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Documento BOE-A-2006-4147

Orden EHA/629/2006, de 6 de febrero, de revocación de la autorización administrativa a la entidad Reale Asistencia, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. para operar en el ramo de asistencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2006, páginas 9371 a 9372 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2006-4147

TEXTO ORIGINAL

La junta general extraordinaria de accionistas, celebrada con el carácter de universal el día 30 de junio de 2005, adoptó, entre otros acuerdos, la sustitución del objeto social de la entidad Reale Asistencia, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A., a fin de desarrollar una actividad distinta de las enumeradas en el artículo 3.1 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y, consecuentemente, renunció a la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de asistencia, único ramo en el que operaba la entidad. El artículo 26.1a) de dicho texto refundido, establece que el Ministro de Economía y Hacienda revocará la autorización administrativa concedida a las entidades aseguradoras si la entidad aseguradora renuncia a ella expresamente. En consecuencia, y al amparo de lo dispuesto en los citados artículos 26.1a) y 27.1a) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en el artículo 81.1.1º del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y demás disposiciones aplicables al efecto, he resuelto:

Primero.-Revocar a la entidad Reale Asistencia, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A., la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora.

Segundo.-Inscribir en el Registro administrativo de entidades aseguradoras el acuerdo de revocación de la autorización administrativa concedida a la entidad Reale Asistencia, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A. Tercero.-Cancelar la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras a la entidad Reale Asistencia, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 6 de febrero de 2006.-El Ministro, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre B.O.E. de 30-11), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

Sr. Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.

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