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Documento BOE-A-2006-744

Resolución de 27 de octubre de 2005, de la Comisión Nacional de Energía, sobre delegación de competencias en materia de recursos humanos.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2006, páginas 2271 a 2271 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-744
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/10/27/(5)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, así como en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Disposición Adicional Undécima, Tercero, 1, función decimosexta de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y el artículo 19 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, en su sesión de 27 de octubre de 2005, ha acordado lo siguiente:

Primero.-Delegación de competencias en materia de recursos humanos.

Se delegan en el Director-Gerente las siguientes facultades referidas al personal dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo del Organismo:

a) La tramitación de las solicitudes de compatibilidad de conformidad con lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.

b) La concesión de la excedencia voluntaria prevista en el artículo 46 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. c) La concesión de la excedencia prevista en el artículo 46 apartado 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. d) Adoptar, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los acuerdos relativos a movilidad funcional del personal, que resulten necesarios, por razones de servicio y con carácter temporal. e) Acordar la concesión de permisos sin sueldo. f) Acordar la extinción del contrato de trabajo, por causas distintas a las previstas en las letras i), k) y l) del artículo 49 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. g) Acordar la modificación del contrato de trabajo cuando ésta no tenga carácter sustancial, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. h) Aprobar las bases de las convocatorias para la cobertura de nuevas plazas de personal laboral, siempre que se ajusten a las bases generales aprobadas previamente por el Consejo de Administración. i) Acordar la convocatoria pública de las pruebas selectivas para la cobertura de las plazas autorizadas, de acuerdo con la correspondiente oferta de empleo público. j) Acordar el nombramiento del personal laboral de nuevo ingreso. k) Solicitar la autorización de la masa salarial previa al comienzo de la negociación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre. l) Ejercer la potestad disciplinaria de acuerdo con las disposiciones vigentes, con excepción de la imposición de las sanciones muy graves y graves. m) Tramitar y presentar ante la Comisión Interministerial de Retribuciones y su Comisión ejecutiva las propuestas la Comisión Nacional de Energía que deban someterse a su consideración. n) Tramitación ante el Ministerio de Administraciones Públicas de la solicitud de inclusión de nuevas plazas en la Oferta de Empleo Público. o) Tramitación y resolución de los procedimientos de promoción profesional, de conformidad con el procedimiento previamente aprobado por el Consejo de Administración. p) Cualesquiera otras funciones en materia de recursos humanos no atribuidas de forma expresa a ningún órgano de la Comisión Nacional de Energía.

Segundo.-Periódicamente se informará al Consejo de Administración acerca del ejercicio de las facultades a que se refiere la presente resolución.

Tercero.-En las resoluciones que se adopten en uso de las delegaciones contenidas en la presente Resolución se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 27 de octubre de 2005.-La Presidenta, María Teresa Costa Campí.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/10/2005
  • Fecha de publicación: 18/01/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 19/01/2006
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 11 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre (Ref. BOE-A-1998-23284).
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Comisión Nacional de Energía
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

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