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Documento BOE-A-2006-3026

Real Decreto 162/2006, de 3 de febrero, por el que se indulta a don Julio Jaén García.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2006, páginas 7080 a 7080 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2006-3026

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Julio Jaén García, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimosexta, en sentencia de 21 de octubre de 2003, como autor de un delito de homicidio consumado, a la pena de 10 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena; de tres delitos intentados de homicidio, a la pena de cinco años de prisión, por cada uno, y de un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de febrero de 2006,

Vengo en conmutar a don Julio Jaén García las penas privativas de libertad impuestas por otra de diez años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 3 de febrero de 2006.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

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