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Documento BOE-A-2006-7731

Resolución de 17 de octubre de 2005, de la Secretaría de Industria, del Departamento de Trabajo e Industria, de certificación del producto fabricado por Helioakmi Solar Energy Systems, S. A., con contraseña GPS-8091: paneles solares.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2006, páginas 16883 a 16884 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2006-7731

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaria de Industria, del Departamento de Trabajo e Industria, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Engel Solar, S. L. con domicilio social en Ronda Santa María, 5, municipio de Barberà del Vallès, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Helioakmi Solar Energy Systems, S. A., en su instalación industrial ubicada en Nea Zoi, 19300 Aspropyrgos Attiki (Grecia) correspondiente a la contraseña de certificación GPS-8091: Paneles solares. La empresa Helioakmi Solar Energy Systems, S. A., fabricante del panel solar ST-2500 Selective, beneficiaria del ensayo del Centro Nacional de Energías Renovables (CENER) con clave 30.0012.0-3 Anexo 6, ha autorizado a la empresa Engel Solar, S. L., a comercializar el citado panel solar con la denominación CO26S4LN. Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio Centro Nacional de Energías Renovables (CENER), mediante certificado con clave 30.0012.0-3 Anexo 6, ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 14 de abril (BOE n.º 114, de 12/05/80), la Orden de 28 de julio de 1980, relativos a las exigencias técnicas para la homologación de paneles solares y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre (BOE 6-2-96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo (BOE 26-4-97). De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8091, con fecha de caducidad el 17/10/2007, disponer como fecha límite el día 17/10/2007, para que el titular de esta resolución presente declaración en la que haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, las que se detallan a continuación:

Características

Descripción

Unidades

Primera.

Dimensiones del panel.

Segunda.

Fluido de trabajo.

Tercera.

Presión máxima.

Valor de las características para cada marca y modelo:

Marca y tipo: Engel Solartherm.

Modelo: CO26S4LN.

Primera: 2,32 m2.

Segunda: agua/glicol. Tercera: 10 bar.

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse. Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 17 de octubre de 2005.-Por delegación de firma (Resolución de 6 de octubre de 2005), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Lluís Gasull i Poch.

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