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Documento BOE-A-2006-21013

Resolución de 15 de noviembre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga para el año 2006 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2006, páginas 42376 a 42377 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-21013

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga para el año 2006 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 15 de noviembre de 2006.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.

ANEXO Protocolo por el que se prorroga para el año 2006 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Asturias para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Oviedo, a 3 de noviembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, doña Laura González Álvarez, Consejera de Vivienda y Bienestar Social del Gobierno del Principado de Asturias, nombrada por Decreto 10/2003, de 7 de julio, del Presidente del Principado de Asturias en nombre y representación del Principado de Asturias, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de noviembre de 2006.

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen con plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante Protocolo de Prórroga) y,

EXPONEN

Primero.-Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, suscribieron en fecha 26 de septiembre de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo de las mismas.

Segundo.-Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismo términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar, y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga del Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio de colaboración.-En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 26 de septiembre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2006 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda. Contenido y programa de actuaciones a desarrollar.-Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga han de ajustarse a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2006», examinado en la reunión del día 17 de febrero de 2006 del Consejo Superior de Política de Inmigración, que se incorpora como anexo 1 al presente Protocolo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes y líneas de intervención que en dicho documento se señalan. Los ejes de actuación son los referidos a: acogida, educación, empleo, vivienda, servicios sociales, salud, infancia y juventud, igualdad de trato, mujer, participación, sensibilización y codesarrollo. Las actuaciones a desarrollar por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en el presente ejercicio, se recogerán en el Plan de Acción 2006, aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por la Comunidad Autónoma, con anterioridad a la firma del Protocolo de Prórroga del Convenio, y que se adjunta como anexo 2. Entre las actuaciones que cada Comunidad Autónoma recoja en el mencionado Plan de Acción 2006, se incluirá el Programa de Acogida para aquellos inmigrantes en situación de especial vulnerabilidad que desde Canarias, Ceuta y Melilla son trasladados a la Península. La aprobación del Plan de Acción 2006 se formalizará por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, y la Dirección General de Servicios Sociales Comunitarios y Prestaciones de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que se adjunta al presente Protocolo de Prórroga. Tercera. Coste del programa y aportaciones de las partes.-El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de Prórroga del Convenio es de dos millones doscientos cincuenta y dos mil novecientos cuatro euros con veintinueve céntimos (2.252.904,29 €). Dicho coste se cofinanciará entre ambas partes y se distribuirá de la siguiente manera:

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2006, aporta como participación a la financiación de este Protocolo de Prórroga del Convenio, la cantidad de un millón quinientos setenta y siete mil treinta y tres euros (1.577.033 €), consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231B.45500.

La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2006, aporta la cantidad de seiscientos setenta y cinco mil ochocientos setenta y uno euros con veintinueve céntimos (675.871,29 €), procedente de las partidas presupuestarias que se indican por parte de la Comunidad Autónoma, en razón del Plan de Acción 2006 aprobado:

16.03.313A.484.017.

16.03.313A. 484.020. 16.04.313E.484.008. 16.03.313A.464.037. 1502 421A 120000. 1502 421B 229000. 1502 422A 120000. 1502 422C 120000. 1502 422E 120000. 1502 422P 615001. 1502 422E 229000. 1502 422B 781013. 1502 422E 482059.

Cuarta. Obligaciones de las partes.-La Comunidad Autónoma de Asturias se compromete a destinar la cantidad de seiscientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y seis euros (692.446 €) de la aportación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a actuaciones encuadradas en las medidas prioritarias del eje de educación y la cantidad de ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y siete euros (884.587 €) a las medidas para el desarrollo de los otros ejes enunciados en el Plan de Acción 2006 del presente Protocolo de Prórroga.

Igualmente la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se compromete a derivar a las entidades locales de su territorio con una mayor presión migratoria, como mínimo el 40 % de la asignación atribuida con cargo a la aportación que realiza el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se compromete a prestar la colaboración del Departamento para la realización de las actuaciones acordadas y principalmente, aquellas referidas al seguimiento y evaluación de las actuaciones comprometidas en ejecución de este Protocolo de Prórroga. Quinta. Vinculación con el Convenio.-En lo no dispuesto expresamente en este protocolo de prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden Comunicada de 7 de junio de 2006), la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, María Consuelo Rumí Ibáñez.-Por la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, la Consejera de Vivienda y Bienestar Social, Laura González Álvarez.

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