Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-5557

Resolución de 7 de marzo de 2006, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plaza de personal laboral (grupo III).

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2006, páginas 11940 a 11943 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2006-5557

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 27/10/2003), y con el fin de atender las necesidades del Personal de Servicios. Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el 2.2.e), así como en los Estatutos de esta Universidad ya citados, ha resuelto convocar pruebas selectivas para proveer una plaza de personal laboral del grupo III, en la categoría de Técnico Especialista del Servicio Técnico de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (S.T.O.E.M.), con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza, en régimen de Personal Laboral fijo, con las siguientes características:

Plaza número 015M07.

Categoría: Técnico Especialista del Servicio Técnico de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (S.T.O.E.M.). Departamento/Servicio: Unidad Técnica. Observaciones:

1.2 La presente convocatoria se regirá por lo previsto en estas bases y anexos correspondientes y, en su defecto, por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), Ley 15/2003 de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades (LAU), Estatutos de la Universidad de Córdoba, promulgados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (B.O.J.A. n.º 206 de 27 de octubre), el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (B.O.J.A. n.º 36 de 23/02/2004), en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. (B.O.E. de 10 de abril).

1.3 En consideración a la naturaleza profesional y a las tareas a realizar por el personal a seleccionar, el sistema de selección será el de oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el Anexo I. 1.4 El Programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III. 1.5 Las pruebas selectivas se desarrollaran quedando garantizada, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito. 1.6 La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista de admitidos y excluidos. 1.7 De conformidad con la Resolución de 25 de enero de 2006, de la Secretaría General para la Administración Pública, el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «U». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente, salvo que el llamamiento se haga en una sola tanda. 1.8 Las funciones que, con carácter general, corresponden a la plaza en relación con la categoría y grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustaran a lo que determine el Convenio Colectivo de Personal Laboral de Universidades Andaluzas. 1.9 El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 diciembre, en materia de incompatibilidades.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, los descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a su expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España. b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores. c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por Sentencia penal firme. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. e) Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o Título equivalente reconocido por el Ministerio de Educación y Ciencia, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

2.2 Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la formalización del contrato.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud que se adjunta como Anexo II. Las solicitudes, que se podrán retirar en el Rectorado de la Universidad (Conserjería), serán dirigidas al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba y presentadas en el Registro General de dicha Universidad (calle Alfonso XIII, C. P. 14071) o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.2 Los derechos de examen serán de 12 euros. Dicha cantidad deberá ser ingresada en la cuenta del Banco Santander Central Hispano, número 0049 2420 38 2014628248 a nombre de la Universidad de Córdoba. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago en la Entidad Bancaria, supondrá sustitución del tramite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en estas bases. A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Los extranjeros deberán presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada de un documento que acredite esta condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español. b) Justificante original de haber abonado los derechos de examen (12 €). c) Fotocopia, firmada por el propio interesado, que acredite la titulación exigida.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Córdoba dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en el Tablón de Anuncios del Rectorado y en la página web de la Universidad, se indicará además el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre, número de Documento Nacional de Identidad y motivo de la exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. 4.3 En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen. 4.4 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

5. Tribunal Calificador

5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas tendrá la composición prevista en el artículo 21 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y se anunciará junto con la lista provisional de admitidos y excluidos.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.4 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario, o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros. 5.5 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en las funciones de la plaza convocada. Los asesores se limitarán, sin voto, al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente colaborando con el Tribunal. 5.7 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, calle Alfonso XIII, 13. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. 5.8 El Tribunal Calificador tendrá la categoría tercera, conforme a lo dispuesto en el Decreto 54/89, de 21 de marzo (B.O.J.A. n.º 31 de 21-04-89). 5.9 En ningún caso el Tribunal Calificador podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Relación de aprobados y calificación final

6.1 La relación de aprobados de cada uno de los ejercicios se publicará en el Tablón de Anuncios del Rectorado, en el local donde se haya celebrado cada uno de ellos, así como en la página web de la Universidad.

6.2 Finalizadas las pruebas, el Tribunal hará publica la calificación final de los aspirantes, por orden de puntuación total, en el Tablón de Anuncios del Rectorado y en la página web de la Universidad y elevará propuesta de contratación al Excelentísimo Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, sin que en ningún caso exceda la propuesta del número de plazas convocadas. El Tribunal, igualmente, podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados y, en el caso de que alguno de los aspirantes propuestos no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta al aspirante que le siga en el orden de puntuación.

7. Presentación de documentos

7.1 El aspirante que supere las presentes pruebas selectivas, presentará en el Registro General de la Universidad, dentro de los veinte días naturales siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta de adjudicación de la plaza, los siguientes documentos:

a) Fotocopia, debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de la titulación académica exigida en la base 2.1.e). c) Declaración Jurada o Promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia penal firme. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea que no ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar, mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena legal que impida en su Estado el acceso a la función pública. d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones de la plaza convocada, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que le corresponda al interesado.

7.2 Quienes tuvieran la condición de empleado público estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior empleo, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependan para acreditar tal condición.

7.3 Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

8. Formalización de los contratos

8.1 El órgano competente procederá a la formalización de los contratos, momento hasta el cual, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

8.2 En el contrato que se suscriba se fijará el periodo de prueba que determine el Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone. 8.3 El contrato una vez formalizado se inscribirá en el Registro Central de Personal.

9. Normas finales

9.1 La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas en el plazo y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

9.2 Los datos personales recogidos en la solicitud de participación a la presente convocatoria serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Córdoba para la gestión interna de la relación empresa-empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley. Asimismo, salvo que manifieste por escrito su disconformidad, podrán ser cedidos a otros Servicios de la Universidad para el desarrollo de las funciones propias de los mismos y prestación de servicios a la Comunidad Universitaria. De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, los interesados tienen derecho en cualquier momento a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose mediante carta certificada, adjuntando fotocopia de sus DNI, a la siguiente dirección: Secretaría General de la Universidad de Córdoba, C/ Alfonso XIII, 13, Córdoba (14071).

9.3 Transcurrido un año sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la Administración procederá a la devolución de la documentación a los interesados que lo hayan solicitado, procediéndose a la destrucción de la restante.

Córdoba, 7 de marzo de 2006.-El Rector, Eugenio Domínguez Vilches.

ANEXO I Ejercicios a realizar por los aspirantes y calificación

La fase de oposición constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 80 preguntas con tres respuestas posibles, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido de los programas común y específico que se detalla en el Anexo III. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con un tercio del valor de la pregunta.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos relacionados con los contenidos del temario específico que se detalla en el Anexo III. El tiempo máximo de duración de este ejercicio será determinado por el Tribunal al inicio del mismo, no siendo en ningún caso inferior a treinta minutos.

Los ejercicios serán valorados de la siguiente forma:

Primer ejercicio: De cero a diez puntos, quedando eliminados los aspirantes que no obtengan cinco puntos como mínimo.

Segundo ejercicio: De cero a cinco puntos cada uno de los supuestos prácticos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de 2,5 puntos en cada uno de ellos. La calificación de este segundo ejercicio será la suma de la calificación de los dos supuestos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.

Calificación definitiva:

La calificación final de los aspirantes será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. El número de aprobados, por orden de calificación final, no podrá ser superior al número de plazas convocadas. En caso de renuncia o de imposibilidad de formalización del contrato de alguno de los aprobados se seleccionará al aspirante siguiente.

ANEXO II Modelo de solicitud

D/D.ª.............................................................................., con D.N.I./Pasaporte ........................, de estado civil ................, nacido/a el ............................ en ..............................., provincia de ..............., con domicilio en .............................................., número ............. código postal ..............., localidad .................., provincia ......................... y teléfono ........................., solicita la participación en las pruebas selectivas convocadas por la Universidad de Córdoba en el «Boletín Oficial de ..........» del día ...............para acceso a la plaza del Grupo III de su plantilla laboral en la categoría de Técnico Especialista de S.T.O.E.M.

El/la abajo firmante ha abonado los derechos de examen correspondientes y declara bajo su responsabilidad reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, cuyos documentos originales o fotocopias firmadas adjunta. Asimismo, declara ser ciertos los datos expuestos en esta instancia. Córdoba, ......... de ............................... de 200....

El/la solicitante, Fdo.: ..............................................

EXCMO. SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA

ANEXO III Programa

A) Parte común

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba: Naturaleza, fines, competencias y estructura general de la Universidad de Córdoba. Tema 3. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba: Órganos de Gobierno de la Universidad de Córdoba: Naturaleza, composición y funciones. Tema 4. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba: Especial referencia al Personal de Administración y Servicios. Incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Ley 53/1984, de 26 de diciembre. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Tema 5. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes derivados del contrato. Participación de los trabajadores en la Empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. Tema 6. Ley Orgánica de Libertad Sindical (11/85, de 2 de agosto). Tema 7. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

B) Parte específica

Tema 1. Instalaciones receptoras. Prescripciones de carácter general. Tubos protectores. Protección contra sobre-intensidades y sobre-tensiones.

Tema 2. Instalaciones locales de pública concurrencia. Tipos de locales. Alumbrados especiales. Prescripciones de carácter general y complementario para locales de reunión. Prescripciones complementarias para locales de espectáculos. Tema 3. Puestas a tierra. Objeto, definición y partes de una puesta a tierra. Electrodos, naturaleza, constitución, dimensiones y condiciones de instalación. Características y condiciones de las instalaciones de líneas de enlace con tierra, líneas principales de tierra y sus derivaciones. Separación entre las tomas de tierra de las masas de utilización y masas de un centro de transformación. Revisión de las tomas de tierra. Sección de los conductores de protección. Tema 4. Receptores. Receptores para alumbrado. Motores, generadores y convertidores. Transformadores, auto transformador, reactancias y condensadores. Aparatos de caldeo. Tema 5. Redes subterráneas de distribución de energía eléctrica. Materiales. Ejecución de las instalaciones. Intensidades máximas admisibles. Tema 6. Maniobras, protecciones y transformadores en alta tensión. Interruptores e interruptores automáticos, seccionadores y códigos de empleo. Protección contra sobre-intensidades, sobre-tensiones y sobrecalentamientos. Protecciones específicas de máquinas e instalaciones. Generalidades, regulación, anclaje y cableado auxiliar. Pantallas. Tema 7. Refrigeración y refrigerantes. El proceso de refrigeración. Relación presión-temperatura. El sistema de refrigeración y sus componentes. Los gases refrigerantes, características, punto de ebullición de los refrigerantes. Trazado del ciclo frigorífico. Tema 8. Evacuación de Sistemas. Procesos. Propósito de la evacuación de los sistemas. Medida del vacío. Recuperación del refrigerante. Detección de fugas en vacío. Detección de fugas a presión constante. Procedimientos generales de evacuación. Válvulas del sistema. Limpieza de un sistema sucio. Tema 9. Carga de sistemas. Procesos. Carga de un sistema de refrigeración. Carga de vapor refrigerante. Carga de refrigerante líquido. Tema 10. Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre Disposiciones Mínimas para la Protección de la Salud y Seguridad de los Trabajadores frente al Riesgo Eléctrico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid