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Documento BOE-A-2006-18250

Orden ECI/3218/2006, de 4 de octubre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación para la Investigación, Desarrollo y Aplicación de Materiales Compuestos.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 19 de octubre de 2006, páginas 36595 a 36596 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-18250

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Juan Pablo Paz-Ares Rodríguez, solicitando la inscripción de la Fundación para la Investigación, Desarrollo y Aplicación de Materiales Compuestos, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (C.D.T.I.); el Instituto Madrileño de Desarrollo (I.M.A.D.E.) y European Aeronautic Defence and Space Company (E.A.D.S. N.V), en Madrid, el 7 de julio de 2006, según consta en la escritura pública número mil setecientos ochenta y cinco, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Ignacio Paz-Ares Rodríguez. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Getafe (Madrid), Área Tecnológica del Sur, Parcelas 3 y 4 y, su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de seis millones de euros (6.000.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de un millón quinientos mil euros (1.500.000 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por las entidades fundadoras en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: a) Constituirse como un Centro de Excelencia en I+D+i de las tecnologías de materiales compuestos («Composites») en interés de la industria aeronáutica con la finalidad de consolidar la posición de vanguardia española en este ámbito tecnológico. No obstante, la Fundación promoverá activamente las actividades necesarias para compartir estas tecnologías de materiales compuestos con otros sectores de la industria, teniendo en cuenta el objetivo principal de favorecer y desarrollar la industria aeronáutica española. b) Impulsar y promover una red de colaboración con Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo en tecnologías relativas a materiales compuestos. c) Mantener un alto nivel tecnológico en el desarrollo y la aplicación de los materiales compuestos y nuevos materiales. d) Explorar las tecnologías emergentes de materiales compuestos con la finalidad de conseguir su rápida aplicación industrial. e) Incrementar el nivel tecnológico de empresas españolas colaborando en el desarrollo de tecnologías de materiales compuestos. f) Ser un centro de difusión y formación en el área de las tecnologías de materiales compuestos. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Maurici Lucena Betriu, por razón de su cargo de Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial; Vicepresidente Primero: Don Francisco Fernández Saiz; Vicepresidente Segundo: Don Federico Manrique Ruiz, por razón de su cargo de Director General de Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid; Vocales: Don Manuel Huertas García; Don Yann Barbaux y Don Guy Hellard. En la escritura de constitución y en documentos privados con firmas legitimadas ante notario, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional y, habiéndose emitido por el Protectorado del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación para la Investigación, Desarrollo y Aplicación de Materiales Compuestos en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación para la Investigación, Desarrollo y Aplicación de Materiales Compuestos, de ámbito estatal, con domicilio en Getafe (Madrid), Área Tecnológica del Sur, Parcelas 3 y 4, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 4 de octubre de 2006.-La Ministra de Educación y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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