Por Orden APA/338/2004, de 13 de febrero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 17 de febrero) se convocaron becas de formación práctica para titulados superiores, en el área de sanidad animal y técnicas de laboratorio. Dichas becas han sido adjudicadas mediante Orden APA/2436/2004, de 24 de junio, y, posteriormente, mediante APA/4132/2004, de 19 de noviembre y Orden APA/1015/2005, de 11 de marzo, se han adjudicado dos de las cuatro becas a desarrollar en el Laboratorio Central de Sanidad Animal de este Ministerio sito en Santa Fe (Granada), por renuncia de las correspondientes adjudicatarias iniciales. Las becas han sido prorrogadas para el año 2006 mediante Orden de 21 de diciembre de 2005. En el artículo 16.1 de la citada Orden APA/338/2004, de 13 de febrero, de convocatoria de las becas, se prevé que, si durante el período de duración de la beca, algún becario, previa solicitud fundamentada, renunciare a la misma, ésta podrá ser adjudicada a uno de los suplentes designados. Vistas las renuncias a las cuatro becas adjudicadas, a desarrollar en el Laboratorio Central de Sanidad Animal de este Ministerio, sito en Santa Fe (Granada), y la propuesta de adjudicar dos de dichas becas a las correspondientes suplentes que han manifestado su conformidad, en cumplimiento del Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En virtud de las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico, en cumplimiento del artículo 16.1 de la Orden APA/338/2004, de 13 de febrero, y vista la propuesta de la Subdirección General de Sanidad Animal, Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Aceptar las renuncias de doña Elena Barco Alcalá, doña M.ª Jesús García López, don Francisco Manuel Martín Sierra, y don Carlos Terriente Palacios, a las becas adjudicadas mediante Orden APA/2436/2004, de 24 de junio, Orden APA/4132/2004, de 19 de noviembre y Orden APA/1015/2005, de 11 de marzo, y prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2006 mediante Orden de 21 de diciembre de 2005.
Segundo.-Adjudicar, hasta el 31 de diciembre de 2006, dos becas de formación práctica para titulados superiores en el área de sanidad animal y técnicas de laboratorio, convocadas mediante Orden APA/338/2004, de 13 de febrero, por renuncia de sus adjudicatarias, a las beneficiarias que figuran en el anexo, a desarrollar en el centro que se especifica, en la forma y condiciones establecidas en la citada Orden APA/2436/2004, de 24 de junio, y en la Orden de 21 de diciembre de 2005 por la que se prorrogan por un año dichas becas.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante la excelentísima Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que puedan simultanearse ambas vías de impugnación.
Madrid, 9 de marzo de 2006.-P. D. (Orden APA/1603/2005, de 17/05/05 B.O.E. de 02/06/2005), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Josep Puxeu Rocamora.
ANEXO
Laboratorio Central de Sanidad Animal sito en Santa Fe (Granada).
Apellidos y nombre |
DNI |
Doña Isabel Sánchez Manzano |
44.261.205-M |
Doña Paula Macías Sánchez |
75.748.318-A |
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