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Documento BOE-A-2006-22067

Orden ECI/3828/2006, de 17 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Observatorio Internacional de Investigación Biomédica.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2006, páginas 44253 a 44253 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-22067

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Observatorio Internacional de Investigación Biomédica en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29),

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Fundación Universitaria San Antonio, en Murcia, el 1 de junio de 2006, según consta en la escritura pública número dos mil seiscientos noventa y nueve, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Albacete don Andrés Martínez Pertusa. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Murcia, Monasterio de San Pedro, Los Jerónimos, bien de interés cultural sito en la Carretera de Guadalupe, sede de la Universidad Católica San Antonio, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Identificar, evaluar, financiar, coordinar y monitorizar proyectos innovadores de investigación biomédica. Fomentar, promover y financiar la investigación en traumatología deportiva y en fisioterapia del deporte. Erigir y financiar un observatorio en materia de investigación biomédica. Formar especialistas en todos los ámbitos de la medicina, la biología, la traumatología, la fisioterapia, la nutrición humana, el rendimiento deportivo y la enfermería. Difundir y gestionar los resultados de sus investigaciones y de su actividad docente y de formación. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Fundación Universitaria San Antonio, representada por don José Luis Mendoza Pérez, Vocales: Don José Luis Mendoza Pérez, por razón de su cargo de Presidente de la Universidad Católica San Antonio, don Pedro Guillén García, don Antonio José Montoro Fraguas, por razón de su cargo de Rector de la Universidad Católica San Antonio, don Antonio Flores Sintas, por razón de su cargo de Vicerrector de Investigación de la Universidad Católica San Antonio, y don José Alarcón Teruel, por razón de su cargo de Secretario de la Universidad Católica San Antonio, Secretario: Don Francisco José Alonso Espinosa, por razón de su cargo de Secretario de la Fundación Universitaria San Antonio. En la escritura de constitución y otra de aceptación consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Observatorio Internacional de Investigación Biomédica en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación Observatorio Internacional de Investigación Biomédica, de ámbito estatal, con domicilio en Murcia, Monasterio de San Pedro, Los Jerónimos, bien de interés cultural sito en la Carretera de Guadalupe, sede de la Universidad Católica San Antonio, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 17 de noviembre de 2006.-La Ministra de Educación y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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