El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión de 12 de mayo de 2005 acuerda delimitar el entorno de protección del Palacio Episcopal de Astorga (León). En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Valladolid, 20 de enero de 2006.-El Secretario General, José Rodríguez Sanz Pastor.
ANEXO Acuerdo 60/2005, de 12 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se delimita el entorno de protección del Palacio Episcopal de Astorga (León)
El Palacio Episcopal de Astorga, o Palacio Gaudí, en la ciudad de Astorga (León), está situado dentro de su recinto amurallado romano, junto a la Catedral, dentro del conjunto declarado de la ciudad de Astorga, en una zona monumental consolidada. La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por resolución de 26 de noviembre de 2002, acordó incoar procedimiento para la delimitación del entorno de protección del Palacio Episcopal de Astorga (León), declarado Monumento el 24 de junio de 1969, y en la actualidad considerado Bien de Interés Cultural, en aplicación de la Disposición Adicional Primera, de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, las Universidades de León y de Valladolid informaron favorablemente la pretendida declaración. De conformidad con lo dispuesto en el art.12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto proceder a la delimitación del entorno de protección de dicho inmueble, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la delimitación y los documentos gráficos correspondientes. En su virtud, y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 12 de mayo de 2005, acuerda:
Primero.-Se delimita el entorno de protección del Palacio Episcopal de Astorga (León).
Segundo.-Entorno de Protección:
Norte: Queda limitado por el lienzo de la muralla en el Parque del Melgar, desde el punto A hasta el punto B.
Este: Desde el punto B, una línea imaginaria que se prolonga hacia el sur hasta su encuentro con la C/ Santiago, punto C. Sur: Recoge las fachadas a la C/ Santa Marta desde la C/ Santiago hasta su encuentro con la C/ Portería, punto D. Oeste: Una línea imaginaria prolongación en dirección Norte de la C/ Portería hasta su encuentro con el lienzo de la muralla, punto A donde se inicia la delimitación.
La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Acuerdo, así como la zona afectada por la delimitación, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.
Valladolid, 12 de mayo de 2005.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo, Silvia Clemente Municio.
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