Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-9462

Acuerdo de 5 de abril de 2006, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se anuncia concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en los órganos técnicos del Consejo, entre Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del Grupo A.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2006, páginas 20202 a 20202 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2006-9462

TEXTO ORIGINAL

Próxima a quedar vacante en la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario al servicio del Consejo General del Poder Judicial el puesto de Jefe de Servicio de Formación Inicial en la Escuela Judicial y al contar con dotación presupuestaria para su cobertura, el Pleno del Consejo en su reunión del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.1 de la ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y en los artículos 133 y concordantes del Reglamento de Organización y funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial, aprobado por Acuerdo de 22 de abril de 1986 («Boletín Oficial del Estado» número 107, de 5 de mayo), adoptó el acuerdo de convocar un concurso de méritos para la provisión del puesto de trabajo que se describe en el anexo I. El concurso se regirá por las siguientes

Normas

Primera.-Podrán tomar parte en el mismo los Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del grupo A, a que se refiere el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.-Los que deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud al excelentísimo señor Presidente del Consejo General del Poder Judicial (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid), debiendo presentarse en el Registro General del propio Consejo o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Tercera.-A las instancias se acompañará un currículum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en relación con los requisitos expresados en el anexo I. Cuarta.-Los candidatos podrán ser requeridos para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos podrán, asimismo, ser citados para una entrevista personal. Quinta.-A la vista de las instancias y documentación presentada, el Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, efectuará el nombramiento. Con arreglo a lo previsto en el artículo 133 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, el Pleno designará al que resulte seleccionado para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta. Sexta.-El concursante al que se adjudique el puesto convocado quedará en la situación de servicios especiales, prevista en los artículos 146.2 y 351.d), en su caso, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, prestará sus funciones durante el plazo de dos años prorrogables por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de 10 años y estará sometido al Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo. Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.-Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 5 de abril de 2006.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

HERNANDO SANTIAGO

ANEXO I

Denominación del puesto: Jefe de Servicio de Formación Inicial de la Escuela Judicial.

Localización: Barcelona. Nivel de complemento de destino: 30. Complemento específico: 46.848,12 euros anuales. Adscripción: Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y Funcionarios de las Administraciones Públicas del grupo A.

Requisitos del puesto:

Amplios conocimientos de Derecho español y comparado.

Experiencia y conocimientos de planificación y organización de actividades formativas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid