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Documento BOE-A-2006-17356

Corrección de errores de la Orden ITC/2536/2006, de 26 de julio, por la que se regula el soporte electrónico para la tarjeta ITV y se modifican los anexos 10 y 11 del Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre, por el que se dictan normas sobre homologación de tipos de vehículos, remolques, semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 5 de octubre de 2006, páginas 34633 a 34633 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-17356
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2006/07/26/itc2536/corrigendum/20061005

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Orden ITC/2536/2006, de 26 de julio, por la que se regula el soporte electrónico para la tarjeta ITV y se modifican los anexos 10 y 11 del Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre, por el que se dictan normas sobre homologación de tipos de vehículos, remolques, semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 184, de 3 de agosto de 2006, a continuación se procede a su rectificación:

En la página 28997, columna de la derecha, tercer párrafo, primera línea, donde dice: «Nueve. En el apartado 3. Instrucciones específicas para la cumplimentación de la tarjeta ITV del modelo B del Anexo 11, se añaden cinco nuevos puntos 3.7, 3.8, 3.9, 3.10 y 3.11, con la siguiente redacción...»; debe decir: «...Nueve. En el apartado 3. Instrucciones específicas para la cumplimentación de la tarjeta ITV del modelo B del Anexo 11, se añaden cinco nuevos puntos 3.8, 3.9, 3.10, 3.11 y 3.12, con la siguiente redacción...».

En la página 28997, columna de la derecha, cuarto párrafo, línea una, donde dice: «... "3.7 En el caso..."», debe decir: «..."3.8 En el caso..."». En consecuencia, en las páginas 28997 y 28998, los cardinales arábigos: 3.7, 3.7.1, 3.7.1.1, 3.7.1.2, 3.7.1.3, 3.7.1.4, 3.7.2, 3.7.2.1, 3.7.3, 3.7.4, 3.7.5, 3.8, 3.8.1, 3.8.2, 3.8.3, 3.9, 3.10 y 3.11; deben sustituirse por los siguientes:

3.8, 3.8.1, 3.8.1.1, 3.8.1.2, 3.8.1.3, 3.8.1.4, 3.8.2, 3.8.2.1, 3.8.3, 3.8.4, 3.8.5, 3.9, 3.9.1, 3.9.2, 3.9.3, 3.10, 3.11 y 3.12.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 05/10/2006
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 750/2010, de 4 de junio (Ref. BOE-A-2010-9994).
  • Fecha de derogación: 24/07/2010
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden ITC/2536/2006, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2006-14080).
Materias
  • Componentes de vehículos
  • Comunicaciones electrónicas
  • Homologación
  • Inspección Técnica de Vehículos
  • Remolques
  • Vehículos de motor

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