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Documento BOE-A-2006-18019

Resolución de 3 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se anuncia convocatoria, por el sistema de libre designación, en los servicios centrales de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 16 de octubre de 2006, páginas 35742 a 35743 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2006-18019

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de Medidas de Reforma de la Función Pública, Esta Secretaría de Estado de Seguridad acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo vacantes que se detallan en el anexo a la presente y con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos que se establecen para su desempeño en la correspondiente relación de puestos de trabajo, debiendo utilizar modelo que figura como anexo II. Segunda.-Los solicitantes dirigirán sus solicitudes a la señora Directora General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá número 38, 28014 Madrid. Tercera.-Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias o en los organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuarta.-Los aspirantes acompañarán junto con la solicitud, en la que harán constar sus datos personales y número de Registro de Personal, su currículum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y sin perjuicio de otro recurso que pudiera interponer.

Madrid, 3 de octubre de 2006.-El Secretario de Estado de Seguridad, P. D. (Orden INT/2853/2006, de 13 de septiembre), la Directora General de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo Llamas.

ANEXO I

Denominación del puesto.

Descripción de funciones

Vacantes

Nivel C.

destino

Localidad

Complemento

específico

-

Euros

Titulación académica/

Observac.

Adscripción

Administración

Grupo

Unidad de Apoyo

Coordinador de Programas

1

29

Madrid.

17.558,52

-

A3

A

Seguimiento y control de los diferentes programas implantados en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

Elaboración de informes sobre los mismos.

Director Programas Seguridad

1

26

Madrid.

7.998,84

FC2

A7

A

Seguimiento de los planes de seguridad y vigilancia de los establecimientos penitenciarios.

Apoyo en la elaboración de programas de intervención en materia de seguridad en edificios e instalaciones públicas.

Inspección Penitenciaria

Inspector de Servicios

1

26

Madrid.

12.033,00

HE

AE

AB

Inspección de los diferentes servicios que presta la Administración en los centros penitenciarios.

Instrucción de expedientes disciplinarios y administrativos.

Elaboración de informes y propuesta de intervención en el ámbito competencial de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

AE: Administración General del Estado.

A3: Administración General del Estado, Autonómica y Local.

A7: Adscripción exclusiva a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

FC2: Puesto retribuido conforme a la disposición adicional 2.ª, párrafo 2, del Real Decreto 311/1988, de 30 de marzo. Por el desempeño del puesto se percibirá, además del componente general, como complemento singular del complemento específico, el complemento específico propio del puesto desempeñado.

HE: Horario especial.

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