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Documento BOE-A-2006-21553

Orden JUS/3753/2006, de 30 de noviembre, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a los procesos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa (acceso promoción interna y libre) y Auxilio Judicial (acceso libre).

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 11 de diciembre de 2006, páginas 43334 a 43384 (51 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2006-21553

TEXTO ORIGINAL

Finalizado el plazo de presentación de instancias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (BOE del día 27) por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia; la Disposición Novena de la Orden JUS/2544/2006 de 28 de julio (BOE de 3 de agosto), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los cuerpos y escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Aprobar las relaciones provisionales, de aspirantes admitidos y excluidos, a las pruebas selectivas para ingreso en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa (acceso promoción interna y libre) y Auxilio Judicial (acceso libre), convocadas por Ordenes de 15 de septiembre de 2006 (BOE del día 29) y publicar en el Anexo de la presente Orden, las relaciones provisionales de aspirantes excluidos, por Cuerpos (Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial y Cuerpo no especificado o no convocado), con indicación de las causas de exclusión.

Segundo.-Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página de internet: www.justicia.es; Servicio de Información del Ministerio de Justicia, calle de la Manzana, número 2, 28015 Madrid; Órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas; Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia; Tribunales Superiores de Justicia; Audiencias Provinciales; Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno y Centro de Información Administrativa de la Función Pública, calle María de Molina 50, 28035 Madrid. Los aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidos. Tercero.-La inclusión de aspirantes en las relaciones de admitidos a las pruebas selectivas, en cualquiera de los sistemas de acceso -libre y promoción interna- y reserva de discapacitados no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en las Ordenes de Convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para los aspirantes que superen la oposición o concurso oposición antes de su nombramiento como funcionarios en practicas, tal y como se indica en el artículo 23 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (BOE del día 27); en la disposición Decimocuarta de la Orden JUS/2544/2006, de 28 de julio (BOE de 3 de agosto), por la que se establecen las bases comunes y en las bases séptimas de las Ordenes de convocatoria. Cuarto.-De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Novena de la Orden JUS/2544/2006 de 28 de julio (BOE de 3 de agosto), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos y escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión, circunstancia que, en su caso, dará origen a la oportuna rectificación de las listas de admitidos.

Quienes no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser admitido, serán definitivamente excluidos.

Madrid, 30 de noviembre de 2006.-El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Bodas Martín.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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