normas particulares de gestión. Infracciones y sanciones.

Anexo II.1.3

Derecho Marítimo y Seguridad Marítima

Tema 1. La libertad de los mares. El Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar de 1974 y su ratificación por el Gobierno. Convención de Montego Bay-Jamaica sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982. Convención de Viena contra el tráfico ilícito de estupefacientes de 20 de diciembre de 1988.

Tema 2. Abanderamiento, inscripción o matrícula de los buques. Pasavante. Patente de navegación. Pabellón. Contraseña. Registros y listas de buques. Sociedades de clasificación. Despacho de buques. Autoridades que intervienen en el mismo. Despacho de embarcaciones pesqueras y de recreo. Libros y documentos que deben llevarse a bordo. Tema 3. El abordaje. El naufragio. Responsabilidades derivadas del naufragio y del abordaje. Auxilios, salvamentos y remolques. Hallazgos. Extracciones. Tema 4. Aguas fiscales españolas. Normativa vigente sobre vigilancia marítima en el Servicio de Vigilancia Aduanera. Regulación del tráfico de embarcaciones especiales de alta velocidad de las aguas marítimas españolas. Disposiciones sobre identificación que deben exhibir las embarcaciones de alta velocidad. Tema 5. El fuego. Definición. Comburente. Triángulo del fuego. Tetraedro del fuego. Energías de activación. Casos especiales de fuego. Explosiones. Agentes extintores. Elección del agente extintor y eficacia. Instalaciones de sistemas fijos. El humo. Sistema de ventilación. Descripción del equipo de respiración autónomo (ERA). Tema 6. Embarcaciones de rescate. Características. Manejo de embarcaciones de rescate en diversos estados de la mar. Izado y arriado de embarcaciones de rescate. Rescate de supervivientes en el agua desde una embarcación de rescate. Uso de embarcaciones de rescate. Tema 7. Actuación en caso de «hombre al agua». Maniobras de la embarcación de rescate. Supervivencia en agua fría. Técnicas de búsqueda. Búsqueda con exploración visual. Exploración por radar y otros medios. Método de exploración (MERSAR). Tema 8. Radiobaliza de localización de siniestros. Aparatos radiotelefónicos bidireccionales. Aparatos radioeléctricos para embarcaciones de supervivencia. Sistemas Satelitarios. El sistema INMARSAT-A, INMARSAT-C, INMARSAT-B, e INMARSAT-M. Sistema IRIDIUM.

Anexo II.2 Derecho Comunitario y Legislación Aduanera

Tema 1. La Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea: Los tres pilares. El Tratado de Ámsterdam. Las políticas de la Unión. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de personas. La libre circulación de capitales y pagos.

Tema 2. Las Instituciones y Órganos de la Unión Europea. El Parlamento Europeo. El Consejo. La Comisión. El Tribunal de Cuentas. Otros órganos de la Unión. Tema 3. El territorio aduanero de la Unión: Definición y normativa comunitaria. El arancel de aduanas común. Los derechos del arancel de aduanas común. Tema 4. Los tributos recaudados por las aduanas. Consideraciones generales. Recursos propios de la Unión Europea. Recursos de la Hacienda Pública española. Tema 5. El hecho imponible: Consideraciones generales. La deuda aduanera. El devengo. El sujeto pasivo. El sujeto pasivo en aduana. Responsables tributarios. Representación tributaria. La consignación. El agente de aduanas. Depósitos francos y zonas francas. Tema 6. Entrada de mercancías en territorio aduanero de la Unión. La declaración sumaria. El depósito temporal. El destino aduanero. Abandono. Destrucción. Tema 7. Regímenes aduaneros. El despacho a libre práctica. Procedimiento de despacho. El DUA. Comprobación documental y reconocimiento de las mercancías. Análisis químicos. El levante. Tema 8. El origen de las mercancías: Normas generales contenidas en el Código Aduanero Comunitario. El valor en aduana: Normas generales. Tema 9. El tránsito aduanero. El depósito aduanero. Perfeccionamiento activo y pasivo. Transformación bajo control aduanero. La importación temporal. La exportación. Tema 10. Asistencia mutua administrativa: El Convenio de Asistencia Mutua entre las Administraciones Aduaneras (Nápoles II). El Reglamento (CE) 515/97, del Consejo, relativo a la Asistencia Mutua.

Anexo II.3 Derecho Penal, Legislación de Contrabando y Derecho Procesal

Tema 1. Concepto y contenido del Derecho Penal. El Código Penal. Estructura y contenido. Fuentes del Derecho Penal. La interpretación de las leyes penales. El principio de irretroactividad de las leyes penales.

Tema 2. Concepto de delito: Imputabilidad, culpabilidad y responsabilidad. La participación en el delito: Autores y cómplices. Circunstancias eximentes, atenuantes y agravantes. La responsabilidad civil. Delito consumado y en grado de tentativa. Conspiración, proposición y provocación para delinquir. Grupos de delitos regulados en el Código Penal. Tema 3. Contrabando: Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión de Contrabando. Definiciones y tipificación del delito. Valoración de las mercancías objeto de contrabando. Destino de las mercancías aprehendidas. Tema 4. Infracciones administrativas de Contrabando: Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio. Sanciones y graduación. Comiso. Prescripción. Procedimiento sancionador. Órganos competentes. Instrucción. Resolución. Registro de sancionados. Tema 5. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra los derechos fundamentales. Delitos contra la libertad. Delitos contra la intimidad. Delitos contra la inviolabilidad del domicilio. Tema 6. Delitos contra la Salud Pública. Concurso con el Delito de Contrabando. Precursores y sustancias químicas catalogadas: Ley 3/1996, de 10 de enero, y su Reglamento de desarrollo. El Delito de Blanqueo de Capitales y la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre Medidas de Prevención de Blanqueo de Capitales. Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Tema 7. Delitos contra la Administración Pública. Prevaricación de los funcionarios y otros comportamientos injustos. Abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos. Desobediencia y denegación de auxilio. Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos. Cohecho. Tráfico de influencias. Malversación. Fraudes y exacciones ilegales. Actividades prohibidas a los funcionarios y abusos en el ejercicio de la función. Tema 8. La detención. Concepto de detención. Derechos de los detenidos. La asistencia letrada al detenido: Alcance y contenido. La Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de «Habeas Corpus». Tema 9. Entrada y registro en domicilios. Entrada y registro en el domicilio particular. Mandamiento judicial. Entrada en domicilio en caso de delito «In fraganti». Entrada y registro en otros lugares. Mandamiento administrativo. Entrada y registro de bares, almacenes, garajes y otros locales. Tema 10. El atestado. Concepto e instrucción del atestado. Puesta a disposición judicial. Tema 11. El Derecho Procesal Penal. Nacimiento del proceso. Denuncia y querella. Los órganos judiciales de naturaleza penal. Clases de tribunales penales. Competencias y reglas que los rigen. Tema 12. Medios de prueba. La percepción judicial, la inspección ocular. Prueba documental. Las declaraciones de los testigos. La prueba pericial. Tema 13. La Policía Judicial: Legislación general. El agente encubierto. Vigilancia Aduanera como policía judicial. Tema 14. El Ministerio Fiscal. La Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas. La Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.

ANEXO III Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el cuerpo de agentes del servicio de vigilancia aduanera, especialidades de investigación y marítima

El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal Titular: Presidente: Don Fernando Miguel Salazar González, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Secretaria: Doña M. José Sáez Valero, del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración Estado. Vocales: Doña Mercedes Caballero del Pozo, del Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera; don Carlos Duce García, del Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera; don Francisco González Blanquer, del Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera; don Antonio Fernández Espeso, del Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera; doña Antonia Pérez-Castaño Segura, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social; doña Concepción García de Mingo, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, y doña Mariana Martín Romero, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Tribunal Suplente:

Presidente: Don Antolín López Merino, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Secretaria: Doña Carmen Sogo Mielgo, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. Vocales: Don Antonio Solé Orostivar, de la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo; don Joaquín Agis Ibáñez, del Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera; don Jesús Crespo Cabornero, del Cuerpo Técnico de Hacienda; don Miguel Fernández Moraga, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado; doña Isabel Sánchez González, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado; doña Celia Llamazares García, del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración Estado, y don Fernando Elvira Ferreras, del Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791) y en las siguientes instrucciones particulares. En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará «Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera», código 0010, correspondiente. En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la especialidad elegida, así como el código correspondiente a la misma: letra «I» para especialidad de Investigación o letra «J» para especialidad Marítima. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «AEAT», código «TB». En el recuadro 19, «Fecha BOE», se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará la ciudad donde se desee realizar los dos primeros ejercicios de la oposición, entre la siguientes: A Coruña, Cádiz y Madrid. En caso de no especificarse en la solicitud el dato del lugar de examen por el que se opta, se entenderá que el aspirante desea realizar los ejercicios en Madrid. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación poseída o en condiciones de obtener, de entre las señaladas en la base 5.3. En «Otros títulos oficiales», los aspirantes consignarán si ya poseen el permiso de conducir a que se refiere la base 5.6.1, si se presentan a la especialidad de Investigación, y si poseen el título a que se refiere la base 5.6.2, si se presentan a la especialidad Marítima. En el recuadro 26 se indicará si se está exento del pago de la tasa. El importe de la tasa por derechos de examen será de 13,54 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud por vía telemática o en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621 (IBAN: ES48 0128 0072 1901 0000 5621), abierta, exclusivamente para las solicitudes suscritas en el extranjero, en C/ Orense, n.º 85 -28020 Madrid- a nombre de Agencia Estatal de Administración Tributaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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