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Documento BOE-A-2006-6938

Resolución de 31 de marzo de 2006, de la Presidencia del Jurado del Premio Nacional a la Calidad de la Vivienda, por la que se hace pública la concesión del dicho Premio correspondiente a la convocatoria del año 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 18 de abril de 2006, páginas 14839 a 14839 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Vivienda
Referencia:
BOE-A-2006-6938

TEXTO ORIGINAL

La Orden VIV/3508/2005, de 2 de noviembre, por la que se crean los Premios Nacionales de Arquitectura, de Urbanismo y a la Calidad de la Vivienda del Ministerio de Vivienda, se establecen sus bases reguladoras y su convocatoria correspondiente al año 2004 (Boletín Oficial del Estado de 11 de noviembre) crea y regula el Premio Nacional a la Calidad de la Vivienda del Ministerio de Vivienda. La referida Orden efectúa la convocatoria de dicho Premio por lo que se refiere a la edición correspondiente al año 2004 y establece las bases que lo han de regir. Una vez presentadas las candidaturas a dicho Premio, de acuerdo con el informe motivado del Jurado y cumplidos los trámites establecidos, se ha acordado la concesión del Premio Nacional a la Calidad de la Vivienda del Ministerio de Vivienda correspondiente al año 2004:

En su modalidad de Premio a la Calidad de la Vivienda de Promoción Pública, a doñá María José Pizarro y don Óscar Rueda, por un edificio de 43 viviendas protegidas, situado en la calle de Méndez Álvaro, número 26, de Madrid.

En su modalidad de Premio a la Calidad de la Vivienda de Promoción Privada, a don Francisco Lacruz y don Alejandro San Felipe, por un edificio de 104 viviendas en el polígono 14, de Huesca.

En consecuencia, conforme establece la base octava de entre las reguladoras del Premio Nacional a la Calidad de la Vivienda del Ministerio de Vivienda, y el apartado primero de su convocatoria correspondiente al año 2004, esta Presidencia ha resuelto la concesión de dicho Premio, y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, y, con carácter previo y potestativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, recurso de reposición en el plazo de un mes.

Madrid, 31 de marzo de 2006.-La Presidenta, María Antonia Trujillo Rincón.

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