Visto el expediente de indulto de don Fernando Juan Muñoz García, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en sentencia de 26 de mayo de 1998, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Las Palmas, sección cuarta, de fecha 12 de noviembre de 1996, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 500.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero de 2006,
Vengo en conmutar a don Fernando Juan Muñoz García la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 10 de febrero de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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