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Documento BOE-A-2006-3521

Resolución de 17 de febrero de 2006, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de subvenciones en el año 2006, para la realización de proyectos medioambientales de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 2006, páginas 8253 a 8280 (28 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-3521

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de la Orden MAM/960/2005, de 30 de marzo, modificada por la Orden MAM/190/2006, de 20 de enero, por la que se establecen las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos medioambientales de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007, se hace pública la presente convocatoria de concesión de subvenciones en el año 2006 para la realización de proyectos medioambientales de investigación. Esta convocatoria presenta algunas novedades, aunque manteniendo sus señas de identidad de fomento de las tecnologías ambientales. En primer lugar, desde el punto de vista cuantitativo destaca el aumento significativo de la dotación presupuestaria en un 26,4%. Se trata de una contribución a las líneas más importantes de la política económica del Gobierno en materia de I+D+i. Por otra parte, y desde un punto de vista cualitativo, la presente convocatoria amplía las líneas de I+D+i de los proyectos subvencionables a materias de gran relevancia ambiental, como son todas las tecnologías ambientales de prevención de la contaminación. Desde la primera convocatoria de 2004 únicamente se subvencionaban proyectos al amparo de los hasta ahora vigentes Planes Nacionales de Residuos. Por el contrario, esta campaña de 2006 añade a lo anterior el decidido estímulo a los proyectos que contribuyan a la mejora de la calidad del aire en grandes ciudades, reflejados en el Anexo I de esta Resolución. Además, son el compromiso de revisar anualmente el estado de la técnica de manera que esas líneas subvencionables recojan las últimas tendencias de las tecnologías ambientales. En este sentido, se crean las siguientes nuevas líneas de subvención:

Proyectos destinados a la mejora de los procesos de valorización y eliminación, como residuos, de los subproductos animales no destinados al consumo humano.

Proyectos de búsqueda de salidas y usos comerciales de los residuos de las industrias extractivas. Proyectos piloto de carácter tecnológico en el ámbito local aplicables al medio ambiente urbano. Mejores técnicas disponibles en sectores industriales. Modelos de predicción, dispersión y evaluación de la calidad del aire en los ámbitos nacional e internacional. Proyectos destinados a tecnologías energéticas que reduzcan las emisiones.

Cada una de ellas presenta su importancia singularizada para las materias ambientales que afectan. Sin embargo, desde el punto de vista de una política de sostenibilidad local esta Dirección General destaca el incentivo a los proyectos piloto municipales de alto contenido tecnológico y carácter innovador. Se trata de un énfasis que las líneas de actuación ponen en el desarrollo del medio ambiente urbano, que a juicio de los expertos en sostenibilidad es donde se van a poner de manifiesto las prioridades ambientales del futuro. Así, se prevé una financiación especial de los proyectos piloto municipales que contribuyan desde la I+D+i a fomentar un medio ambiente urbano sostenible. Ello en coherencia con las futuras Estrategias europea y española de Medio Ambiente Urbano que el presente año 2006 habrán de mostrar toda su importancia y en las que la innovación tecnológica desempeñará un papel trascendental.

Esta convocatoria enfatiza los proyectos que propongan la utilización de los productos de las minas, canteras y graveras. Existen grandes cantidades de residuos de las explotaciones de las minas, metálicas y del carbón fundamentalmente, que están almacenados en grandes escombreras a los que es conveniente dar una salida. Por ello, y como mejor medio para el reciclado de estos residuos, se quiere estimular la innovación de posibles usos en obras públicas y en otros sectores industriales. Asimismo la inminente publicación de la Directiva que regule estas actividades se prevé una gran actividad en los próximos años, especialmente en lo relativos a la gestión de estos residuos. Por otra parte, destaca el fomento de los proyectos de modelización. En todos los grupos de trabajo, tanto nacionales como internacionales, se contempla la modelización, además de las propias mediciones, como una herramienta útil y fundamental para la evaluación y la gestión de la calidad del aire. En concreto, todas las Directivas europeas de calidad del aire establecen que, para las zonas con valores de concentración de contaminantes por debajo del umbral de evaluación inferior, una de las técnicas para evaluar los niveles de dichos contaminantes será la modelización. Asimismo, la predicción de la calidad del aire facilita la gestión de la misma y será de gran utilidad para anticipar la evolución y consecuencias de posibles incidentes y accidentes ambientales. Por último, en lo que se refiere a la mejora de los procesos energéticos, incluido el trasporte, se trata de enfatizar el objetivo último de unos entornos más saludables en las grandes ciudades, con repercusiones para el bienestar social y ambiental, mediante la reducción de las emisiones. Como se ha mencionado, el transporte en todas sus modalidades (por carretera, aéreo, marítimo, ferroviario, etc.) se encuentra incluido en esta nueva línea de I+D+i para 2006. Otra de las novedades que destacan de esta convocatoria es la modificación de la composición de la Comisión de Valoración. Se ha dado cabida a dos representantes de las organizaciones que componen el Consejo Asesor de Medio Ambiente, como órgano colegiado de participación de la sociedad civil ambiental. Con ello se considera que dicha Comisión ganará en representatividad y participación. Es precisamente este aspecto una de las claves que se van derivando de la ratificación por España del Convenio de Aarhus, a las que se ha querido adherir esta convocatoria. Asimismo se ha dado cabida a un representante del Instituto Nacional de Meteorología por la importancia que para su labor tienen diversas nuevas líneas de I+D+i. En suma, cada convocatoria anual de estas subvenciones adquiere el compromiso de mejorar la anterior con el objetivo último de contribuir de una manera ágil y transparente al fomento de la I+D+i en su dimensión ambiental, pilar esencial del desarrollo sostenible. En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-La presente convocatoria tiene por objeto el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación por parte de los agentes del Sistema Español de Ciencia-Tecnología-Empresa en el marco de las actuaciones del Programa Nacional de Ciencias y Tecnologías Medioambientales del Plan Nacional de Investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica 2004-2007.

En concreto, las subvenciones de la presente convocatoria se destinarán a las líneas de I+D+i prioritarias, vinculadas a los Planes Nacionales y tecnologías medioambientales relacionadas con la prevención de la contaminación, indicadas en el Anexo I. Segundo. Condiciones generales de la convocatoria.

1. La presente convocatoria de concesión de subvenciones se regulará por las bases establecidas en la Orden MAM/960/2005, de 30 de marzo, por la que se establecen las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos medioambientales de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007, publicada en el BOE n.º 89 de 14 de abril de 2005 (en adelante Bases Reguladoras), modificada por la Orden MAM/190/2006, de 20 de enero, publicada en el BOE n.º 29 de 3 de febrero de 2006.

2. Su instrucción y concesión se efectuará mediante concurrencia competitiva por los órganos y el procedimiento del apartado octavo y quinto de las Bases Reguladoras.

Tercero. Imputación presupuestaria.-La financiación de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria se imputará al presupuesto de gastos de Ministerio de Medio Ambiente del año 2006 con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

23.08.467F.740, subvenciones a sociedades mercantiles estatales, EE.EE y otros OO.PP. para financiar los proyectos I+D+i medioambientales en el ámbito de la prevención de la contaminación.

23.08.467F.751, subvenciones a comunidades autónomas para financiar los proyectos I+D+i medioambientales en el ámbito de la prevención de la contaminación. 23.08.467F.760, subvenciones I+D+i a corporaciones locales para financiar proyectos piloto municipales con carácter innovador y alto contenido tecnológico. 23.08.467F.770, subvenciones a empresas privadas para financiar los proyectos I+D+i medioambientales en el ámbito de la prevención de la contaminación. 23.08.467F.781, subvenciones a familias e instituciones sin fines de lucro para financiar los proyectos I+D+i medioambientales en el ámbito de la prevención de la contaminación, y 23.08.000X.710, subvenciones a organismos autónomos para financiar los proyectos I+D+i medioambientales en el ámbito de la prevención de la contaminación,

según el tipo de beneficiario, y a sus equivalentes en ejercicios posteriores, siempre de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

El importe total de estas subvenciones para el ejercicio 2006 es de trece millones ochocientos ocho mil setecientos sesenta euros (13.808.760,00 €), y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9, apartado cuatro de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, los créditos presupuestarios consignados en el Capítulo 7 del presupuesto de la sección 23, para el servicio 08, Programa 467F, sin perjuicio de su especificación a nivel de concepto, vincularán a nivel de capítulo. Cuarto. Requisitos para solicitar la subvención, forma de acreditarlos y plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes de los proyectos, en impreso normalizado, dirigidas al Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, se podrán presentar en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente (Plaza San Juan de la Cruz s/n. Planta Baja, 28071 MADRID), o en cualesquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Cuando las solicitudes se presenten en los lugares establecidos en los apartados b) a e) del mencionado artículo 38.4, se deberá notificar al órgano instructor de su presentación. Para ello deberá enviarse por fax (n.º fax: 91 597 59 31) o dirección de correo electrónico (dgceaid@mma.es) el impreso de solicitud de ayuda en el que conste la fecha de presentación. 3. La solicitud deberá ir firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, en el caso de Agrupaciones, dicha solicitud irá firmada por el representante legal de la Entidad regulada en el apartado tercero de las Bases Reguladoras. 4. La solicitud designará al investigador principal y supondrá la delegación en el mismo de los sucesivos trámites que con el beneficiario se vayan a realizar hasta la justificación total de la subvención. En caso de agrupaciones el investigador principal pertenecerá a la entidad representante. 5. La solicitud se presentará en los modelos de impresos normalizados que aparecen en los Anexos II, III, IV y V, que estarán disponibles en el sitio web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es). 6. Se presentará un original del Anexo II «solicitud de subvención», para lo que podrá utilizarse el correspondiente impreso normalizado o una adaptación informática con idéntica estructura o contenido. 7. En el caso de Empresas y Entidades sin ánimo de lucro deberán aportarse, asimismo, los documentos siguientes:

a) Fotocopia del documento de identificación fiscal conforme el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo por el que se regula la composición y la forma de utilización del Número de Identificación Fiscal.

b) Acreditación válida del firmante de la solicitud de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la LRJ/PAC. c) De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberá presentarse una declaración responsable expresa, realizada ante una autoridad administrativa o notario, de no hallarse su entidad en ninguno de los supuestos recogidos en dicho artículo.

8. En el caso de Agrupaciones, además de lo establecido en los párrafos anteriores, dependiendo del tipo de entidad que forma parte de la Agrupación, deberán presentar la conformidad con la solicitud de los miembros de la Agrupación, por medio de su representante legal, acreditada con su firma original. Esta documentación deberán presentarla también todos los participantes de los proyectos en cooperación.

9. Se presentará en soporte informático y en archivos independientes [disquete, CD-Rom, memorias de almacenamiento masivo (pen-drive), o cualquier otro soporte con formato. doc o. rtf] la siguiente documentación en los modelos de impresos normalizados disponibles en la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es):

a) Solicitud de ayuda (anexo II).

b) Cuestionario de la solicitud (anexo III). c) Memoria del proyecto (anexo IV). d) Currículum vitae de cada uno de los investigadores participantes (anexo V).

10. En el caso de beneficiarios que no tengan el carácter de Entidades públicas, previamente al pago, se requerirá la aportación del resguardo de constitución de la garantía prevista en el apartado undécimo de las Bases Reguladoras. El plazo para la presentación de dicho resguardo será de 15 días contados a partir de su requerimiento por el órgano instructor.

11. Las PYMES y las entidades sin ánimo de lucro quedarán exentas de constituir la garantía recogida en el apartado anterior siempre que presenten un informe de auditoría, elaborado por un auditor o empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), en el que, a juicio del órgano instructor, quede justificada la presunción de que la entidad pueda atender a la devolución de la subvención fijada en la propuesta de concesión. En el caso de no considerarse probadas las condiciones de solvencia, se deberá constituir la correspondiente garantía. El plazo para la presentación de dicho informe o, en su caso, el resguardo de la garantía será de 15 días contados a partir de su requerimiento por el órgano instructor. 12. Los proyectos aprobados por la Comisión de Valoración de la convocatoria de 2005 y notificados en la propuesta de resolución provisional de concesión como plurianuales serán considerados solicitantes una vez presentado el Anexo II y justificada la subvención concedida en 2005 conforme al apartado noveno de las bases reguladoras. 13. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de la forma de pago que se recoge en el apartado duodécimo de las Bases Reguladoras. 14. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado. 15. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano instructor requerirá al interesado para que la subsane en el plazo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Comisión de Valoración.-La Comisión de Valoración a la que se refiere el apartado quinto de las Bases Reguladoras estará compuesta por:

Presidente: el Director General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente.

Vocales:

a) El Subdirector General de Prevención de Residuos del Ministerio de Medio Ambiente.

b) El Subdirector General de Calidad del Aire y Prevención del Riesgos del Ministerio de Medio Ambiente. c) El Subdirector General de Climatología y Aplicaciones del Instituto Nacional de Meteorología. d) Un representante de la Secretaría General de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. e) Dos representantes de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica del Ministerio de Educación y Ciencia, uno de ellos de la Dirección General de Investigación y el otro de la Dirección General de Política Tecnológica. f) Un representante del Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial. g) Un representante de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva. h) Un representante del Gabinete Técnico de la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente. i) Un representante del Gabinete Técnico del Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático. j) Un representante de la Oficina Española de Patentes y Marcas. k) Un representante de dos de las organizaciones que componen el Consejo Asesor de Medio Ambiente.

Los representantes de los epígrafes d) y f) serán designados el Secretario General de Industria.

Los representantes del epígrafe e) serán designados por el Secretario General de Política Científica y Tecnológica. El representante del epígrafe g) será designado por el Secretario de Estado de Universidades e Investigación. El representante del epígrafe h) será designado por la Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente. El representante del epígrafe i) será designado por el Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático. El representante del epígrafe j) será designado por el Director General de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Los representantes del epígrafe k) serán designados conforme al Reglamento de régimen interior del Consejo Asesor de Medio Ambiente. Secretario: un funcionario de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, que tendrá voz y voto.

Sexto. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.-Los órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento se detallan en el apartado octavo de las Bases Reguladoras.

Séptimo. Plazo de resolución y notificación.-El apartado quinto de las Bases Reguladoras recoge el plazo de resolución y notificación de las subvenciones. Octavo. Medio de notificación y publicación.-Conforme al artícu-lo 59.6.b) de la Ley 30/1992, se establecen el tablón de anuncios del Ministerio de Medio Ambiente (sede Plaza San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid) y su sitio web (www.mma.es) como medios de publicación de la propuesta de concesión. El interesado tendrá un plazo máximo e improrrogable de diez días naturales para manifestar su aceptación, su renuncia o exponer las alegaciones que estime oportunas. Si no se recibieran alegaciones o una renuncia expresa en dicho plazo, las propuestas se entenderán aceptadas. Si no se presentan alegaciones en dicho plazo, el interesado se entenderá decaído en su derecho a alegar. Noveno. Criterios de valoración.

1. Los proyectos serán evaluados conforme a lo establecido en el apartado sexto de las Bases Reguladoras. Los proyectos presentados en 2006 serán los enmarcados dentro de las líneas prioritarias que se recogen en el anexo I.

2. Además, y conforme al apartado séptimo.2 de las Bases Reguladoras, la cantidad máxima subvencionable estará en función tanto del tipo de solicitante conforme al apartado segundo de dichas Bases Reguladoras, como de las líneas de actuación previstas en el objeto de los proyectos que optan a la subvención, que serán las siguientes:

a) A las Entidades públicas definidas en el apartado segundo de las Bases Reguladoras se les podrá conceder hasta el 100% de los costes del punto 6 del apartado séptimo de las Bases Reguladoras.

b) A las Entidades sin ánimo de lucro, Empresas y PYMES estará en función de lo previsto en los siguientes Planes, según las tablas adjuntas. El porcentaje será variable hasta la cuantía máxima señalada en las tablas en el caso de las columnas (1), y fijo en el caso de las columnas (2):

Proyectos de Recuperación de Suelos Contaminados.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Proyectos de demostración de recuperación de terrenos contaminados.

Hasta 50

50

Plantas piloto o proyectos de demostración de recuperación de suelos contaminados.

Desarrollo de tecnologías de descontaminación, en particular aquellas aplicables in situ.

Proyectos orientados a fomentar la prevención de la contaminación de suelos.

Caracterización, tratamiento y recuperación de terrenos contaminados.

Hasta 50

50

Evaluación de riesgos:

Elaboración de modelos de exposición.

Actualización y complemento de la información sobre los parámetros.

Efectos de la existencia simultánea de varios contaminantes en el suelo.

Caracterización de suelos contaminados.

Plan Nacional de Residuos Urbanos (2000-2006) aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de enero de 2000 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 2 de febrero de 2000.

Línea de actuación

Máximo Financiación diferente plástico

o compost

y NO PYME

(1)

-

Porcentaje

PYME (2)

_

Porcentaje

Para plástico

o compost independientemente del beneficiario (2)

-

Porcentaje

Proyectos destinados a disminuir la cantidad y/o peligrosidad de los residuos urbanos; Mejoras en la composición de productos de uso y consumo que con el tiempo se convierten en residuos urbanos. Iniciativas destinadas a prevenir la generación de residuos urbanos. Sistemas de recogida.

Hasta 50

50

Proyectos tendentes a la búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales reciclados y creación de mercados secundarios de materiales.

Hasta 75

75

75

Compostaje; Buenas prácticas de gestión para las plantas de tratamiento biológico. Evaluación y mejora de las tecnologías de tratamiento de digestión anaerobia y compostaje. Calidad del compost; Sistemas de recogida e impactos sobre la calidad del compost. Utilización de compost en el suelo; Posible usos y criterios de dosificación.

Hasta 50

50

Estudios de impacto ambiental y análisis de ciclos de vida de residuos/productos.

Hasta 40

40

Desarrollo de mejoras tecnológicas para el tratamiento de residuos.

Hasta 40

40

Eliminación en vertedero; Tecnologías de caracterización y tratamiento previo al vertido (tratamientos mecánicos, biológicos, etc.). Mejoras tecnológicas para el tratamiento de residuos en vertedero (lixiviados, biogás, etc.). Sellado.

Hasta 50

50

Proyectos tendentes a mejorar las tecnologías de recogida y gestión de los residuos de plásticos usados (incluidos los de origen agrario).

Hasta 40

40

Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición (2001-2006) aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de junio de 2001 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 12 de julio de 2001.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Iniciativas de prevención (volumen y/o peligrosidad) de residuos de construcción y demolición en las fases de:

Hasta 50

50

Proyecto (diseño con productos procedentes de reciclado, con productos fácilmente reutilizables o reciclables y que generen menos residuos al final de su vida útil).

Construcción.

Demolición (técnicas de demolición selectiva con vistas a reutilización y reciclado, etc).

Proyectos para la búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales procedentes de residuos de construcción y demolición así como desarrollo de mejoras tecnológicas para el tratamiento de los mismos.

Hasta 50

50

Plan Nacional de Lodos de Depuradoras de aguas residuales (2001-2006) aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de junio de 2001 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 12 de julio de 2001.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Proyectos destinados a prevenir la contaminación de los lodos.

Hasta 50

50

Elaboración de códigos de buenas prácticas para la utilización de lodos en el suelo, directrices técnicas para la mejora de la gestión de los lodos.

Hasta 40

40

Evaluación y mejora de los tratamientos de los lodos; efectos sobre la cantidad y calidad de los lodos generados, y en particular, mejora de técnicas de compostaje.

Hasta 50

50

Búsqueda de nuevos usos de los LD.

Hasta 50

50

Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso (2001-2006) aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2001 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 30 de octubre de 2001.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Proyectos de búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales procedentes de los neumáticos fuera de uso.

Hasta 50

50

Proyectos de búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales procedentes de los neumáticos fuera de uso para carreteras.

Hasta 50

50

Desarrollo de mejoras tecnológicas para el tratamiento de los neumáticos fuera de uso.

Hasta 40

40

Plan Nacional de Vehículos al Final de su vida Útil (2001-2006) aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2001 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 16 de octubre de 2001.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Proyectos tendentes a la mejora de la reutilización o el reciclaje de los componentes de los vehículos fuera de uso.

Hasta 50

50

Reutilización de componentes. Componentes electrónicos.

Reciclado de parabrisas y lunetas traseras.

Reciclado de plásticos.

Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de Policlorobifenilos (PCB), Policloroterfenilos (PCT) y Aparatos que los Contengan (2001-2010) aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de abril de 2001 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 18 de abril de 2001.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Nuevas tecnologías de descontaminación y eliminación de PCBs, PCTs y aparatos que los contengan que permitan alcanzar los objetivos ecológicos exigidos en el RD 1378/1999, de 27 de agosto.

Hasta 50

50

Proyectos destinados a la mejora de los procesos de valorización y eliminación, como residuos, de los subproductos animales no destinados al consumo humano regulados en el Reglamento (CE) 1774/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Cuantificación real de los impactos y riesgos ambientales de los diferentes sistemas de valorización y eliminación de subproductos animales, transformados y sin transformar.

Hasta 50

50

Desarrollo de nuevos protocolos de valorización de subproductos animales, transformados y sin transformar que, manteniendo las garantías de control de riesgos sanitarios, sean más compatibles con el medio ambiente y generen menos impactos ambientales.

Hasta 50

50

Proyectos destinados a la mejora de los procesos de gestión de los residuos de las industrias extractivas.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Proyectos de búsqueda de utilización de los residuos de las industrias extractivas en las obras públicas.

Hasta 50

50

Proyectos de búsqueda de salidas y usos comerciales de los residuos de las industrias extractivas.

Hasta 50

50

Proyectos piloto de carácter tecnológico en el ámbito local aplicables al medio ambiente urbano.

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Gestión urbana sostenible.

Hasta 50

50

Transporte urbano sostenible.

Hasta 50

50

Mejores técnicas disponibles en sectores industriales dentro del desarrollo de mejores técnicas disponibles de acuerdo a los criterios de la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la contaminación se incluyen las siguientes líneas de subvención:

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Proyectos de experimentación de mejores técnicas disponibles aplicadas en las fases de proceso de producción industrial de los sectores afectados por la mencionada Ley capaces de demostrar una mejora en las emisiones al aire, al agua, minimizando los residuos y evitando la contaminación del suelo preservando y mejorando la seguridad y productividad del sistema. Así como reduciendo la transferencia de contaminantes entre los diferentes medios y minimizando o reduciendo el consumo de materias primas, agua y energía.

Hasta 50

50

Líneas de trabajo desarrolladas con el objetivo de encontrar alternativas de sustitución de materias primas, intermedios o productos que conduzcan a una minimización de las corrientes contaminantes. Tecnología dirigidas a mejorar el aprovechamiento de las fuentes de energía tradicionales (carbón, petróleo...); implantación de energías alternativas y mejora de las técnicas de producción y cogeneración.

Hasta 50

50

Proyectos encaminados a la aplicación de políticas de ecoeficiencia que permitan un mejor aprovechamiento de las materias primas por unidad producida y productos en consumo, incluida la aplicación de las mejores buenas prácticas ambientales y de análisis del ciclo de vida (ACV).

Hasta 50

50

Proyectos para la optimización y automatización de procesos productivos, desarrollo de estándares de fabricación y de sistemas de gestión más eficaces y de menor coste que contribuyan al aprovechamiento de residuos y de materiales secundarios (plásticos, neumáticos).

Hasta 50

50

Desarrollo de técnicas de monitorización a todas las escalas y en especial en PYMES que permitan avanzar en la unificación de criterios de medidas y muestreos en todo tipo de contaminantes en todo tipo de medios y por ultimo en la mejora de los inventarios existentes y futuros (PRTR, Plan Nacional de Dioxinas, Inventarios de COPs incluidos en el Convenio de Estocolmo).

Hasta 50

50

Modelos de predicción, dispersión y evaluación de la calidad del aire en los ámbitos nacional e internacional:

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Modelos de predicción, dispersión y evaluación de la calidad del aire en los ámbitos nacional e internacional.

Hasta 50

50

Proyectos destinados a la mejora de los procesos y tecnologías energéticos en todas su modalidades:

Línea de actuación

Máximo Financiación NO PYME (1)

-

Porcentaje

PYME

(2)

-

Porcentaje

Tecnologías de reducción de emisiones en el sector de la energía y transporte.

Hasta 50

50

Nuevos diseños de equipamientos de sistemas de medidas de emisiones de vehículos a bordo que ayuden a caracterizar la calidad de aire en ciudades.

Hasta 50

50

Combustibles alternativos.

Hasta 50

50

Décimo. Justificación. Seguimiento científico-técnico.-Para el cumplimiento de lo dispuesto en la orden de bases reguladoras en su apartado noveno se aplicarán, además, las siguientes normas:

1. El seguimiento científico-técnico y económico de los proyectos financiados corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental que establecerá los procedimientos adecuados para ello y que podrá designar los órganos, comisiones o expertos que estime necesarios para realizar las oportunas actuaciones de seguimiento y comprobación de la aplicación de la ayuda recibida y recabar la presentación de la información complementaria que se considere oportuna.

2. Para la realización del seguimiento científico-técnico y económico los beneficiarios deberán rendir informes anuales de seguimiento, en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de finalización de la actividad subvencionada y en los términos que se establezcan en las «Instrucciones de ejecución y justificación» que figurarán como anexo a la resolución de concesión. Asimismo, los beneficiarios presentarán un informe final dentro del plazo de tres meses desde la fecha de finalización proyecto. El contenido del informe se regulará en las antedichas «Instrucciones de ejecución y justificación». 3. En el caso de proyectos en los que se hayan modificado sus condiciones de ejecución, de acuerdo con lo establecido en el apartado decimotercero de las bases reguladoras, el plazo para la presentación de los informes anuales de seguimiento será la notificada en la autorización de la modificación. 4. Los informes deberán ser presentados por el investigador principal a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Los informes se presentarán haciendo uso de los modelos de impresos normalizados y los medios telemáticos facilitados en los servidores de información del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es). 5. En lo no dispuesto en las bases reguladoras o en esta resolución de convocatoria, serán aplicables las antedichas «Instrucciones de ejecución y justificación» que figurarán como anexo a la resolución de concesión.

Undécimo. Recursos.

1. Contra la Resolución de concesión de las subvenciones, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1 998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

2. Asimismo, la Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la LRJ-PAC. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Duodécimo. Entrada en vigor.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de febrero de 2006.-El Director general, Jaime Alejandre Martínez.

ANEXO I Líneas de I+D+i

En esta convocatoria se establecen como líneas de I+D+i susceptibles de subvención las siguientes:

1. Proyectos de Recuperación de Suelos Contaminados: Recuperación de terrenos contaminados. Fomentar la puesta en práctica de tecnologías de bajo coste (extracción en fase vapor, tecnologías de biorrecuperación, contención y aislamiento) frente a técnicas convencionales más costosas y menos aceptables desde una perspectiva ambiental: 1.1 Proyectos de demostración de recuperación de terrenos contaminados. Serán líneas preferentes: Plantas piloto o proyectos de demostración de recuperación de suelos contaminados.

Desarrollo de tecnologías de descontaminación, en particular aquellas aplicables in situ. Proyectos orientados a fomentar la prevención de la contaminación de suelos.

1.2 Caracterización, tratamiento y recuperación de terrenos contaminados. Serán líneas preferentes:

Evaluación de riesgos. Con preferencia en las líneas: Elaboración de modelos de exposición.

Actualización y complemento de la información sobre los parámetros. Efectos de la existencia simultánea de varios contaminantes en el suelo.

Caracterización de suelos contaminados. 2. Plan Nacional de Residuos Urbanos (2000-2006):

2.1 Proyectos destinados a disminuir la cantidad y/o peligrosidad de los residuos urbanos; Mejoras en la composición de productos de uso y consumo que con el tiempo se convierten en residuos urbanos. Iniciativas destinadas a prevenir la generación de residuos urbanos, Sistemas de recogida.

2.2 Proyectos tendentes a la búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales reciclados y creación de mercados secundarios de materiales. 2.3 Compostaje; Buenas prácticas de gestión para las plantas de tratamiento biológico. Evaluación y mejora de las tecnologías de tratamiento de digestión anaerobia y compostaje. Calidad del Compost; Sistemas de recogida e impactos sobre la calidad del compost. Utilización de compost en el suelo; Posible usos y criterios de dosificación. 2.4 Estudios de impacto ambiental y análisis de ciclos de vida de residuos/productos. 2.5 Desarrollo de mejoras tecnológicas para el tratamiento de residuos. 2.6 Eliminación en vertedero; Tecnologías de caracterización y tratamiento previo al vertido (tratamientos mecánicos, biológicos, etc.). Mejoras tecnológicas para el tratamiento de residuos en vertedero (lixiviados, biogás, etc.). Sellado. 2.7 Propuestas tendentes a mejorar las tecnologías de recogida y gestión de los residuos de plásticos usados (incluidos los de origen agrario).

3. Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición (2001-2006):

3.1 Iniciativas de prevención (volumen y/o peligrosidad) de residuos de construcción y demolición en las fases de: Proyecto (diseño con productos procedentes de reciclado, con productos fácilmente reutilizables o reciclables y que generen menos residuos al final de su vida útil).

Construcción. Demolición (técnicas de demolición selectiva con vistas a reutilización y reciclado, etc).

3.2 Proyectos para la búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales procedentes de residuos de construcción y demolición así como desarrollo de mejoras tecnológicas para el tratamiento de los mismos. 4. Plan Nacional de Lodos de Depuradoras de aguas residuales (2001-2006):

4.1 Proyectos destinados a prevenir la contaminación de los lodos.

4.2 Elaboración de códigos de buenas practicas para la utilización de lodos en el suelo, directrices técnicas para la mejora de la gestión de los lodos. 4.3 Evaluación y mejora de los tratamientos de los lodos; Efectos sobre la cantidad y calidad de los lodos generados, y en particular mejora de técnicas de compostaje. 4.4 Búsqueda de nuevos usos de los LD.

5. Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso (2001-2006): Proyectos encaminados a la búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales procedentes de los Neumáticos fuera de uso y al desarrollo de de mejoras tecnológicas para el tratamiento de los mismos.

5.1 Proyectos de búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales procedentes de los neumáticos fuera de uso.

5.2 Proyectos de búsqueda de salidas y usos comerciales de los materiales procedentes de los neumáticos fuera de uso para carreteras. 5.3 Desarrollo de mejoras tecnológicas para el tratamiento de los neumáticos fuera de uso.

6. Plan Nacional de Vehículos al Final de su vida Útil (2001-2006):

6.1 Programas tendentes a la mejora de la reutilización o el reciclaje de los componentes de los Vehículos fuera de uso. Serán líneas preferentes: Reutilización de componentes. Componentes electrónicos.

Reciclado de parabrisas y lunetas traseras. Reciclado de plásticos.

7. Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de Policlorobifenilos (PCB), Policloroterfenilos (PCT) y Aparatos que los Contengan (2001-2010):

7.1 Nuevas tecnologías de descontaminación y eliminación de PCBs, PCTs y aparatos que los contengan que permitan alcanzar los objetivos ecológicos exigidos en el RD 1378/1999, de 27 de agosto.

8. Proyectos destinados a la mejora de los procesos de valorización y eliminación, como residuos, de los subproductos animales no destinados al consumo humano:

8.1 Cuantificación real de los impactos y riesgos ambientales de los diferentes sistemas de valorización y eliminación de subproductos animales, transformados y sin transformar.

8.2 Desarrollo de nuevos protocolos de valorización de subproductos animales, transformados y sin transformar que, manteniendo las garantías de control de riesgos sanitarios, sean más compatibles con el medio ambiente y generen menos impactos ambientales.

9. Proyectos destinados a la mejora de los procesos de gestión de los residuos de las industrias extractivas:

9.1 Proyectos de búsqueda de utilización de los residuos de las industrias extractivas en las obras públicas.

9.2 Proyectos de búsqueda de salidas y usos comerciales de los residuos de las industrias extractivas.

10. Proyectos piloto de carácter tecnológico en el ámbito local aplicables al medio ambiente urbano:

10.1 Gestión urbana sostenible.

10.2 Transporte urbano sostenible.

11. Mejores técnicas disponibles en sectores industriales:

11.1 Proyectos de experimentación de mejores técnicas disponibles aplicadas en las fases de proceso de producción industrial de los sectores afectados por la mencionada Ley capaces de demostrar una mejora en las emisiones al aire, al agua, minimizando los residuos y evitando la contaminación del suelo preservando y mejorando la seguridad y productividad del sistema. Así como reduciendo la transferencia de contaminantes entre los diferentes medios y minimizando o reduciendo el consumo de materias primas, agua y energía.

11.2 Líneas de trabajo desarrolladas con el objetivo de encontrar alternativas de sustitución de materias primas, intermedios o productos que conduzcan a una minimización de las corrientes contaminantes. Tecnología dirigidas a mejorar el aprovechamiento de las fuentes de energía tradicionales (carbón, petróleo...); implantación de energías alternativas y mejora de las técnicas de producción y cogeneración. 11.3 Proyectos encaminados a la aplicación de políticas de ecoeficiencia que permitan un mejor aprovechamiento de las materias primas por unidad producida y productos en consumo, incluida la aplicación de las mejores buenas prácticas ambientales y de análisis del ciclo de vida (ACV). 11.4 Proyectos para la optimización y automatización de procesos productivos, desarrollo de estándares de fabricación y de sistemas de gestión más eficaces y de menor coste que contribuyan al aprovechamiento de residuos y de materiales secundarios (plásticos, neumáticos). 11.5 Desarrollo de técnicas de monitorización a todas las escalas y en especial en PYMES que permitan avanzar en la unificación de criterios de medidas y muestreos en todo tipo de contaminantes en todo tipo de medios y por ultimo en la mejora de los inventarios existentes y futuros (PRTR, Plan Nacional de Dioxinas, Inventarios de COPs incluidos en el convenio de Estocolmo).

12. Modelos de predicción, dispersión y evaluación de la calidad del aire en los ámbitos nacional e internacional.

13. Proyectos destinados a la mejora de los procesos y tecnologías energéticos en todas sus modalidades:

13.1 Tecnologías de reducción de emisiones en el sector de la energía y transporte.

13.2 Nuevos diseños de equipamientos de sistemas de medidas de emisiones de vehículos a bordo que ayuden a caracterizar la calidad de aire en ciudades. 13.3 Combustibles alternativos.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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