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Documento BOE-A-2006-4592

Orden AEC/685/2006, de 21 de febrero, por la que se resuelve convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 2006, páginas 10191 a 10193 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2006-4592

TEXTO ORIGINAL

Por Orden AEC/3116/2005, de 26 de septiembre (Boletín Oficial del Estado de 10 de octubre de 2005) se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, correspondientes a los Grupos C y D. Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, y una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, a la vista de las solicitudes presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta formulada por la correspondiente Comisión de Valoración, sobre los puestos de trabajo a adjudicar. Este Ministerio acuerda resolver el siguiente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:

Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el Anexo adjunto a los funcionarios que se mencionan en el mismo.

Segundo.-Declarar desierto el puesto número 16 que se especifica en el citado Anexo. Tercero.-Declarar anulado el puesto número 33 que se especifica en el citado Anexo, al haber sido adjudicado con carácter definitivo por resolución de 6 de octubre de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera, por promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. Cuarto.-Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio. Asimismo serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso convocado por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la renuncia al puesto adjudicado, y la opción ejercitada con indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma de provisión y fecha de nombramiento. Quinto.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta dicho cambio. El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución se encuentren disfrutando licencias o permisos les será de aplicación lo especificado en el Artículo 48 del vigente Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado (BOE de 10 de abril de 1995), y en la base 9.2 in fine de la convocatoria, por lo que se refiere al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o incorporación al nuevo destino.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el mismo Órgano que la ha dictado, o de interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 21 de febrero de 2006.-El Ministro, P. D. (Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo), el Subsecretario, Luis Calvo Merino.

Sr. Director general del Servicio Exterior.

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