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Documento BOE-A-2006-2898

Resolución 4B0/38014/2006, de 7 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se publica la Adenda para la actualización del Convenio de colaboración firmado por el ISFAS, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y la Mutualidad General Judicial con la Consejería de Salud y Servicios Sociales del Principado de Asturias.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2006, páginas 6658 a 6660 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2006-2898

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de noviembre de 2005 se suscribió la Adenda para la actualización de los anexos I, II, III y IV y prórroga para el año 2006 del Convenio de colaboración firmado el 30 de septiembre de 2003, por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) con la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Gobierno del Principado de Asturias, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 7 de febrero de 2006.-La Secretaria General Gerente, Carmen Briones González.

ANEXO Adenda para la actualización de los anexos I, II, III y IV y prórroga para el año 2006 del Convenio de colaboración firmado el 25 de octubre de 2002, entre la Consejería de Salud y servicios sanitarios del Gobierno del Principado de Asturias y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

En Oviedo, a 29 de noviembre de 2005.

REUNIDOS

De una parte el Sr. don Rafael Sariego García, Consejero de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias, autorizado expresamente para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el día 14 de octubre de 2004,

De otra, la Sra. doña Carmen Román Riechmann, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE, La Sra. doña Carmen Briones González, Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en uso de las facultades que le confiere el artículo 9.F) del Real Decreto 296/1992, de 27 de marzo, de composición, funcionamiento y atribuciones de los órganos de gobierno del Instituto Social de la Fuerzas Armadas, en relación con lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 64/2001, de 26 de enero, Y el Sr. don Benigno Varela Autrán, Presidente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en uso de las facultades que le confiere el artículo 15 del Real Decreto 3283/1978, de 3 de noviembre, por el que aprueba el Reglamento de la Mutualidad General Judicial.

EXPONEN

Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2002, entre la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para 2006, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

ACUERDAN

Primero.-Prorrogar el Convenio de referencia cuya vigencia se extiende desde 1 de enero de 2006 hasta 31 de diciembre de 2006.

Segundo.-Actualizar con efectos de 1 de enero de 2006 y según lo previsto en las cláusulas séptima y octava del mencionado Convenio, los anexos I, II III y IV del mismo, anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «anexos I, II, III y IV, para 2006», y que modifican las relaciones de Municipios citadas en su cláusula primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula cuarta. Dichos precios pasan a ser, para el año 2006, los de 10,01 euros por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el anexo I, y de 0,85 euros por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el anexo II. Tercero.-Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.

Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar quintuplicado y a un solo efecto, el representante de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, y de cada una de las Mutualidades.-El Consejero de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias, Rafael Sariego García.-La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Carmen Román Riechmann.-La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Carmen Briones González.-El Presidente de la Mutualidad General Judicial, don Benigno Varela Autrán.

ANEXO I

Listado de municipios

Municipios

Zona básica de salud

Allande.

Pola de Allande.

Aller.

Cabañaquinta-Moreda.

Amieva.

Cangas de Onís.

Belmonte de Miranda.

Belmonte de Miranda.

Bimenes.

Nava.

Boal.

Boal.

Cabrales.

Carreña-Panes.

Cabranes.

Nava.

Candamo.

Grado.

Cangas de Narcea.

Cangas de Narcea.

Cangas de Onís.

Cangas de Onís.

Carreño.

Candas.

Caso.

Rioseco.

Castropol.

Vegadeo.

Coaña.

Navia.

Colunga.

Colunga.

Cudillero.

Cudillero.

Degaña.

Degaña.

Franco (El).

Tapia.

Gozón.

Luanco.

Grado.

Grado.

Grandas de Salime.

Grandas de Salime.

Ibias.

Ibias.

Illas.

La Magdalena-Carriona.

Laviana.

Pola de Laviana.

Lena.

Pola de Lena.

Llanera.

Llanera.

Llanes.

Llanes.

Morcín.

Riosa-Argame.

Muros de Nalón.

Pravia.

Nava.

Nava.

Navia.

Navia.

Noreña.

Noreña.

Parres.

Arriondas.

Peñamellera Baja.

Carreña-Panes.

Piloña.

Infiesto.

Pravia.

Pravia.

Quirós.

Quirós.

Regueras (Las).

Las Regueras.

Ribadedeva.

Llanes.

Ribadesella.

Ribadesella.

Ribera de Arriba.

Riosa-Argame.

Riosa.

Riosa-Argame.

Salas.

Salas-Soto-Jove.

Sariego.

Pola de Siero.

Somiedo.

Somiedo.

Soto del Barco.

Pravia.

Tapia de Casariego.

Tapia.

Teverga.

Teverga.

Tineo.

Tineo.

Vegadeo.

Vegadeo.

Villaviciosa.

Villaviciosa.

Villayón.

Villayón.

ANEXO II

Listado de municipios

Caravia. Corvera de Asturias. Illano. Onís. Peñamellera Alta. Pesoz. Ponga. Proaza. San Martín de Oscos. San Martín del Rey Aurelio. San Tirso de Abres. Santa Eulalia de Oscos. Santo Adriano. Sobrescobio. Taramundi. Valdés. Villanueva de Oscos. Yernes y Tameza.

ANEXO III

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del anexo I e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1-5-2005), a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

(Precio por persona = 10,01 euros/mes año 2006)

Entidad

Personas adscritas

Importe mensual

De MUFACE

De ISFAS

De MUGEJU

Por Col. de MUFACE

Por Col. de ISFAS

Por Col. de MUGEJU

Adeslas

1.515

1.082

49

15.165,15

10.830,82

490,49

Asisa

533

390

47

5.335,33

3.903,90

470,47

Mapfre Caja Salud

110

79

9

1.101,10

790,79

90,09

Caser

668

267

42

6.686,68

2.672,67

420,42

DKV Seguros

546

17

36

5.465,46

170,17

360,36

Equitativa de Madrid

183

14

3

1.831,83

140,14

30,03

IG. de Santander

2

0

0

20,02

0,00

0,00

Total

3.557

1.849

186

35.605,57

18.508,49

1.861,86

ANEXO IV

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del anexo II e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1-5-2005), a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

(Precio por persona = 0,85 euros/mes año 2006)

Entidad

Personas adscritas

Importe mensual

De MUFACE

De ISFAS

De MUGEJU

Por Col. de MUFACE

Por Col. de ISFAS

Por Col. de MUGEJU

Adeslas

312

186

6

265,20

158,10

5,10

Asisa

60

77

1

51,00

65,45

0,85

Mapfre Caja Salud

17

8

0

14,45

6,80

0,00

Caser

38

23

4

32,30

19,55

3,40

DKV Seguros

86

2

9

73,10

1,70

7,65

Equitativa de Madrid

10

0

0

8,50

0,00

0,00

IG. de Santander

0

0

0

0,00

0,00

0,00

Total

523

296

20

444,55

251,60

17,00

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