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Documento BOE-A-2006-22687

Resolución de 27 de octubre de 2006, de la Secretaría de Industria del Departamento de Trabajo e Industria,por la que se concede la aprobación de modelo del instrumento de medida de gases de escape, marca MIAC, modelo «A-MODELO E2», fabricado por Medida Instrumentos Automóvil Control S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 26 de diciembre de 2006, páginas 45760 a 45761 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2006-22687

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada Medida Instrumentos Automóvil Control S.L. domiciliada en Ctra. del Mig, 95-97, 1o B, de l'Hospitalet de Llobregat, inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número 02-G.30, en solicitud de aprobación de modelo de un instrumento destinado a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), marca MIAC, modelo «A-Modelo E2». De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratori General d'Assaigs i Investigacions con referencia 5007194 que certifica la conformidad del modelo con los requisitos técnicos y metrológicos definidos en la Orden de 15 de abril de 1998, por la que se regula el Control Metrológico del Estado sobre dichos instrumentos. Considerando que la documentación presentada acredita que el aparato cumple con los requisitos de compatibilidad electromagnética establecidos en la norma UNE 82501 (97) y es conforme a la Directiva 73/23/CEE del Consejo, de 19 de febrero de 1973, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión y la Directiva 93/68/CEE del Consejo de 22 de julio de 1993 por la que se modifica la anterior Directiva 73/23/CEE. Esta Secretaría de Industria de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrologia, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico y la Orden de 15 de abril de 1998, por la que se regula el Control Metrológico del Estado sobre dichos instrumentos, ha resuelto:

Primero.-Conceder la Aprobación de Modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad Medida Instrumentos Automóvil Control S.L de un instrumento destinado a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), marca MIAC, modelo «A-Modelo E2».

El modelo «A-Modelo E2» se presenta en una única versión. Segundo.-Las características metrológicas del instrumento son:

Clase de precisión: I.

Intervalo de la indicación

Escalón

CO

0-10,00 % vol

0,01 % vol

CO2

0-20,0 % vol

0,1 % vol

HC

0-4000 ppm vol

1 ppm vol

O2

0-21 % vol

0,01 % vol

Temperatura

5 ºC-40 ºC

Caudal mínimo

300 l/h

Caudal nominal

360 l/h

Tercero.-El signo de aprobación de modelo asignado es:

02

E-030

06022

Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta resolución, llevarán visibles, como mínimo, las siguientes inscripciones de identificación: Nombre del fabricante; Año de fabricación; Designación del modelo y marca; Número de serie del instrumento; Signo de aprobación de modelo; Caudales mínimo y nominal; Tensión, frecuencia y potencia nominal requeridas; Componentes gaseosos y valores máximos de medida; Descripción del tipo de célula de oxigeno; Clase; Factor PEF.

Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a que se refiere esta Resolución, deberán cumplir todas las condiciones contenidas en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo número 02-06.22. Sexto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos, se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en la Memoria y planos que sirvieron de base para su estudio por la Secretaría de Industria. Séptimo.-Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular solicitará a la Secretaría de Industria la oportuna prórroga de la Aprobación, caso de estar interesada en ello.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 27 de octubre de 2006.-Por delegación de firma del Secretario de Industria (Resolución de 6 de octubre de 2005), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Lluís Gasull Poch.

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