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Documento BOE-A-2006-21615

Resolución de 14 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Cataluña para el desarrollo de las actuaciones contempladas en el Convenio-Marco para la puesta en marcha del Programa «Internet en el Aula».

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 11 de diciembre de 2006, páginas 43418 a 43419 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-21615

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Cataluña, han suscrito una Adenda al Convenio bilateral de colaboración, firmado con fecha 16 de diciembre de 2005, para el desarrollo de las actuaciones contempladas en el Convenio-Marco de colaboración firmado por el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Entidad Pública Empresarial RED.es, para la puesta en marcha del Programa «Internet en el Aula», por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicha Adenda al Convenio.

Madrid, 14 de noviembre de 2006.-El Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Pérez Iriarte.

Adenda al Convenio Bilateral de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat de Cataluña para el desarrollo de las actuaciones contempladas en el Convenio-Marco de colaboración firmado por el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Entidad Empresarial Red.es, para la puesta en marcha del Programa «Internet en el Aula»

En Madrid, a 13 de julio de 2006.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, el Hble. Sr. Joan Manuel del Pozo i Àlvarez, consejero del Departamento de Educación y Universidades de la Generalitat de Catalunya, y el Hble. Sr. Joaquim Nadal i Arreras, consejero de Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Convenio, y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.-Que, con fecha 16 de diciembre de 2005, se firmó un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat de Catalunya para el desarrollo de las actuaciones contempladas en el Convenio-marco de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Entidad Pública Empresarial Red.es, para la puesta en marcha del programa «Internet en el Aula», Convenio que continúa siendo de aplicación.

Segundo.-Que en el punto 4 de la Cláusula Segunda del Convenio se determinan las actuaciones a llevar a cabo en relación con la capacitación de docentes y asesores de formación de profesores. Tercero.-Que en el punto a2 de la Cláusula Tercera del Convenio (Inversiones a realizar por el Ministerio de Educación y Ciencia para las actuaciones dirigidas a la capacitación de docentes y asesores de formación de profesores) se reflejan las cantidades a aportar en 2005, y se indica que «en los años sucesivos de vigencia del presente Convenio, el Ministerio de Educación y Ciencia definirá las actuaciones de formación del profesorado que permitan alcanzar los objetivos previstos al Convenio marco de colaboración. A tal fin, se suscribirán adendas anuales a este Convenio de colaboración que garanticen el logro de dichos objetivos». Cuarto.-Que en el punto b2 de la Cláusula Tercera del Convenio (Inversiones a realizar por la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma para las actuaciones dirigidas a la capacitación de docentes y asesores de formación de profesores) se reflejan las cantidades a aportar en 2005, y se indica que «en los años sucesivos de vigencia del presente Convenio, la Comunidad Autónoma definirá las actuaciones de formación del profesorado que permitan alcanzar los objetivos previstos en el Convenio marco de colaboración. A tal fin, se suscribirán adendas anuales a este Convenio de colaboración que garanticen el logro de dichos objetivos».

Por todo lo anterior,

ACUERDAN

Complementar el Convenio de colaboración para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Convenio-marco de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Entidad Pública Empresarial Red.es, para la puesta en marcha del programa «Internet en el Aula», mediante la presente Adenda, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El objeto de la presente Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Generalitat de Catalunya para el desarrollo de las actuaciones contempladas en el Convenio-marco de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Entidad Pública Empresarial Red.es, para la puesta en marcha del programa «Internet en el Aula», es llevar a cabo, durante el año 2006, actuaciones dirigidas a la capacitación de docentes y asesores de formación de profesores.

Segunda. Inversiones a realizar por el Ministerio de Educación y Ciencia.-Para la ejecución del cumplimiento del objeto de la Adenda, el Ministerio de Educación y Ciencia se compromete a realizar, en el año 2006, una transferencia al Departamento de Educación y Universidades de la Generalitat de Catalunya por una cantidad de 286.679 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322B.454 de los Presupuestos Generales del Estado para 2006, que se destinará a financiar las acciones de capacitación de docentes y asesores de formación de profesores. Dicha transferencia se efectuará antes del 30 de septiembre de 2006, y estará sujeta a lo establecido en la Ley 38/2003, General de Subvenciones de 17 de noviembre. Además, el Departamento de Educación y Universidades de la Generalitat de Catalunya deberá aportar al MEC certificación expedida por los servicios competentes de dicho Departamento, de haber sido ingresado en su contabilidad el importe del libramiento efectuado. A tal fin, se hace constar que las actividades de este Programa anual de trabajo, relativas a formación del profesorado y asesores de formación de profesores serán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo programa 2000ES051PO014 lo que requerirá, de una parte, certificado del responsable de la entidad que justifique que ha sido cumplida la finalidad por la cual se otorgó la subvención, la elaboración de una Memoria General de las actividades, y un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto, y, de otra, la inclusión del logotipo del FSE y la constancia explícita de dicha cofinanciación en las actuaciones, a las que se hace referencia en la Estipulación segunda del presente convenio. Por otra parte, y con el objeto de garantizar la justificación del FSE al término del ejercicio, el Departamento de Educación y Universidades de la Generalitat de Catalunya deberá realizar un certificado de los gastos elegibles a imputar al referido FSE ejecutados a 31 de diciembre del año 2006. El certificado se emitirá dentro de los plazos fijados por el MEC con el objeto de poder concluir adecuadamente en tiempo y forma la tramitación del expediente de cara a la Unión Europea. Tercera. Inversiones a realizar por el Departamento de Educación y Universidades de la Generalitat de Catalunya.-Para la ejecución del cumplimiento del objeto de la Adenda, el Departamento de Educación y Universidades de la Generalitat de Catalunya se compromete a financiar las acciones de Formación de Profesorado, en el año 2006, con una cantidad de 286.679 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias EN02 D/231000100/4260 y EN02 D/226008900/4260. Cuarta. Duración.-La presente Adenda surtirá efectos desde la fecha de suscripción hasta el 31 de diciembre de 2006.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda acordado, las partes suscriben la presente Adenda, en el lugar y fecha mencionados al inicio.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, la Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Comunidad Autónoma de Cataluña, el Conseller de Presidencia, Joaquim Nadal i Farreras, y el Conseller d'Educació i Universitats, Joan Manuel del Pozo i Alvarez.

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