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Documento BOE-A-2006-9374

Resolución de 5 de mayo de 2006, de la Secretaria de Estado de la Seguridad Social, por la que se autoriza a la entidad financiera «ING Direct, N. V.» para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2006, páginas 20075 a 20075 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-9374

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, establece en el apartado primero del artículo 4, que «la competencia para la concesión o denegación de autorizaciones para actuar como colaboradores en la gestión recaudatoria de la Seguridad Social corresponderá al Secretario de Estado de la Seguridad Social», el cual resolverá las solicitudes formuladas a tal efecto en un plazo de 6 meses a partir de la entrada de la solicitud en su registro. A tales efectos, la entidad financiera ING Direct, N. V., acreditada su condición mediante certificado emitido por el Banco de España, solicitó a la Tesorería General de la Seguridad Social, con fecha 30 de enero de 2006, autorización para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de la Tesorería General de la Seguridad Social. En virtud de la facultad conferida por el reglamento general de recaudación, y a la vista de la normativa reguladora del procedimiento administrativo, esta Secretaría de Estado, resuelve:

Autorizar a la entidad financiera ING Direct, N. V., para actuar como entidad colaboradora en la forma y condiciones convenidas, señalando que el incumplimiento de las mismas, así como de las normas reguladoras de la gestión recaudatoria llevará aparejado la suspensión o revocación de esta autorización, y que la misma surtirá efectos desde el día primero del mes siguiente a la publicación en el boletín correspondiente.

Madrid, 5 de mayo de 2006.-El Secretario de Estado, Octavio Granado Martínez.

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