Visto el expediente de indulto de don Vicente Jorge Campderrós Bonastre, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección tercera, en sentencia de 6 de febrero de 2001, como autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso medial con delito de falsedad en documento oficial, a la pena de un año y seis meses de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de dos años y seis meses, por hechos cometidos durante los años 1986 y 1987, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de febrero de 2006,
Vengo en conmutar a don Vicente Jorge Campderrós Bonastre la pena de inhabilitación absoluta pendiente de cumplimiento por otra de dos años y seis meses de multa, que se satisfará en cuotas diarias de seis euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 3 de febrero de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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