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Documento BOE-A-2006-21030

Resolución de 27 de octubre de 2006, del Centro Español de Metrología, por la que se concede la aprobación de modelo del instrumento destinado a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), marca CARTEC, modelo CET 2200 B y su versión CET 2200 C, presentado por CARTEC GmbH.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2006, páginas 42429 a 42430 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-21030

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la entidad CARTEC GmbH con domicilio en Konrad-Zuse-Str. 1, DE-84579 Unterneukirchen (Alemania), en solicitud de Aprobación de Modelo de un instrumento destinado a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), marca CARTEC modelo CET 2200 B y su versión CET 2200 C, el Centro Español de Metrología, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, la Ley 31/1990, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991; el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales; el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 15 de abril de 1998 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), ha resuelto:

Primero.-Conceder la Aprobación de Modelo por un plazo de validez de 10 años, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, a favor de la Entidad CARTEC GmbH, del instrumento de medida de gases de escape marca CARTEC modelo CET 2200 B y su versión CET 2200 C.

El instrumento de medida de gases de escape podrá ser comercializado bajo las marcas comerciales:

CET 2200 B.

CET 2200 C combinado (cuando se comercialice conjuntamente con el instumento de medida de opacidad y coeficiente de absorción luminosa marca CARTEC modelo CET 2200 D). Características metrológicas del instrumento:

Componentes gaseosos a medir: Monóxido de carbono CO1.

Dióxido de carbono CO2. Oxígeno O2. Hidrocarburos HC.

Campo de Medida para cada uno de los componentes: CO: 0 % vol -14 % vol.

CO2: 0 % vol -18 % vol. O2: 0 % vol -25 % vol. HC: 0 ppm vol -9 999 ppm vol.

Resolución de la indicación para cada uno de los componentes a medir:

CO: 0,01 % vol.

CO2: 0,01 % vol. O2: 0,01 % vol. HC: 1 ppm vol.

Clase: Clase I según lo especificado en la norma UNE 82501.

Rango de temperatura de funcionamiento: 5 ºC a 40 ºC. Alimentación: Tensión eléctrica: 230 V.

Frecuencia: 50 Hz. Potencia: 115 W.

Tipo de célula de oxígeno: Teledyne R -22A.

PEF es un valor fijo para todas las cámaras, este valor es de 0,530 este PEF es independiente de la concentración de HC.

Segundo.-El signo de Aprobación de Modelo asignado es:

00-G-004

06001

Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, en su placa de características, las siguientes inscripciones:

Nombre y razón social del fabricante.

Denominación del modelo. Año de fabricación. Número de serie. Caudal mínimo y nominal. Tensión eléctrica, frecuencia y potencia nominal. Componentes gaseosos y valores máximos de medida. Descripción del tipo de célula de oxígeno. Signo de aprobación de modelo.

Cuarto.-Para garantizar el correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en los planos en la memoria y planos que sirvieron de base para su estudio por el Centro Español de Metrología, así como en el Anexo Técnico al Certificado de Aprobación de Modelo.

Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la Aprobación de Modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los requisitos establecidos en el Certificado de Aprobación de Modelo y en el Anexo Técnico al Certificado de Aprobación de Modelo. Sexto.-A la presente Aprobación de Modelo le serán de aplicación lo dispuesto en las disposiciones transitorias primera y segunda del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente, de acuerdo con lo establecido en Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tres Cantos (Madrid), 27 de octubre de 2006.-El Presidente del Centro Español de Metrología, P. D. (Resolución de 14 de febrero de 2003), el Director del Centro Español de Metrología, Fernando Ferrer Margalef.

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