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Documento BOE-A-2006-8692

Resolución de 28 de abril de 2006, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se da publicidad a la prórroga del Acuerdo de encomienda de gestión suscrito entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, el Fondo Español de Garantía Agraria y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en relación con las ayudas para la mejora de la calidad del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2006, páginas 18948 a 18949 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2006-8692

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el art. 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad a la prórroga del Acuerdo de Encomienda de Gestión suscrito entre el Sr. Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Sr. Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria y el Sr. Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria para la mejora de la calidad del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa.

Madrid, 28 de abril de 2006.-El Presidente, Fernando Miranda Sotillos.

Prórroga del Convenio de encomienda de gestión entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, el Fondo Español de Garantía Agraria y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en relación con las ayudas para la mejora de la calidad del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa

En Madrid, a 26 de abril de 2006

REUNIDOS

De una parte: Don Josep Puxeu Rocamora en su calidad de Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 1171/2005, de 30 de septiembre (BOE 05-10-2005).

De otra parte: Don Fernando Miranda Sotillos, Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 127/2006, de 3 de febrero (BOE del 4) por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el art. 4 del Estatuto del FEGA aprobado por el Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre. De otra parte, don Mario Gómez Pérez, en su calidad de Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 1879/2004, de 6 de septiembre (BOE del 7), actuando conforme a las atribuciones que le confiere el art. 12 del Estatuto del INIA aprobado por el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre. Se reconocen la competencia suficiente para suscribir la presente prórroga del Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.-Que, con fecha 18 de noviembre de 2004, se firmó un Convenio de Encomienda de Gestión entre las partes, que continúa surtiendo efectos, con el objeto de encomendar el Fondo Español de Garantía Agraria, a los Órganos citados previamente, las funciones de tramitación, previas a la de resolución y pago, así como la realización o propuesta en su caso, de las inspecciones de control que fueran necesarias para la verificación de los hechos, en base a las cuales son realizados pagos con cargo al Feoga-Garantía, concepto 470 del presupuesto del FEGA, respecto de la ejecución del programa de la mejora de la calidad de la producción del aceite de oliva y de aceituna de mesa. Dicho Convenio de Encomienda de Gestión se publicó en el BOE de 22 de diciembre de 2004.

Segundo.-Que el acuerdo sexto del mencionado Convenio estableció la duración del mismo para las campañas 2004-2005 y 2005-2006, teniendo su inicio para cada campaña a partir del 1 de mayo. Asimismo su acuerdo séptimo prevé que las partes podrán prorrogar la duración de este Convenio para campañas sucesivas. Tercero.-Que al ser necesario incluir la propuesta de un pago correspondiente a la campaña 2005-2006, que por tratarse de un proyecto con personal contratado, tiene su duración hasta el 30 de abril de 2006, y con el fin de obtener los documentos precisos para su justificación, las partes están interesadas en prorrogar el Convenio vigente, de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Se prorroga, a partir del día 1 de mayo de 2006 y hasta el 30 de septiembre de 2006, el Convenio de Encomienda de Gestión suscrito el 18 de noviembre de 2004, entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación del MAPA, el Fondo Español de Garantía Agraria y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría, en relación con las ayudas para la mejora de la calidad del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa.

Segunda.-Ante posibles irregularidades y en su caso, recuperación de los pagos indebidos, se estará a lo establecido en el Reglamento (CEE) n.º 595/1991, de 4 de marzo del Consejo, relativo a Irregularidades y recuperación de las sumas indebidamente pagadas en el marco de la financiación de la política agraria común

Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, se firma la presente Prórroga de Convenio por triplicado ejemplar en el lugar y fecha al principio indicado.-Por el FEGA, el Presidente, Fernando Miranda Sotillos.-La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. [artículo 2.e), Orden APA/16032005, de 17 de mayo, BOE de 2 de junio], el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Josep Puxeu Rocamora.-Por el INIA, el Director General, Mario Gómez Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/04/2006
  • Fecha de publicación: 17/05/2006
Referencias anteriores
  • PRORROGA Acuerdo publicado por Resolución de 29 de noviembre de 2004 (Ref. BOE-A-2004-21491).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Aceites vegetales
  • Aceitunas
  • Encomienda de gestión
  • Fondo Español de Garantía Agraria
  • Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria
  • Secretaría General de Agricultura y Alimentación

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