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Documento BOE-A-2006-5682

Resolución de 27 de febrero de 2006, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural del yacimiento de Cala Morlanda 26/123 (Manacor).

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 29 de marzo de 2006, páginas 12319 a 12320 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2006-5682

TEXTO ORIGINAL

Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 23 de enero de 2006 de declaración de bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica a favor del yacimiento de Cala Morlanda 26/123 (Manacor). A la vista que, mediante acuerdo de fecha 23 de enero de 2003, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó la incoación del expediente de declaración de bien de Interés Cultural, con categoría de zona arqueológica a favor del yacimiento de «Cala Morlanda» -26/123- de Manacor (exp. 497/02). A la vista que, mediante acuerdo de fecha 27 de octubre de 2005, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó informar favorablemente este expediente y elevarlo al Pleno del Consejo de Mallorca para su declaración. Visto el informe jurídico, de fecha 7 de septiembre de 2005, del TAG de la Sección Juridicoadministrativa del Servicio de Patrimonio Histórico. Por todo eso, y en virtud de lo que dispone el Título 1 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consejos Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por el Pleno del 8 de marzo de 2004, este Presidente de la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

I. Declarar como Bien de Interés Cultural, con categoría de zona arqueológica, el yacimiento de Cala Morlanda (26/123), la descripción y la delimitación del cual figuran al informe técnico de fecha 10 de enero de 2003, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

II. Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares y la normativa concordante. III. Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Manacor y al Gobierno de las Islas Baleares. IV. Publicar este acuerdo de declaración en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en el Boletín Oficial del Estado y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural y comunicarlo al Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares a fin de que se proceda a su inscripción, y a la vez comunique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen.

Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo delante del tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

b) El recurso de reposición potestativo delante del órgano que ha dictado este acuerdo, el Pleno del Consell, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimento administrativo común.

Palma, 27 de febrero de 2006.-La Presidenta, Maria Antònia Munar i Riutort.

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