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Documento BOE-A-2006-21639

Resolución de 27 de octubre de 2006, de la Dirección de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación del modelo del instrumento clase 0, destinado a medir las emisiones de gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa, marca Spektra, modelo 3001, presentado por «Teknika Bereziak, S. L.».

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 11 de diciembre de 2006, páginas 43435 a 43437 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2006-21639

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 23 de mayo de 2006 Don Pedro Luis del Rey Garcés, en nombre y representación de la empresa Teknika Bereziak, S. L., con domicilio en Uharka Auzoa, s/n 48383 Arratzu (Bizkaia), con número de inscripción en el Registro de Control Metrológico 01 G 001, ha presentado, en la Oficina Territorial de este Departamento en Bizkaia, solicitud de aprobación de modelo del instrumento destinado a medir las emisiones de gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa marca Spektra, modelo 3001.

Segundo.-La aprobación solicitada se refiere a analizadores de gases de escape de vehículos de gasolina clase 0, modelo SPEKTRA 3001 que comprende dos versiones de las siguientes características:

Tipo

SPEKTRA 3001

SPEKTRA 3001/RC

Tipo de control

Ordenador personal

Mando por control remoto mod TB4200

Clase del analizador

0 (según la norma UNE 82501:2004)

Tª de utilización

0 ºC-50 ºC

Humedad de utilización

Hasta 95% (sin condensación)

Presión ambiental de utilización

930 hPa ± 130 hPa

Componentes gaseosos que puede medir

CO, CO2, O2 y HC

Unidades de medida:

CO:

% vol

CO2:

% vol

O2:

% vol

HC:

ppm vol

Campo de medida:

CO:

0 -15% vol

CO2:

0 -20% vol

O2:

0 -25% vol

HC:

0 - 15000 ppm vol

λ:

0 - 9,999

Resolución de indicación:

CO:

0,001% vol

CO2:

0,01% vol

O2:

0,01% vol

HC:

1 ppm vol

λ:

0,001

Tiempo de calentamiento:

5 min.

Caudales de utilización:

El analizador de gases de escape puede utilizar dos tipos de bombas:

Bomba modelo PML4491-NFT30/NMP50 de KNF:

Nominal: 6L/min (caudal en sonda).

Mínimo: 5L/min (caudal en sonda).

Nominal: 3,5L/min (caudal en cámara).

Mínimo: 3L/min (caudal en cámara).

Bomba modelo 5002F/5010V de THOMAS:

Nominal: 5L/min (caudal en sonda).

Mínimo: 4,5L/min (caudal en sonda).

Nominal: 3,25L/min (caudal en cámara).

Mínimo: 2,75L/min (caudal en cámara).

Tensión de alimentación:

230 VAC (-20% + 15%).

Frecuencia:

50 Hz ± 20%.

Potencia:

40 W (consumo medio).

68 W (consumo máximo).

Tercero.-Junto a la solicitud ha presentado la siguiente documentación:

Memoria técnica descriptiva del analizador de gases clase 0 SPEKTRA.3001, en la que se incluye descripción, principios de medida y funcionamiento, manual de calibración, procedimiento de mantenimiento, esquemas, planos, declaración de salvaguarda, certificado de inscripción en el registro de control metrológico, manuales de usuario y de reparaciones.

Informe de ensayos del instrumento, emitido por el Centro Español de Metrología de referencia CEM-CY-06/0527-6.6 y fecha 23 de octubre de 2006, en el que se hace constar la conformidad del instrumento ensayado con las prescripciones de la Orden de 15 de abril de 1998, BOE 27-04-98, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir las emisiones de gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina). Manuales de usuario del modelo ESPEKTRA.3001. Manual de usuario del REMOTE CONTROL modelo TB4200. Manual de calibración. Determinación del emplazamiento previsto para los precintos en el instrumento y en la tapa (Anexo).

Cuarto.-Con fecha 26 de octubre de 2006 se ha recibido informe favorable sobre la petición, emitido por los servicios técnicos de la Oficina Territorial de Bizkaia. Para la resolución del presente expediente es preciso tener en cuenta los siguientes

Fundamentos jurídicos

Uno.-La Dirección de Consumo y Seguridad Industrial es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 284/2005, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo. Dos.-El Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, establece en su Título primero las condiciones y las tramitaciones que, con carácter general, son aplicables a los instrumentos de medida sometidos al control metrológico del Estado y, entre ellas, que se asignará un signo de aprobación de modelo, se expedirá un certificado y se publicará la Resolución de aprobación del modelo. Tres.-Orden, de 15 de abril de 1998, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina).

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación, y a propuesta del Jefe de Servicio de Industria, resuelvo:

Primero.-Conceder la aprobación de modelo de los analizadores de gases de escape de vehículos de gasolina clase 0, modelo Spektra 3001 y Spektra 3001/RC de las características indicadas arriba, a la empresa Teknika Bereziak, S. L., con domicilio en Uharka Auzoa, s/n 48383 Arratzu (Bizkaia).

Segundo.-Otorgar el siguiente signo de aprobación de modelo al instrumento:

01 G-001

06.004

Tercero.-Teknika Bereziak, S. L. deberá mantener las siguientes condiciones:

a) Los analizadores que se comercialicen se corresponderán íntegramente con lo expresado en la documentación presentada para la obtención de la aprobación de modelo. Si se produjese cualquier modificación en el diseño será preciso la obtención de una nueva aprobación del modelo modificado.

b) Los equipos superarán la verificación primitiva en los laboratorios del fabricante y serán precintados convenientemente. Los precintos irán grabados con el número de registro de control metrológico y las dos últimas cifras del año de verificación. Cuarto.-Establecer el plazo de validez de esta aprobación de modelo en cinco años. Quinto.-Extender el correspondiente Certificado de Aprobación de Modelo que complementa esta Resolución. Sexto.-Ordenar la publicación de esta Resolución en los boletines oficiales correspondientes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vitoria-Gasteiz, 27 de octubre de 2006.-El Director de Consumo y Seguridad Industrial, Rubén Mendiola Erkoreka.

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