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Documento BOE-A-2006-3523

Resolución CLT/3489/2005, de 9 de noviembre, del Departamento de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de los yacimientos de Els Nerets (Vilamitjana-1) y Suterranya, en Tremp.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 2006, páginas 8281 a 8281 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2006-3523

TEXTO ORIGINAL

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural, favorable a la incoación del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de los yacimientos de dinosaurios de Els Nerets (Vilamitjana-1) y Suterranya, en el término de Tremp (Pallars Jussà); Considerando lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de los yacimientos de dinosaurios de Els Nerets (Vilamitjana-1) y Suterranya, en el término de Tremp (Pallars Jussà). La delimitación de la zona paleontológica consta grafiada en los planos que figuran en el expediente.

2. Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Tremp y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, la presente incoación comporta la suspensión de licencias municipales de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución. 3. Abrir un período de información pública de acuerdo con lo que prevén el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y el artículo 7.2 del Decreto 267/1991, de 25 de noviembre, sobre la declaración de bienes de interés cultural y el inventario del patrimonio cultural mueble de Cataluña. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el DOGC, el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Lleida, rambla de Aragó, 8, 25002 Lleida. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el mencionado expediente. 4. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

5. Seguir la tramitación del expediente según las disposiciones vigentes.

Barcelona, 9 de noviembre de 2005.-La Consejera de Cultura, Caterina Mieras i Barceló.

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