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Documento BOE-A-2006-22754

Orden ITC/3936/2006, de 22 de noviembre, por la que se acepta la renuncia de los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Cachalote-1 a 5».

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 27 de diciembre de 2006, páginas 45854 a 45855 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-22754

TEXTO ORIGINAL

Los permisos de investigación de hidrocarburos «Cachalote-1 a 5» fueron otorgados mediante el Real Decreto 302/2005, de 11 de marzo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 7 de abril de 2005. Su único titular y operador es la empresa «Hunt Spain Exploration Company, Sociedad Limitada». Para los permisos anteriores, con fecha 5 de abril de 2006, su titular solicitó autorización de renuncia de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el artículo 73 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre investigación y explotación de hidrocarburos. La empresa operadora aportó documentación adicional con fechas 6 de junio, 16 de agosto y 3 de octubre de 2006, sobre los trabajos realizados y el pago del canon de superficie. Examinada la documentación presentada, y teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el Reglamento sobre investigación y explotación de hidrocarburos, se considera cumplido lo preceptuado en la normativa vigente para conceder la renuncia de los permisos. En particular, lo señalado en el artículo 73 del mencionado Reglamento, relativo a los elementos de que debe constar la memoria que se presente, el primero, la estadística según años de vigencia de los trabajos realizados, el segundo, un estudio completo de los resultados obtenidos, el tercero, el análisis contable por años de vigencia de las inversiones efectuadas, y el cuarto, los justificantes del pago del canon de superficie correspondiente a todo el periodo de vigencia antes de la extinción o renuncia. Tramitado el expediente por la Dirección General de Política Energética y Minas con arreglo a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y en el Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre investigación y explotación de hidrocarburos, dispongo:

Primero.-Se declaran extinguidos por renuncia de su titular los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Cachalote-1 a 5», cuyas área son las delimitadas en el Real Decreto 302/2005, de 11 de marzo, de otorgamiento.

Segundo.-De acuerdo con lo dispuesto la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el artículo 77 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre investigación y explotación de hidrocarburos, las áreas extinguidas de los citados permisos revierten al Estado y adquirirán la condición de francas y registrables a los seis meses de la fecha de publicación de esta Orden Ministerial en el «Boletín Oficial del Estado», si el Estado no hubiera ejercido antes la facultad de sacar su adjudicación a concurso, según el artículo 20 de la referida Ley 34/1998.

Tercero.-Por la Dirección General de Política Energética y Minas se procederá a la devolución de las garantías presentadas para responder del cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley y el Reglamento citados, y del Real Decreto de otorgamiento de los permisos «Cachalote-1 a 5», según lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Madrid, 22 de noviembre de 2006.-El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, P. D. (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre), el Secretario General de Energía, Ignasi Nieto Magaldi.

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