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Documento BOE-A-2006-6227

Resolución de 16 de marzo de 2006, de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se da publicidad a las cuentas anuales de la Entidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 2006, páginas 13549 a 13552 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-6227

TEXTO ORIGINAL

En virtud de la disposición tercera de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace público el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2004.

Barcelona, 16 de marzo de 2006.-El Presidente, Reinaldo Rodríguez Illera.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

III. Memoria de organización

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones fue creada por el Real Decreto ley 6/1996, de 7 de junio, revistiendo la forma de entidad de derecho público del artículo 6.5 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria (TRLGP), adscrita al Ministerio de Fomento, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada. En la actualidad, es un Organismo Público cuyo régimen jurídico se regula, en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, así como en el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, estando adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. El objetivo principal del Organismo es velar por la aplicación de los principios de libre competencia, transferencia e igualdad de trato en la actuación de los participes en el Mercado de las Telecomunicaciones, teniendo atribuciones en la salvaguarda de las condiciones de competencia efectiva en dicho mercado y de los servicios audiovisuales, telemáticos e interactivos, velando por la correcta formación de los precios y ejerciendo de Órgano Arbitral en los conflictos que surjan en el sector de las telecomunicaciones. La CMT está regida por un Consejo formado por un Presidente, un Vicepresidente y siete Consejeros nombrados por el Gobierno a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. A 31 de diciembre de 2004, el Consejo estaba formado por las siguientes personas:

Presidente: D. Carlos Bustelo García del Real.

Vicepresidenta: D.ª Elisa Robles Fraga. Consejeros:

D.ª Gloria Calvo Díaz.

D. Luis Bermúdez Odriozola. D. Crisanto Plaza Bayón. D. Ignacio Miguel Fernández García. D. Reinaldo Rodríguez Illera. D. José Pascual González Rodríguez. D. Antoni Elías Fusté.

Secretario: D. Alfonso Ramos de Molins Sainz de Baranda. En cuanto al régimen económico, la CMT tiene patrimonio propio estando integrados sus recursos por:

a) Los bienes y valores que constituyen su patrimonio y los productos y rentas del mismo.

b) Los ingresos obtenidos por la liquidación de las tasas, cánones, precios públicos y sanciones derivados de las competencias y funciones que tiene atribuidas. c) Las transferencias que, en su caso, efectúe el Ministerio de Economía o el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

La CMT no ha tenido que recurrir a transferencias del Ministerio de Economía y Hacienda, ni del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, habiendo financiado su actividad e inversiones con los recursos obtenidos por la liquidación de tasas y por la gestión de su patrimonio.

En cuanto al régimen presupuestario la CMT está obligada a elaborar anualmente un anteproyecto de presupuesto con la estructura fijada por el Ministerio de Hacienda para su integración en los Presupuestos Generales del Estado. El presupuesto de la CMT tiene carácter estimativo. Asimismo el Control Económico y Financiero se efectúa conforme a lo previsto en la Ley General Presupuestaria. En cuanto al Régimen contable, la CMT, está sometida al Plan General de Contabilidad Pública, rindiendo sus cuentas de acuerdo con la Resolución de 28 de diciembre de 2000, de la Intervención General de la Administración del Estado por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a aquellos Organismos Públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo.

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