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Documento BOE-A-2006-690

Orden INT/21/2006, de 2 de enero, por la que se declara aprobados a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para cubrir plazas de ordenanza, mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2006, páginas 2181 a 2188 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2006-690

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/197/2005, de 31 de enero («Boletín Oficial del Estado» del día 8 de febrero), fueron convocadas pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral en la categoría de Ordenanza, mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna previsto en los artículos 29 y 31 del Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado, en el ámbito de dicho convenio. Este Ministerio en ejercicio de las competencias atribuidas por la legislación vigente en la materia y según lo dispuesto en la Orden de 31 de enero de 2005, por la que se convoca las citadas pruebas selectivas, resuelve:

Primero.-Declarar aprobados, por cada ámbito geográfico, en las pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral en la categoría de Ordenanza, mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna, a los aspirantes que se relacionan en el Anexo de esta Orden, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con indicación de las plazas que se les adjudican.

Segundo.-Los aspirantes aprobados cesarán en las plazas que actualmente ocupan en el plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Los ceses serán formalizados utilizando para ello el documento L.1.R, y serán comunicados al Registro Central de Personal dentro del plazo máximo de tres días, desde la fecha de la formalización, para su anotación. Los aspirantes aprobados tomarán posesión de las plazas que les han sido adjudicadas en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al del cese, sino implica cambio de residencia, o de un mes si implica cambio de la misma. Las tomas de posesión se formalizarán utilizando para ello el documento L.2.R, y será comunicado al Registro Central de Personal dentro del plazo máximo de tres días desde la fecha de formalización, para su anotación. Cuando los actos de cese y tomas de posesión señalados en los párrafos anteriores sean formalizados por la misma Autoridad, deberá utilizarse el documento L.3.R, y serán comunicados al Registro Central de Personal dentro del plazo máximo de tres días desde la fecha de la formalización, para su anotación. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones oficiales que estén disfrutando, y los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados. El cómputo del plazo de toma de posesión del trabajador de baja por Incapacidad Temporal, se iniciará a partir del día siguiente al que se produzca el alta médica. Tercero.-Todas las modificaciones de las condiciones de trabajo que se produzcan, serán recogidas en el Contrato de trabajo mediante la correspondiente Diligencia, que pasará a formar parte integrante del mismo.

Contra esta Orden se podrá interponer demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante el Ministro del Interior, en el plazo de veinte días de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 2 de enero de 2006.-El Ministro, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril, B.O.E. del 15), el Subdirector General de Personal e Inspección, P. V. (Res. 18-11-05, artículo 17.1 Ley 30/1992), el Subdirector Adjunto, José Antonio Toledano Delgado.

Subdirector General de Personal e Inspección.

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