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Documento BOE-A-2006-20356

Resolución de 8 de noviembre de 2006, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se convoca el examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español como requisito previo al ejercicio de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial por profesionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 22 de noviembre de 2006, páginas 40960 a 40967 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-20356

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 151/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes aprobado por Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, establece que, para la realización del examen de aptitud a que se refiere el artículo 157.4 de la Ley de Patentes, se efectuarán las correspondientes convocatorias públicas que deberán regular el procedimiento de acceso a las pruebas y el de su realización y calificación. Por su parte, la Orden del extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología de 27 de diciembre de 2000, por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, de reconocimiento de títulos de enseñanza superior de nacionales de Estados miembros que exijan una formación mínima superior de tres años, en lo que afecta a la profesión de Agente de la Propiedad Industrial, establece el procedimiento que deberán seguir los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en posesión de estos títulos profesionales para obtener su reconocimiento y acceder al ejercicio de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial en España. Como parte del procedimiento referido en el párrafo anterior, el apartado décimo de la citada Orden determina que a los interesados que hubiesen obtenido una resolución estimatoria del Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas declarando que el título o títulos, diplomas o certificados aportados acreditan su cualificación con respecto a la Propiedad Industrial en el país de origen, se les exigirá superar una prueba de aptitud referida al necesario conocimiento del Derecho español como requisito para el ejercicio de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial en España. Seguidamente, los apartados duodécimo, decimotercero y decimocuarto de la citada Orden establecen las características generales de esta prueba de aptitud, señalando que se regirá por lo dispuesto en el artículo 157.4 de la Ley de Patentes, antes mencionada, y en el artículo 59 de su Reglamento de ejecución, así como por las bases de su convocatoria. En consecuencia, resuelvo convocar el examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español como requisito previo a autorizar el ejercicio en España de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial por parte de profesionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con título obtenido en alguno de dichos Estados, y ello con sujeción a las siguientes

Bases de las convocatorias

1. Normas generales

1.1 Se convoca examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial.

1.2 Asimismo, se convoca el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español como requisito previo a autorizar el ejercicio en España de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial por parte de profesionales de un Estado miembro de la Unión Europea y otros Estados partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con título obtenido en alguno de dichos Estados. 1.3 Los exámenes de ambas convocatorias se celebrarán en Madrid. 1.4 El programa para las pruebas a que se refiere el número 1.1 precedente es el que figura en el anexo III de esta convocatoria. 1.5 El programa de las pruebas a que se refiere el número 1.2 precedente es igualmente el que figura en el anexo III de esta convocatoria, a excepción de los temas incluidos en el grupo III, de los que se exime a los aspirantes a esta convocatoria, por lo que quedan reducidos a tres los cuatro grupos que se recogen en el citado anexo. 1.6 El primer ejercicio de cada una de las pruebas de aptitud de ambas convocatorias se realizará a partir de que se cumplan cuatro meses desde la fecha en que la presente Resolución surta efectos. El señalamiento de la fecha y el lugar de comienzo de las pruebas se publicará en el tablón de anuncios y en la página web (www.oepm.es) de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

2. Requisitos

2.1 A las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.1 podrán concurrir las personas naturales que reúnan los siguientes requisitos: a) Ser español o tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de Liechtenstein, del Reino de Noruega o de la República de Islandia.

b) Tener cumplidos los dieciocho años. c) No estar procesado ni haber sido condenado por delitos dolosos, excepto si se hubiera obtenido la rehabilitación. d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial del Ministerio de Educación y Ciencia que acredite su homologación en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.2 A las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.2 podrán concurrir las personas naturales que reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

b) Haber obtenido resolución estimatoria del Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas declarando que el título o títulos, diplomas o certificados aportados por el aspirante acreditan su cualificación con respecto a la propiedad industrial en el país de origen, y ello dentro del procedimiento establecido en la Orden del extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología de 27 de diciembre de 2000, sobre reconocimiento de títulos en lo que afecta a la profesión de Agente de la Propiedad Industrial. c) No estar procesado ni haber sido condenado por delitos dolosos, excepto si se hubiera obtenido la rehabilitación.

2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

3.1 Los que deseen tomar parte en las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.1 suscribirán la correspondiente solicitud dirigida a la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, según modelo que se inserta (anexo I). A la solicitud se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad, pasaporte o documento de identificación correspondiente.

3.2 Los que deseen tomar parte en las pruebas convocadas en la base 1.2. suscribirán la correspondiente solicitud dirigida a la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, según modelo que se inserta (anexo II). A la solicitud acompañarán dos fotocopias del pasaporte, documento de identidad u otro documento acreditativo de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Asimismo, deberán acompañar fotocopia de la resolución estimatoria recaída en el procedimiento de reconocimiento de títulos que recoge la Orden del extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología de 27 de diciembre de 2000. 3.3 La presentación de solicitudes para las convocatorias recogidas en las bases 1.1 y 1.2 se hará dentro del plazo de un mes a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General de la Oficina Española de Patentes y Marcas, Paseo de la Castellana, 75, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a la Oficina Española de Patentes y Marcas. 3.4 Los derechos de examen para concurrir a cualquiera de las dos pruebas de aptitud convocadas en las bases 1.1 y 1.2 serán de 39,82 euros. El pago se efectuará mediante ingreso en la cuenta corriente 2100-5038-31-0200001807, de la Oficina Española de Patentes y Marcas en la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, La Caixa. El ingreso podrá efectuarse directamente o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Junto a la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos de examen. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la oficina bancaria a que se hace referencia supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en las bases 3.1 y 3.2. 3.5 Los aspirantes a las pruebas convocadas en la base 1.1 que hayan realizado los cursos a que hace referencia la base 6.3, con una duración superior a quinientas horas, deberán acompañar el título acreditativo de haberlos realizado. 3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas dictará sendas resoluciones en el plazo máximo de un mes, que se publicarán en el tablón de anuncios y en la página Web (www.oepm.es) de la Oficina Española de Patentes y Marcas, y en las que además de declarar aprobadas las listas de admitidos y excluidos correspondientes a cada convocatoria se recogerá el lugar, la fecha y la hora de comienzo del primer ejercicio de la respectiva convocatoria, así como las relaciones de los aspirantes excluidos en una y otra, con indicación de las causas de exclusión. En las listas deberá constar en todo caso los apellidos, el nombre y el número del documento nacional de identidad, del pasaporte o del documento de identificación correspondiente.

4.2 Los aspirantes excluidos y los omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de las mencionadas resoluciones referidas en la base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Transcurrido dicho plazo, en el caso de haber modificaciones, la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas dictará las correspondientes resoluciones definitivas, que se publicarán en los mismos lugares previstos en la base 4.1 declarando admitidos a los aspirantes de una y otra convocatoria que hubieran subsanado el defecto. De no existir modificaciones, transcurrido el plazo, las resoluciones provisionales adquirirán firmeza. 4.3 Los derechos de examen de la respectiva convocatoria serán reintegrados de oficio a los aspirantes que hayan resultado no admitidos a estos exámenes, siempre y cuando la causa de exclusión no sea imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de las pruebas convocadas en las bases 1.1 y 1.2 es el que figura en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a estos exámenes de aptitud en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base o las contempladas en el mencionado artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el Boletín Oficial del Estado resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido su condición por algunas de las causas previstas en la base 5.2. 5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente y Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 26 de la Ley 30/1982, de 26 de noviembre. Este Tribunal celebrará su sesión de constitución como mínimo diez días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de los exámenes de aptitud. 5.5 A partir de su constitución el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente, el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. 5.6 Dentro de la fase de examen, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. 5.7 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades. La designación de dichos asesores deberá comunicarse a la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas. 5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Oficina Española de Patentes y Marcas, Paseo de la Castellana, 75. 28071 Madrid, teléfono 902.157.530. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estos exámenes. 5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 30 de mayo).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los aspirantes a ambas convocatorias se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo dispuesto en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 25 de enero de 2006 (Boletín Oficial del Estado de 8 de febrero), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 17 de enero de 2006. En el supuesto de que no existiera ningún aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra «U», el orden de actuación comenzará por el primero de la letra «V», y así sucesivamente.

6.2 Los exámenes correspondientes a la convocatoria recogida en la base 1.1 constarán de los siguientes tres ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito a cuatro preguntas elaboradas por el tribunal sobre el contenido del programa de estas pruebas (anexo III), una por cada grupo, durante un tiempo máximo de una hora y quince minutos. Se puntuará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de veinte puntos y no ser calificado con cero en ninguna pregunta.

Segundo ejercicio: consistirá en realizar por escrito una traducción sin diccionario al español de un texto sobre propiedad industrial, en el idioma elegido, entre inglés, francés y alemán. Los aspirantes dispondrán de un máximo de una hora para la realización de la traducción. Se puntuará de cero a treinta puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de quince puntos. Tercer ejercicio: consistirá en resolver por escrito, en el tiempo máximo de dos horas, un supuesto práctico de los dos ofrecidos por el tribunal, uno sobre signos distintivos y otro sobre patentes. Para desarrollar este ejercicio los aspirantes podrán consultar los textos y documentación que consideren necesarios, de los cuales irán provistos. Se puntuará de cero a treinta puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de quince puntos. El ejercicio será leído por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública.

Se considerará que han superado las pruebas los aspirantes que hayan superado, los tres ejercicios.

6.3 Los aspirantes que acrediten haber superado estudios del tercer ciclo universitario en materia de propiedad industrial, con una duración superior a quinientas horas en su conjunto, incrementarán en diez puntos la calificación obtenida en el primer ejercicio siempre que hubieran superado el mismo con la calificación de al menos veinte puntos (exigida como mínima). 6.4 Los exámenes correspondientes a la convocatoria recogida en la base 1.2 constarán de los siguientes tres ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito a tres preguntas elaboradas por el tribunal sobre el contenido del programa de estas pruebas (anexo III), una por cada grupo, con excepción del grupo III, del que están eximidos según la base 1.5 de esta convocatoria, durante un tiempo máximo de una hora. Se puntuará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de veinte puntos y no ser calificado con cero en ninguna pregunta.

Segundo ejercicio: consistirá en realizar por escrito una traducción sin diccionario del inglés, francés o alemán al español, de un texto sobre propiedad industrial. Los aspirantes dispondrán de un máximo de una hora para la realización de la traducción. Se puntuará de cero a treinta puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de quince puntos. Tercer ejercicio: consistirá en resolver por escrito, en el tiempo máximo de dos horas, un supuesto práctico de los dos ofrecidos por el tribunal, uno sobre signos distintivos y otro sobre patentes. Para desarrollar este ejercicio los aspirantes podrán consultar los textos y documentación que consideren necesarios, de los cuales irán provistos. Se puntuará de cero a treinta puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de quince puntos. El ejercicio será leído por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública.

Se considerará que han superado las pruebas los aspirantes que hayan superado, los tres ejercicios.

6.5 Los sucesivos anuncios de celebración del segundo y tercer ejercicio de cada una de las convocatorias serán fijados y publicados por el Tribunal en el tablón de anuncios y en la página Web (www.oepm.es) de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación. 6.6 En cualquier momento, los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos quienes no comparezcan a realizarlo, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

7. Lista de aprobados

7.1 Las relaciones de los aspirantes declarados aptos en cada ejercicio de una y otra convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios y en la página Web (www.oepm.es) de la Oficina Española de Patentes y Marcas, a la finalización de cada uno de los ejercicios.

7.2 Las relaciones de los aspirantes que fueran declarados aptos en cada una de las convocatorias, por haber superado las pruebas de aptitud, se insertarán en el Boletín Oficial del Estado, por orden de puntuación, con indicación del documento nacional de identidad, pasaporte o documento de identificación correspondiente. A partir de la fecha de publicación se abrirá un plazo de un mes para que los interesados declarados aptos en las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.1 presenten los siguientes documentos, en la forma prevista en la base 3.2.

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte o documento de identificación correspondiente.

b) Fotocopia compulsada del título universitario oficial que conste en su solicitud o certificación académica de haber superado los estudios necesarios para su obtención en la fecha requerida en la base 2.1. En el caso de que el título no sea uno de los específicamente enumerados en el apartado d) de la base 2.1 de esta convocatoria, se aportará, además, certificación expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de que aquél se encuentra equiparado u homologado a alguno de los allí mencionados. c) Declaración jurada o promesa de no estar procesado ni haber sido condenado por delitos dolosos, excepto si se hubiera obtenido la rehabilitación, según el modelo que figura en el anexo V.

7.3 No se tendrá por superado el examen de aptitud por quienes dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza mayor apreciada por la Administración, no presentaran la documentación señalada, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algún requisito de los exigidos en la base segunda, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.4 El Tribunal calificador elevará a la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas las relaciones de los aspirantes que, habiendo superado las correspondientes pruebas de aptitud, reúnan todos los requisitos de su convocatoria. La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas ordenará la publicación de las listas definitivas de aspirantes aprobados en el tablón de anuncios y en la página web (www.oepm.es) de la Oficina Española de Patentes y Marcas, remitirá tales listas para su ulterior publicación en el Boletín Oficial del Estado y expedirá los correspondientes certificados de aptitud.

8. Norma final

Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 8 de noviembre de 2006.-La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, M.ª Teresa Mogin Barquín.

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ANEXO III

Programa para las pruebas de aptitud de acceso a la profesión de Agente de la Propiedad Industrial

Grupo I

Tema 1. Propiedad industrial: concepto y naturaleza jurídica. Las diferentes modalidades de protección de la propiedad industrial. Tema 2. La patente de invención: concepto y clases. Legitimación para solicitar una patente. El derecho a la patente. La reivindicación de titularidad. El derecho moral del inventor. Tema 3. Las invenciones laborales: concepto y clases. Derechos y deberes de empresario y trabajador. Las invenciones realizadas en el ámbito del sector público. La conciliación en materia de invenciones laborales. EL Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre invenciones en entes públicos de investigación. Tema 4. La protección de las invenciones biotecnológicas: Ley 10/2002, de 29 de abril. Patentabilidad. Alcance de la protección. Licencias obligatorias por dependencia. Depósito y acceso de la materia biológica. Tema 5. Los requisitos de patentabilidad. La invención: concepto y clases. Elementos que no se consideran invenciones. Invenciones no patentables. La protección jurídica de los programas de ordenador. Tema 6. La novedad como requisito de patentabilidad: concepto. El estado de la técnica: concepto y delimitación. Asimilaciones al estado de la técnica: los derechos anteriores. Divulgaciones no oponibles. Tema 7. La actividad inventiva: concepto y diferencias con la novedad. Delimitación del estado de la técnica. El experto en la materia. Reglas para la apreciación de la actividad inventiva. La aplicación industrial. Tema 8. La solicitud de patente: documentos de que consta. La instancia: requisitos. La descripción: forma y contenido. Las descripciones referidas a materia biológica. Tema 9. Las reivindicaciones: concepto y función. Forma y contenido de las reivindicaciones. Los dibujos: requisitos materiales. El resumen. Tema 10. El procedimiento general de concesión de patentes en la legislación española (I). Lugares de presentación de la solicitud. El examen de admisión a trámite y asignación de fecha de presentación. Examen de la solicitud. El requisito de unidad de invención. Tema 11. El procedimiento general de concesión de patentes en la legislación española (II). Informe sobre el estado de la técnica: concepto, contenido y plazos. La publicación de la solicitud y del informe. Observaciones de terceros. Modificación de las reivindicaciones. Concesión de la patente. Tema 12. El procedimiento de concesión con examen previo: concepto y diferencias con el procedimiento general. Alcance del Real Decreto 812/2000, de 19 de mayo y del Real Decreto 996/2001, de 10 de septiembre. Las oposiciones. El examen. La propuesta de resolución. Concesión o denegación de la patente. Tema 13. El cambio de modalidad. Solicitudes divisionarias. Patentes secretas. Adiciones a las patentes. Tema 14. Duración y mantenimiento del derecho de patente. Los certificados complementarios de protección como medio de prolongación de la vida legal de la patente. El pago de tasas anuales: Normas sobre fecha de vencimiento, plazos para el pago y regularización. La obtención de la patente sin el abono de tasas. Tema 15. Efectos de la solicitud de patente: la protección provisional. Derechos conferidos por la patente. Limitaciones a estos derechos. Tema 16. La solicitud de patente y la patente como objetos del derecho de propiedad. Cotitularidad y expropiación. Cesión de la patente: concepto y requisitos de validez. Efectos de la inscripción en el registro de patentes. Tema 17. Las licencias contractuales: concepto y clases. Derechos y obligaciones del licenciante y del licenciatario. Licencias de pleno derecho. Tema 18. La explotación de la patente: concepto y alcance actual de esta obligación. Las licencias obligatorias: concepto, requisitos para su otorgamiento, procedimiento y régimen jurídico. Tema 19. Nulidad de patentes: causas, legitimación para la acción y efectos. La caducidad: causas y efectos. Rehabilitación de la patente. Tema 20. Acciones por violación del derecho de patente: acciones en la vía penal y en la vía civil. Jurisdicción y normas procesales. Diligencias de comprobación de hechos y medidas cautelares. Tema 21. Las patentes como fuente de información tecnológica. Productos y bases de datos en materia de patentes y otras modalidades de propiedad. Tema 22. El modelo de utilidad: concepto y requisitos de protección. El procedimiento de concesión. Causas de nulidad. Tema 23. El diseño industrial: la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial. Concepto y requisitos de protección. Procedimiento de concesión. Aplazamiento de la publicación. Procedimiento de oposición. Tema 24. La protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores: Concepto y requisitos de protección. Procedimiento de registro. Duración y contenido de los derechos exclusivos.

Grupo II

Tema 1. La marca: concepto y funciones. Signos que pueden constituir marcas. Clases de marcas. La adquisición del derecho sobre la marca. Tema 2. Las prohibiciones de registro de marcas: fundamento de la distinción. Prohibiciones absolutas: signos genéricos, usuales y descriptivos. Análisis de los supuestos legales establecidos en la Ley de Marcas. Excepciones a la aplicación de estas prohibiciones. Tema 3. Prohibiciones relativas de registro de marcas. Análisis de los distintos supuestos establecidos en la Ley de Marcas. Especial mención a la protección reforzada de las marcas notorias y renombradas. Tema 4. Personas legitimadas para solicitar una marca. La solicitud de marca: documentos de que consta. Lugares de presentación de la solicitud. El examen de admisión a trámite y otorgamiento de fecha de presentación. El examen formal. Tema 5. El procedimiento de concesión de la marca. Examen de licitud. La publicación de la solicitud. Comunicación de la nueva solicitud a los titulares registrales de derechos anteriores. Las oposiciones. El examen de fondo: objeto, actuaciones del solicitante. Resolución. Tema 6. Duración de la marca. Contenido del derecho: aspectos positivo y negativo. Límites al ejercicio del derecho. El agotamiento del derecho de marca. Alcance y contenido de la protección provisional. Tema 7. Disposiciones Generales de los procedimientos: modificación y división de la solicitud o registro. Suspensión del plazo máximo de resolución de los procedimientos. Restablecimiento de derechos. Revisión de los actos en la vía administrativa. Arbitraje. Notificaciones y consulta pública de expedientes. Tema 8. La obligación de uso de la marca registrada: Requisitos y plazo. Causas justificativas de la falta de uso. Caducidad por falta de uso. Renovación de la marca. Tema 9. La nulidad de la marca registrada. Causas absolutas y relativas. Condiciones para el ejercicio de la acción de nulidad. La nulidad parcial. Efectos de la declaración de nulidad. Tema 10. Caducidad y renuncia: concepto y análisis de los diversos supuestos contemplados en la Ley de Marcas. Efectos de la declaración de caducidad. Legitimación activa para el ejercicio de la acción de caducidad. Tema 11. La solicitud de marca y la marca como objetos del derecho de propiedad. Cesión de marca: requisitos para su inscripción en el registro. La licencia de marca: concepto, clases y presunciones legales. Requisitos para su inscripción en el registro. Tema 12. Acciones por violación del derecho de marca: acciones en la vía penal y en la vía civil. Acciones civiles que puede ejercitar el titular de la marca; especial referencia a la indemnización de daños y perjuicios. La protección reforzada de las marcas notorias y renombradas. Jurisdicción y normas procesales: Legitimación, competencia, prescripción de acciones. Breve referencia a las medidas cautelares y diligencias de comprobación de hechos. Tema 13. Marcas colectivas y de garantía. Concepto y régimen jurídico. Condiciones especiales de registro. Causas de nulidad y de caducidad de estas marcas. Tema 14. El nombre comercial: concepto. Signos que pueden registrarse como nombre comercial. Procedimiento de registro. Contenido del derecho. La protección en España del nombre comercial unionista. Tema 15. El rótulo de establecimiento: concepto y diferencias con otros signos distintivos. La protección del rótulo de establecimiento en la nueva Ley de Marcas. Régimen transitorio. Tema 16. Las denominaciones de origen: concepto, naturaleza jurídica y régimen jurídico. Su regulación en la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino. Las indicaciones geográficas protegidas. Relación entre marcas y denominaciones de origen. Convenios bilaterales suscritos por España sobre protección de indicaciones de procedencia y denominaciones de origen. La legislación comunitaria en la materia: especial referencia al Reglamento (CEE) N.º 2081/92 del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios. Tema 17. Los Signos distintivos, las denominaciones sociales y los nombres de dominio: concepto, naturaleza jurídica y diferencias. Conflictos entre signos distintivos y denominaciones sociales: referencia a la regulación contenida en la nueva Ley de Marcas. Conflictos entre signos distintivos y nombres de dominio: informe final del primer proceso de la OMPI relativo a nombres de dominio en INTERNET de 30 de abril de 1999; especial referencia a la política uniforme de solución de controversias. Breve referencia al informe final del segundo proceso de la OMPI de 3 de septiembre de 2001.

Grupo III

Tema 1. El Convenio de la Unión de París para la protección de la propiedad industrial de 20 de marzo de 1883 (I): características y principios básicos. Revisiones posteriores. Especial referencia al Acta de Estocolmo de 14 de julio de 1967. Los arreglos particulares. Tema 2. El Convenio de la Unión de París para la protección de la propiedad industrial: beneficiarios. El principio de trato nacional. El derecho de prioridad. Otras disposiciones substantivas. Tema 3. El Acuerdo sobre los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC) (I): objeto, disposiciones generales y principios básicos. Relación con otros convenios internacionales en materia de propiedad industrial. Tema 4. El Acuerdo sobre los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC) (II): Normas sobre derechos de propiedad industrial: marcas, indicaciones geográficas, modelos y dibujos industriales. Tema 5. El Acuerdo sobre los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC) (III): disposiciones relativas a patentes, semiconductores e información privilegiada. Normas para la observancia de los derechos de propiedad intelectual. Tema 6. El Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) (I): características. La fase internacional: solicitud, informe de búsqueda, publicación de la solicitud y examen preliminar internacional. Tema 7. El Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) (II): la entrada en fase nacional. La aplicación del PCT en España: análisis del Real Decreto 1123/1995, de 3 de julio. La Oficina Española de Patentes y Marcas como Administración de Búsqueda y Examen Preliminar Internacionales. Tema 8. El Convenio de Munich sobre concesión de patentes europeas (I). Disposiciones generales e institucionales. La Organización Europea de Patentes: órganos de que consta y funciones. Los Protocolos. El Acta de revisión de 29 de noviembre de 2000. Tema 9. El Convenio de Munich sobre concesión de patentes europeas (II). La patente europea: concepto. Requisitos de patentabilidad. Fases del procedimiento de concesión de una patente europea. Los recursos. Tema 10. La aplicación en España del Convenio de Munich: el Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre. Disposiciones sobre presentación de solicitudes de patentes europeas, protección provisional, traducción del fascículo de la patente europea, transformación y doble protección. Tema 11. El Tratado de Budapest sobre reconocimiento internacional del depósito de microorganismos: objeto y finalidad. Reconocimiento y efectos del depósito. Nuevo depósito. Restricciones a la exportación o importación. El Estatuto de Autoridad Internacional de Depósito. Disposiciones del PCT y del Convenio de Munich sobre esta materia. Tema 12. La directiva 98/44 CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de julio de 1998 relativa a la protección de las invenciones biotecnológicas: objeto y finalidad. Disposiciones sobre patentabilidad. Alcance de la protección. Licencias obligatorias por dependencia de patentes. Normas sobre depósito y acceso a la materia biológica. Tema 13. El proyecto de patente comunitaria. Antecedentes. Características esenciales de la patente comunitaria en el proyecto de la comisión de 1 de agosto de 2000. el acuerdo común de 3 de marzo de 2003. Tema 14. Los certificados complementarios de protección para los medicamentos y los productos fitosanitarios. Análisis del los Reglamentos 1768/92, del Consejo y 1610/96, del Parlamento Europeo y del Consejo: objeto, condiciones de obtención, efectos, procedimiento, duración y extinción de los certificados. Tema 15. El régimen comunitario de dibujos y modelos. Análisis de la directiva 98/71/CE, de 13 de octubre de 1998: ámbito de aplicación, requisitos de protección, duración de la protección, derechos conferidos, nulidad y caducidad, problemática de la protección de las piezas de recambio. El reglamento 6/2002 del Consejo sobre dibujos y modelos comunitarios: concepto de dibujo y modelo, procedimiento de concesión, régimen lingüístico. Tema 16. El régimen internacional de modelos y dibujos industriales. Normas del Convenio de la Unión de París. El Arreglo de la Haya de 1925, revisado en Londres en 1934 y en La Haya en 1960, sobre depósito internacional de dibujos y modelos industriales. Régimen jurídico de los depósitos internacionales. El Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya relativo al registro internacional de dibujos y modelos industriales de 1999: características principales. Tema 17. La marca internacional: el Arreglo de Madrid para el registro internacional de marcas. Protocolo del Arreglo de 27 de junio de 1989. Tema 18. El Tratado sobre el derecho de marcas de 27 de octubre de 1994: objeto y contenido. Reservas y disposiciones transitorias. Tema 19. La Directiva 89/104, del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas. Signos que pueden constituir marcas. Causas de denegación. Derechos conferidos. Otras disposiciones. Tema 20. La marca comunitaria (I): concepto y características. Legitimación. Motivos de denegación absolutos y relativos. El requisito de uso de los signos anteriores. Beneficio de la antigüedad. Los derechos conferidos por la marca comunitaria y los límites a estos derechos. Tema 21. La marca comunitaria (II). El procedimiento de registro de la marca comunitaria: solicitud, examen, búsqueda, publicación, oposiciones y registro. Duración y renovación de la marca comunitaria. Tema 22. La marca comunitaria (III): nulidad y caducidad. Efectos. Transformación en solicitud de marca nacional. Marcas comunitarias colectivas. La Oficina de Armonización del Mercado Interior: naturaleza, órganos, estructura y régimen lingüístico. Tema 23. Arreglos internacionales que establecen clasificaciones en materia de propiedad industrial. El Arreglo de Estrasburgo de 24 de marzo de 1971 relativo a la clasificación internacional de patentes. Arreglo de Niza de 15 de junio de 1957 relativo a la clasificación internacional de productos y servicios para el registro de las marcas. Arreglo de Locarno de 8 de octubre de 1968 sobre clasificación internacional de dibujos y modelos. Tema 24. El Tratado sobre el derecho de Patentes de 1 de junio de 2000: características principales. Disposiciones relativas a solicitud, fecha de presentación, representación y plazos. Análisis del Reglamento del Tratado. Tema 25. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Fines y funciones. Órganos. Régimen financiero.

Grupo IV

Tema 1. La Oficina Española de Patentes y Marcas: Antecedentes y régimen jurídico. Estructura y funcionamiento. Órganos. Régimen financiero y económico. Tema 2. Los Agentes de la propiedad industrial: Disposiciones reguladoras de su actuación profesional en la Ley 11/86 y en su Reglamento de ejecución. El Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero. Derechos y deberes de los Agentes de la Propiedad Industrial. Régimen disciplinario. El Colegio Oficial de Agentes: fines y funciones, organización y funcionamiento. Tema 3. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los órganos de las Administraciones Públicas: principios generales y competencia. Derechos de los ciudadanos. Términos y plazos. Tema 4. El acto administrativo: concepto y requisitos. La eficacia de los actos administrativos: ejecutividad de los actos administrativos. La ejecución forzosa por la Administración de los actos administrativos. Tema 5. El procedimiento administrativo común: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos administrativos. Tema 6. Las tasas y precios públicos: principios generales. Análisis de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público. Tasas en materia de propiedad industrial: Legislación específica.

ANEXO IV

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Eugenia Bellver Moreira, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Don Antonio López Soto, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Doña Raquel Sampedro Calle, de la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Ciencia y Tecnología. Don Pablo Aznarez Urbieta, agente de la Propiedad Industrial.

Secretaria: Doña M. Carmen Requena Laviña, de la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Ciencia y Tecnología. Tribunal Suplente:

Presidente: Don José Luís Barbero Checa, de la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Vocales:

Don José Antolín Macías Martín, de la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Don Carlos Enrique Velasco Nieto, de la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Ciencia y Tecnología. Don Íñigo Elósegui de la Peña, agente de la Propiedad Industrial.

Secretaria: D.ª Pilar Gaitón Esteban, del Cuerpo Superior Postal y de Telecomunicación

ANEXO V

D./D.ª con domicilio en. y con documento nacional de identidad. declara bajo juramento o promete, no estar procesado ni haber sido condenado por delitos dolosos.

En..................................., a ........ de ...................... de 2006 Firmado

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