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Documento BOE-A-2006-17607

Resolución de 19 de septiembre de 2006, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se publica el Acuerdo para la encomienda de gestión, al Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas para la realización de trabajos de apoyo técnico a RENFE-Operadora en materia de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 9 de octubre de 2006, páginas 34962 a 34965 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-17607

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, con fecha 17 agosto de 2006, el Acuerdo para la encomienda de gestión por la Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Fomento, al Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), del Ministerio de Fomento, para la realización de trabajos de apoyo técnico a RENFE-Operadora en materia de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009, procede, según determina el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 19 de septiembre de 2006.-La Secretaria General de Infraestructuras, Josefina Cruz Villalón.

ANEXO Acuerdo para encomienda de gestión por la Secretaría General de infraestructuras, del Ministerio de Fomento, al Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), del Ministerio de Fomento, para la realización de trabajos de apoyo técnico a RENFE-operadora en materias de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009

REUNIDOS

De una parte, Doña Josefina Cruz Villalón, Secretaria General de Infraestructuras, nombrada por Real Decreto 373/2005, de 8 de abril («BOE» de 9 de abril), actuando por delegación conferida por la Orden de 31 de marzo de 1997 del Ministerio de Fomento («BOE» de 14 de abril).

De otra parte, don José Salgueiro Carmona, Presidente de RENFE-Operadora, en virtud de las competencias que al efecto le otorga el artículo 16.2.a) del Estatuto de la Entidad, aprobado por Real Decreto 239/2004, de 30 de diciembre. Y de otra, don Ángel Aparicio Mourelo, Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), Organismo Autónomo de la Administración del Estado, igualmente en representación legal del Organismo, en virtud de las facultades conferidas por el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 591/2005, de 20 de mayo. Las tres partes, según intervienen, declaran poseer y se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Acuerdo para encomienda de gestión, y al efecto

EXPONEN

1.º Que de acuerdo con lo contenido en el Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, corresponde a la Secretaría General de Infraestructuras, entre otras funciones, impulsar la elaboración de planes y programas sectoriales de infraestructuras dentro de su ámbito de competencias, y la supervisión y seguimiento de los programas de actuación plurianual de los organismos autónomos y entidades públicas empresariales adscritos a ella. En el marco de dichas funciones, se incluyen materias de interoperabilidad ferroviaria, competencia de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora, que depende del Ministerio de Fomento a través de la Secretaría General de Infraestructuras.

Que la Secretaría General de Infraestructuras puede requerir el concurso de organismos técnicos competentes, para apoyo técnico en la realización de determinados trabajos relativos a su ámbito de competencias. 2.º Que, en virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional tercera de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, se crea la entidad pública empresarial RENFE-Operadora, cuyo objeto es la prestación de servicios de transporte ferroviario tanto de mercancías como de viajeros, pudiendo desarrollar asimismo cuantas actuaciones mercantiles resulten necesarias o convenientes para la mejor realización de sus funciones, pudiendo llevar a cabo toda clase de actos de administración o disposición que sean precisos para el cumplimiento de las mismas, incluso mediante la participación en negocios, sociedades o empresas, nacionales o extranjeros, con sujeción, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente. Que RENFE-Operadora ha adquirido una serie de trenes dotados de equipos de a bordo ETCS/ERTMS. A saber:

9 Trenes S-100 (ETCS ALSTOM).

46 Trenes S-102 (ETCS SIEMENS). 26 Trenes S-103 (ETCS SIEMENS). 33 Trenes S-104 (ETCS ALSTOM). 57 Trenes S-120 (ETCS ANSALDO). 45 Trenes S-130 (ETCS BOMBARDIER). 10 Trenes S-490 (ETCS DIMETRONIC). 32 Locomotoras S-252 (ATP-EBICAB DIMETRONIC). 6 Trenes S-101 (ATP-EBICAP DIMETRONIC).

Que, previamente a la puesta en servicio comercial de los precitados equipos de a bordo ETCS/ERTMS, resulta necesario realizar una serie de trabajos relacionados con su homogeneización en los diferentes vehículos, pruebas de integración y fiabilidad del subsistema embarcado, así como su validación y homologación.

Que, para llevar a cabo esos trabajos, se precisa la colaboración de una organización que disponga de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios. 3.º Que el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 591/2005, de 20 de mayo, configura al CEDEX como Organismo Autónomo de Investigación Científica y Técnica, estableciendo entre sus funciones la asistencia técnica, el asesoramiento, la colaboración y difusión exterior, etc., en todas aquellas materias tecnológicas que tienen relación con las obras públicas y el medio ambiente asociado. Actualmente se encuentra adscrito orgánicamente al Ministerio de Fomento y también funcionalmente al Ministerio de Medio Ambiente. Que el CEDEX cuenta con una serie de Centros especializados entre los que cabe destacar, a los efectos del objeto de este Acuerdo, el Laboratorio de Interoperabilidad Ferroviaria del Centro de Estudios del Transporte, que dispone de los adecuados medios materiales y humanos, así como de la experiencia necesaria para el desarrollo de las actividades objeto de este Acuerdo. 4.º Que, por razones de mayor eficacia, y no disponiendo de todos los medios idóneos para el ejercicio directo de las tareas asignadas, es propósito de la Secretaría General de Infraestructuras encomendar al CEDEX la Realización de los trabajos de apoyo técnico a RENFE-Operadora en materias de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009, cuyo detalle figura en el Anexo a este Acuerdo. Y en atención a las circunstancias y fundamentos legales expuestos, de conformidad con lo establecido en la letra 1), del artículo 3.1, del TRLCAP, modificado por Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo y lo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta los principios generales de colaboración y cooperación que deben presidir las actuaciones de las Administraciones Públicas, en orden a conseguir la mayor eficacia y la mejor utilización de los recursos de que dispone la Administración General del Estado en relación con las tareas que se enumeran en la cláusula segunda, las partes representadas aprueban el presente documento, cuyo objeto es la encomienda de gestión por la Secretaría General de Infraestructuras al CEDEX para la Realización de trabajos de apoyo técnico a RENFE-Operadora en materias de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009. El CEDEX se compromete a realizar el objeto de la encomienda a que se refiere el párrafo anterior con estricta sujeción a lo establecido en las siguientes

CLÁUSULAS

1. Objeto.-El objeto del presente Acuerdo para encomienda de gestión es el establecimiento de la colaboración del CEDEX para la Realización de trabajos de apoyo técnico a RENFE-Operadora en materias de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009.

Las actividades objeto del presente Acuerdo para encomienda de gestión se materializarán en los estudios y trabajos que se definen en la cláusula 2 y se detallan en el Anexo a este documento, ajustándose a la planificación que se establecerá de común acuerdo. 2. Definición de los trabajos.-Las actividades en las que el CEDEX apoyará a RENFE-Operadora están relacionadas con los campos siguientes:

Capacitación: Formación de personal de RENFE-Operadora en el Laboratorio de Interoperabilidad Ferroviaria del CEDEX.

Suministro de herramientas de análisis diseñadas en el propio CEDEX.

Definición y consolidación de las pruebas de aceptación del ERTMS nivel 1, Nivel 2 y STM en todas las líneas:

Tras la definición de las pruebas tanto en Nivel 1 como en Nivel 2 se asistirá a las primeras pruebas con el primer tren con el objetivo de consolidar la definición de las pruebas. El CEDEX no asistirá a las pruebas serie ni al resto de pruebas tipo.

Presencia en foros europeos:

Apoyo técnico en el proceso de migración de las Especificaciones Técnicas del ERTMS.

Asesoramiento técnico en las cuestiones que se acuerden en los foros a los que asiste el CEDEX, en relación con las especificaciones técnicas que puedan afectar a los proyectos de puesta en servicio de los equipos ERTMS de a bordo.

Análisis y resolución de problemas o conflictos de interoperabilidad puntuales entre los equipos de a bordo y de la vía que aparezcan durante el período de vigencia del Acuerdo:

Lecturas de balizas.

Fallos de LEU. Conexión / desconexión con el RBC. Estudio y análisis de la interoperabilidad de equipos ERTMS instalados a bordo de los trenes con otros equipos instalados en las vías. Equipadas.

El detalle de las actuaciones concretas a realizar se encuentra recogido en el anexo al presente Acuerdo, en donde se especifican los campos de actuación y los trabajos a realizar, así como el presupuesto y duración de cada uno de ellos.

3. Informes y trabajos concretos a realizar y presentación de documentos.-Durante la vigencia del presente Acuerdo para encomienda de gestión, cada año la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula 7, fijará un Plan anual de actividades, en el que se detallarán los trabajos que el CEDEX desarrollará en ese año, así como los diferentes informes técnicos que deberán emitirse correspondientes a tales trabajos, y su forma de presentación. 4. Vigencia del Acuerdo y comienzo de los trabajos.-El presente Acuerdo para encomienda de gestión estará vigente hasta el 15 de diciembre de 2009, y será eficaz desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La prórroga de dicho plazo podrá acordarse por acuerdo mutuo de las partes, una vez ponderadas las circunstancias que concurran en el caso, sin que ello suponga modificación económica alguna. Los plazos parciales para la realización de las actividades detalladas en la cláusula 2 son los recogidos en el Anexo del presente Acuerdo. No obstante, la Comisión de Seguimiento (cláusula 7), podrá proponer la modificación parcial de esta planificación de acuerdo con las necesidades de las partes, con el consiguiente reflejo en la programación económica que se recoge en la cláusula 5. 5. Presupuesto.-RENFE-Operadora se hará cargo de los costes derivados de las actividades encargadas al CEDEX en el marco de la presente encomienda por importe de un millón treinta y dos mil euros (1.032.000 €), incluido el IVA, que será abonada en la forma que se señala en la cláusula siguiente. Las anualidades se distribuirán de la siguiente manera:

Anualidad 2006: 225.000,00 € IVA incluido.

Anualidad 2007: 269.000,00 € IVA incluido. Anualidad 2008: 269.000,00 € IVA incluido. Anualidad 2009: 269.000,00 € IVA incluido.

6. Forma de pago.-RENFE-Operadora procederá a abonar al CEDEX, a la firma del presente Acuerdo y al comienzo de cada año, un 5 por 100 de la anualidad correspondiente en concepto de pagos a cuenta de los trabajos que se realizarán en ese período.

El pago del importe de los trabajos se efectuará por medio de certificaciones anuales, de acuerdo con el progreso de los trabajos, hasta realizar la totalidad de los incluidos en el Acuerdo, o lo que finalmente acuerde la Comisión de Seguimiento definida en la cláusula 7. A la conclusión del Acuerdo, se llevará a cabo una liquidación final, de acuerdo con la valoración de los trabajos incluidos en el Plan y según lo establecido en la cláusula 9 de este Acuerdo para encomienda de gestión. El ingreso de las cantidades correspondientes al abono de los pagos se efectuará en la cuenta corriente n.° 9000-0001-20-0200005297, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, Banco de España, Madrid. 7. Responsables del desarrollo del Acuerdo para encomienda de gestión.-Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el presente Acuerdo no implica cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejecución, correspondiendo la resolución de los recursos y reclamaciones que en su caso se interpongan, al Ministerio de Fomento. El Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) se hará cargo del desarrollo técnico de los trabajos contenidos en el Acuerdo, nombrando, a tal efecto, un director de los mismos para cada una de las actuaciones. Se constituirá una Comisión de Seguimiento del Acuerdo, que se reunirá al menos dos veces al año y, en cualquier caso, cuando cualquiera de las partes lo solicite. La Comisión estará formada por los siguientes miembros:

El Presidente de RENFE-Operadora.

El Director General del CEDEX. Cuatro representantes, dos nombrados por el Presidente de RENFE-Operadora y los otros dos por el Director General del CEDEX.

La presidencia de la Comisión recaerá, alternativamente, en el Presidente de RENFE-Operadora y en el Director General del CEDEX.

La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:

Fijar un Plan anual de las actividades que el CEDEX desarrollará en ese año, de acuerdo con los trabajos establecidos en la cláusula 2.

Determinar la forma de presentación de los informes y si son emitidos de forma continua o al término del trabajo, según el tipo de actividad a desarrollar. Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente Acuerdo y, en consecuencia, proponer las decisiones oportunas acerca de las variaciones o cambios aconsejables para la mejor ejecución de las actuaciones. Proponer la modificación de las actuaciones establecidas en la cláusula 2 del Acuerdo para adaptarlas a las nuevas necesidades de actuación que pudieran producirse. El seguimiento técnico y económico de la ejecución de las actuaciones contempladas en el Acuerdo.

La Comisión de Seguimiento elaborará su propio reglamento interno y formalizará mediante acta el contenido de sus reuniones.

Dentro de los quince días siguientes a la firma del presente Acuerdo RENFE-Operadora y el CEDEX se comunicarán mutuamente, y por escrito, el nombre de sus representantes en la citada Comisión, así como de la persona responsable principal de las relaciones y cuestiones que puedan surgir para el desarrollo del mismo. 8. Disponibilidad de datos y resultados por parte del CEDEX.-La propiedad de los documentos que resulten de los trabajos será de RENFE-Operadora. No obstante, el CEDEX podrá disponer de toda la información, empleada y desarrollada a lo largo de los estudios realizados en el marco de este Acuerdo, para su utilización en trabajos de experimentación y desarrollo tecnológico del propio Centro, así como en los procesos de transferencia y cooperación técnica, previa autorización expresa de RENFE-Operadora. 9. Finalización.-Finalizará el presente Acuerdo para encomienda de gestión con la entrega por parte del CEDEX, y aceptación de RENFE-Operadora, de la totalidad de la documentación especificada en la cláusula 3 del mismo. Recibido de conformidad el trabajo por RENFE-Operadora, se efectuará la liquidación económica del Acuerdo. 10. Interpretación del Acuerdo.-El presente Acuerdo para encomienda de gestión es de naturaleza jurídico-administrativa de las previstas en el artículo 3, apartado 1) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas, modificado por el artículo 34 del Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de Reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública, y se regirá por sus propios términos y condiciones, aplicándose subsidiariamente los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas citado, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Las dudas y controversias que puedan surgir en la interpretación y aplicación de este Acuerdo serán resueltas con carácter ejecutivo por el Ministerio de Fomento. Para cumplimentar el presente Acuerdo para encomienda de gestión para la Realización de trabajos de apoyo técnico a RENFE-Operadora en materias de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009 en todas su partes, se suscribe, por triplicado ejemplar, en Madrid 17 de agosto de 2006 La Secretaria General de Infraestructuras, doña Josefina Cruz Villalón. El Presidente de RENFE-Operadora don José Salgueiro Carmona y El Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas don Ángel Aparicio Mourelo.

ANEXO

Actuaciones concretas previstas en el desarrollo del Acuerdo para encomienda de gestión: Realización de trabajos de apoyo técnico a RENFE-operadora en materias de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009.

Descripción y presupuestos:

ÍNDICE

Ficha n.º 1: Apoyo técnico a RENFE-Operadora en la formación de personal en el sistema europeo ERTMS.

Ficha n.º 2: Apoyo técnico en las pruebas de aceptación de los equipos ERTMS instalados en los trenes de RENFE-Operadora. Ficha n.º 3: Apoyo técnico a RENFE-Operadora en el proceso de migración de las especificaciones ERTMS. Ficha n.º 4: Apoyo técnico en problemas específicos que puedan presentarse puntualmente durante la vigencia del acuerdo en temas de interoperabilidad tren-vía.

Desglose del presupuesto y definición anual de los trabajos a realizar: Realización de trabajos de apoyo técnico a RENFE-operadora en materias de interoperabilidad ferroviaria en el cuatrienio 2006-2009

Ficha n.º 1

Título: Apoyo técnico a RENFE-Operadora en la formación de personal en el sistema europeo ERTMS. Presupuesto total (€): 247.000.

Duración (meses): 40. Fecha propuesta de comienzo: Al inicio del período de vigencia. Descripción de objetivos: El objetivo consiste en prestar apoyo técnico a RENFE-Operadora en la formación de su personal en todos los temas relacionados con el sistema ERTMS. Trabajos a realizar: El Laboratorio de Interoperabilidad Ferroviaria (LIF) del CEDEX, como laboratorio de referencia europeo en el sistema ERTMS, está presente en los procesos de consolidación de las especificaciones del sistema ERTMS. Asimismo el CEDEX desarrolla ensayos de certificación de componentes ERTMS tanto embarcados como de vía, para lo que precisa de personal con una alta cualificación en el sistema. De esta forma técnicos de RENFE Operadora podrán integrarse en los grupos del CEDEX que desarrollan actividades de ensayo de componentes ERTMS y de la interoperabilidad de los mismos, con el objetivo de conseguir una sólida formación y un conocimiento profundo del sistema. EL CEDEX en el marco del presente Acuerdo ofrece la posibilidad de que el personal de RENFE-Operadora se incorpore por un período de tiempo a las actividades de ensayo y certificación de componentes y subsistemas ERTMS para adquirir un conocimiento a fondo del sistema. Actualmente la información más fidedigna de lo que pasa a bordo del tren es analizando la JRU (unidad de registro jurídico), ya que en ella se graban todas las incidencias, tanto las entradas al EVC (ordenador de control) recibidas de la vía, del operador, o del propio tren como las reacciones que el EVC ejerce sobre el tren. Las compañías ferroviarias suministradora de las JRU entregan un software de análisis que permite leer los parámetros almacenados. El CEDEX ha desarrollado un software propio de análisis de la JRU, con ciertas funcionalidades como un motor de búsqueda que facilita analizar cualquier incidencia a bordo. CEDEX tiene interés en entregar esta herramienta a RENFE-Operadora y formar al personal técnico destinado a estas tareas. Asimismo, el grupo de trabajo debería definir nuevas prestaciones a esta herramienta que permita el desarrollo de ampliaciones y mejora a requerimientos de RENFE-Operadora. El Laboratorio de Investigación Ferroviaria del CEDEX es el marco ideal para la formación de los técnicos especialistas en ERTMS de RENFE-Operadora.

Ficha n.º 2

Título: Apoyo técnico en las pruebas de aceptación de los equipos ERTMS instalados en los trenes de RENFE-Operadora. Presupuesto total (€): 406.000.

Duración (meses): 40. Fecha propuesta de comienzo: Al inicio del período de vigencia. Descripción de objetivos: Asistencia en la definición de las pruebas de aceptación de nivel 1, 2 y STM de cada nueva línea. Con el fin de consolidar las mismas, se asistirá a las primeras pruebas tipo (con la primera serie que entre en una determinada línea) realizadas en cada línea. Se ayudará al personal técnico de RENFE-Operadora en la evaluación del resto de pruebas tipo. Trabajos a realizar: Se comenzarán a definir los trabajos de acuerdo al calendario propuesto por RENFE-Operadora y ADIF para la apertura de líneas y entrada en circulación de las diversas series adquiridas. Para cada línea ERTMS (nivel 1, nivel 2 y STM) se creará un grupo de trabajo para definir las pruebas de aceptación. El CEDEX asistirá a las primeras pruebas con la doble finalidad de consolidar el conjunto de pruebas características de una línea, y posteriormente para evaluar todos los ensayos sobre cada tren tipo de RENFE-Operadora que tenga que circular por dicha línea.

Ficha n.º 3

Título: Apoyo técnico a RENFE-Operadora en el proceso de migración de las especificaciones ERTMS. Presupuesto total (€): 161.000.

Duración (meses): 40. Fecha propuesta de comienzo: Al inicio del período de vigencia. Descripción de objetivos: El objetivo consiste en prestar apoyo técnico a RENFE-Operadora en el proceso de migración de las especificaciones europeas ERTMS, en el sentido de informar a RENFE Operadora de las modificaciones introducidas así como de la compatibilidad hacia atrás de las sucesivas versiones. Trabajos a realizar: El Laboratorio de Interoperabilidad Ferroviaria (LIF) del CEDEX, como laboratorio de referencia europeo en el sistema ERTMS, está presente en los procesos de migración de las especificaciones del sistema. El CEDEX informará y asesorará a RENFE-Operadora de los cambios introducidos en las sucesivas versiones, así como del impacto de las mismas en los equipos ya existentes, de forma que se pueda asegurar la compatibilidad hacia atrás de las mismas, o lo que es lo mismo que los trenes equipados con nuevas versiones puedan circular sin problemas por vías equipadas con versiones previas. Actualmente, el CEDEX asesora puntualmente a RENFE-Operadora, y bajo petición, en el análisis de incidencias generados a bordo de los trenes que están en circulación en la línea Madrid-Lérida, la evaluación se centra en los siguientes aspectos:

Pérdida de balizas.

Aplicación de freno de servicio y/o emergencia. Fallos de LEU: paquete 254. Desconexión de RBC.

Ficha n.º 4

Título: Apoyo técnico en problemas específicos que puedan presentarse puntualmente durante la vigencia del acuerdo en temas de interoperabilidad tren-vía. Presupuesto total (€): 218.000.

Duración (meses): 40. Fecha propuesta de comienzo: Al inicio del período de vigencia. Descripción de objetivos: El objetivo de esta ficha de trabajos se centra en el análisis por parte del CEDEX de los posibles problemas de interoperabilidad tren-vía que pudieran aparecer durante el periodo de vigencia del Acuerdo, como los ya aparecidos de pérdida de balizas. Trabajos a realizar: El grupo de trabajo del CEDEX abordará el análisis de los problemas aparecidos utilizando las herramientas de que dispone en el ámbito del ERTMS tanto de análisis de los equipos embarcados (Eurocabinas), como de los equipos de vía (Eurobalizas, LEUs, RBCs) y de los protocolos de comunicación en nivel 2 (euroradio). Si fuese necesario, el CEDEX tiene capacidad para el desarrollo de herramientas específicas como ya ha ocurrido en el caso de las pérdidas de baliza, que pueden ser instaladas tanto a bordo de los trenes como en la vía.

Desglose del presupuesto

Actuación

Meses

2006

2007

2008

2009

Total

1. Apoyo técnico a Renfe-operadora en la formación de personal en el sistema europeo ERTMS

40

25.000

74.000

74.000

74.000

247.000

2. Apoyo técnico en las pruebas de aceptación de los equipos ERTMS instalados en los trenes de RENFE-operadora

40

112.000

98.000

98.000

98.000

406.000

3. Apoyo técnico a RENFE-operadora en el proceso de migración de las especificaciones ERTMS

40

35.000

42.000

42.000

42.000

161.000

4. Apoyo técnico en problemas específicos que puedan presentarse puntualmente durante la vigencia del acuerdo en temas de interoperabilidad tren-vía

40

53.000

55.000

55.000

55.000

218.000

Total CEDEX

225.000

269.000

269.000

269.000

1.032.000

Definición anual de los trabajos a realizar

La previsión concreta de trabajos a realizar cada año se establecerá de común acuerdo entre RENFE-Operadora y el CEDEX dentro del Plan anual de actividades fijado por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo para encomienda de gestión, teniendo en cuenta que, para la estimación del presupuesto total de esta actividad y de sus anualidades se ha considerado las siguientes dedicaciones de los equipos de Eurobaliza y Eurocabina del LIF:

2006

2007

2008

2009

Laboratorio de Eurocabina

2 meses.

2 meses.

2 meses.

2 meses.

Laboratorio de Eurobaliza

1 mes.

1 mes.

1 mes.

1 mes.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/09/2006
  • Fecha de publicación: 09/10/2006
Materias
  • Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
  • Encomienda de gestión
  • Ferrocarriles
  • Ministerio de Fomento
  • Normalización
  • RENFE Operadora
  • Secretaría General de Infraestructuras
  • Telecomunicaciones

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