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Documento BOE-A-2006-9717

Resolución de 9 de mayo de 2006, de la Secretaría General de Energía, por la que se certifica un colector solar, marca «Solar De Light», modelo SLD V01, fabricado por Solimpeks Solar Energy Systems.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 2006, páginas 20754 a 20755 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-9717

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría General de Energía la solicitud presentada por Solar De Light, S.L. con domicilio social en Don Ramón de la Cruz, 36, 28001 Madrid, para la certificación de un colector solar, fabricado por Solimpeks Solar Energy Systems, en su instalación industrial ubicada en Turquía. Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación se solicita, y que el laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, mediante dictamen técnico con clave CA/RPT/4451/032/INTA/04, y la entidad colaboradora TÜV Internacional, por certificado de clave 28300056.001, han hecho constar respectivamente que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares. Esta Secretaría General, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-4006, y con fecha de caducidad el día 9 de mayo de 2009, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 9 de mayo de 2009. Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Marca: «Solar De Light».

Modelo: SLD V01. Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Recubrimiento selectivo de titanio. Superficie de apertura: 1,93 m2. Superficie de absorbente: 1,95 m2.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de mayo de 2006.-El Secretario general, Antonio Joaquín Fernández Segura.

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